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Documento BOE-A-2015-11632

Resolución de 15 de octubre de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se habilita el uso de claves concertadas para el envío firmado de la información descrita en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre; así como para otra información firmada de carácter económico-financiero que la Secretaría General tenga que recibir de las Administraciones Locales y Autonómicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2015, páginas 101935 a 101936 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-11632
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/10/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

Según el artículo 5 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, las obligaciones de remisión de información de las administraciones autonómica y local a esta Secretaría General se harán mediante firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Dicho escenario, que se ha venido utilizando hasta ahora, conlleva la instalación de un entorno de ejecución propietario (Java, actualmente propiedad de Oracle) en los navegadores desde los que se efectúan la firma y se remite la información. Las compañías desarrolladoras de los distintos navegadores están cuestionándose soportar dicho entorno, lo que conlleva cambiar a un método alternativo de firma electrónica, con los requisitos necesarios establecidos en el esquema nacional de seguridad.

El artículo 5 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, también establece que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas puede considerar que en determinados casos no sea necesaria la utilización de la firma mediante certificado.

Por otro lado, la posible alternativa de utilizar CL@VE (sistema de claves concertadas aprobado en la Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre) no resulta de aplicación, ya que está orientada al ciudadano, no a la remisión de información entre las administraciones autonómica y local con la administración estatal.

En virtud de la habilitación competencial establecida en la Disposición Final segunda de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, sobre Aplicación y ejecución de la misma, se habilita a la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, en el ámbito de sus respectivas competencias, a adoptar las resoluciones y medidas necesarias para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

Así, de acuerdo con el artículo 13.1 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, corresponde a esta Secretaría General el diseño y mantenimiento de los sistemas informáticos de ella dependientes. Por todo ello, esta Secretaría General dicta la presente Resolución:

1. El mecanismo para la firma de la información que debe remitirse en aplicación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se basará en un sistema de claves concertadas que desarrollará esta Secretaría General y que permitirá la identificación del firmante mediante un certificado reconocido, el envío al firmante de una clave que le permitirá firmar la información y el registro de la información firmada mediante dicha clave en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Para su utilización, este mecanismo no requiere instalar Java en el ordenador de los entes firmantes, es independiente del navegador, sigue precisando un certificado electrónico reconocido para identificar al firmante, registra la firma electrónica en el registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y permite obtener un resguardo de firma legible.

2. El mecanismo descrito, además de para la remisión de la información contenida en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, también podrá utilizarse para cualquier otra información firmada de carácter económico-financiero que esta Secretaría General, en el ejercicio de sus competencias, tenga que recibir de las administraciones locales y autonómicas.

3. Los detalles técnicos y de utilización de este mecanismo se publicarán en las Oficinas Virtuales de Coordinación Financiera con las Entidades Locales (http://www.eell.minhap.gob.es/) y con las Comunidades Autónomas (http://www.ccaa.minhap.gob.es/) albergadas en el portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.minhap.gob.es).

Madrid, 15 de octubre de 2015.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/10/2015
  • Fecha de publicación: 29/10/2015
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Administración General del Estado
  • Administración Local
  • Comunicaciones electrónicas
  • Comunidades Autónomas
  • Gestión presupuestaria
  • Información
  • Internet
  • Política económica
  • Programas informáticos
  • Redes de telecomunicación

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