De conformidad con lo establecido en el artículo 12 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial la autorización de los siguientes gastos con cargo al presupuesto del Consejo General del Poder Judicial:
a) Aquellos cuyo importe no exceda de 75.000 euros. No obstante, el Secretario General podrá elevar a la Comisión Permanente la autorización de los mencionados gastos cuando, atendiendo a su naturaleza, lo considere oportuno.
b) Los relativos a retribuciones del personal al servicio del Consejo no reservados a la Comisión Permanente.
Madrid, 28 de enero de 2014.–El Secretario General del Consejo General del Poder Judicial, José Luis Terrero Chacón.
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