Advertida la necesidad de ampliar la Resolución de 27 de octubre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 276, de 18 de noviembre de 2015) para incluir nuevos puestos, ante las peticiones efectuadas por las Entidades Locales.
Asimismo, advertidos errores en el texto de la referida Resolución, respecto a la inclusión y exclusión de determinados puestos en la misma,
Esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, modificado por el Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, ha resuelto ampliar, y corregir la Resolución de 27 de octubre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los términos que se expresan a continuación:
Se incorporan al concurso unitario los puestos que se relacionan a continuación, por las causas que asimismo, se indican:
A) Por haberlo solicitado, de forma voluntaria, las Entidades Locales:
Página |
Puesto |
Entidad |
Provincia |
Requisito lengua |
---|---|---|---|---|
108472 |
Intervención de clase 1.ª |
(Ayuntamiento) Vera. |
Almería. |
|
108489 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Garafía. |
Santa Cruz de Tenerife. |
|
108496 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Valderas. |
León. |
|
108513 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Palau-Saverdera. |
Girona. |
Nivel C o equivalente |
B) Por encontrarse vacantes con anterioridad a 10 de febrero de 2015:
Página |
Puesto |
Entidad |
Provincia |
Requisito lengua |
---|---|---|---|---|
108474 |
Intervención de clase 2.ª |
(Ayuntamiento) Baeza. |
Jaén. |
|
108494 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Agrupación de Secretaría) Manganeses de la Lampreana. |
Zamora. |
|
108521 |
Intervención de clase 1.ª |
(Ayuntamiento) Boiro. |
Coruña, A. |
Celga 4 o equivalente |
108522 |
Secretaría de clase 1.ª |
(Ayuntamiento) Boiro. |
Coruña, A. |
Celga 4 o equivalente |
108522 |
Intervención de clase 2.ª |
(Ayuntamiento) Cabana de Bergantiños. |
Coruña, A. |
Celga 4 o equivalente |
108522 |
Secretaría de clase 2.ª |
(Ayuntamiento) Cabana de Bergantiños. |
Coruña, A. |
Celga 4 o equivalente |
108522 |
Intervención de clase 2.ª |
(Ayuntamiento) Burela. |
Lugo. |
Celga 4 o equivalente |
108522 |
Intervención de clase 2.ª |
Ayuntamiento) Viveiro. |
Lugo. |
Celga 4 o equivalente |
Se excluyen del concurso unitario los puestos que se relacionan a continuación, por encontrarse suprimidos, eximidos o afectados por procedimiento de amortización, exención, agrupación de Secretaría, desagrupación de Secretaría o modificación de la clasificación:
Página |
Puesto |
Entidad |
Provincia |
Requisito lengua |
---|---|---|---|---|
108472 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Agrupación de Secretaría) Illar. |
Almería. |
|
108477 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Alicún. |
Almería. |
|
108477 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Tres Villas, Las. |
Almería. |
|
108479 |
Tesorería |
(Ayuntamiento) Gines. |
Sevilla. |
|
108484 |
Tesorería |
(Ayuntamiento) Cangas del Narcea. |
Asturias. |
|
108486 |
Secretaría de clase 1.ª |
(Ayuntamiento) Alcúdia. |
Illes Balears. |
Nivel C1 o equivalente |
108496 |
Secretaría de clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Palenzuela. |
Palencia. |
|
108505 |
Secretaría eximida |
(Ayuntamiento) Reíllo. |
Cuenca. |
|
108501 |
Oficial Mayor, clase 1.ª |
(Diputación Provincial) Toledo. |
Toledo. |
|
108525 |
Secretaría de clase 3ª |
(Mancomunidad) Manc. De Servicios del Suroeste de Madrid. |
Madrid. |
|
108525 |
Viceintervención, clase 3.ª |
(Ayuntamiento) Colmenar de Oreja. |
Madrid. |
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108531 |
Tesorería |
(Ayuntamiento) Nules. |
Castellón. |
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Se efectúan las siguientes correcciones de errores, advertidas en el texto de la Resolución:
Página 108486. Donde dice: «Secretaría de clase 1.ª del Ayuntamiento de Marratxí, (Illes Balears)», debe decir: «Secretaría de clase 1.ª del Ayuntamiento de Marratxí (Illes Balears). Requisito de la lengua: Nivel C1 o equivalente».
Página 108522. Donde dice: «Interventor Adjunto, clase 2.ª de la Diputación Provincial de Ourense. Requisito de la lengua: Celga 4 o equivalente», debe decir: «Interventor-Asesor, clase 2.ª de la Diputación Provincial de Ourense. Requisito de la lengua: Celga 4 o equivalente»».
Página 108450. El apartado 2.a) de la letra C. Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Decreto 75/1994, de 26 de mayo, de la Consejería de Gobernación del Gobierno de las Illes Balears y Decreto 48/2013, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, por el que se modifica el anterior) se sustituye íntegramente por la siguiente redacción:
«a) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional duodécima de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se valora como mérito el conocimiento de la lengua catalana de acuerdo con el siguiente baremo:
– Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (nivel E): 0,25 puntos.
– Certificado de nivel C2: 1,25 puntos.
– Certificado de nivel C1: 1 punto.
– Certificado de nivel B2: 0,75 puntos.
– Certificado de nivel B1: 0,50 puntos.
– Certificado de nivel A2: 0,25 puntos.
Solamente se valorará el certificado del nivel más alto que se acredite, además del certificado de conocimientos del lenguaje administrativo, la puntuación del cual se acumulará a la del otro certificado que se acredite. En relación a los puestos de trabajo con requisito de conocimientos de lengua catalana, se valorarán los certificados de nivel superior al que se exija como requisito.»
Página 108467. El apartado segundo de la letra N. Comunitat Valenciana. (Decreto 32/2013, de 8 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana y Decreto 76/2015, de 22 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana por el que se modifica el anterior) se sustituye íntegramente por la siguiente redacción: «2. Valoración de los méritos:
Experiencia profesional:
La experiencia profesional y permanencia se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según las reglas siguientes:
Servicios y permanencia desarrollados en puesto de trabajo del mismo grupo y subgrupo de funcionarios que el correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0’20 por año.
Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de grupo o subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0’10 por año.
Formación personal:
Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propios de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.
La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:
De 100 o más horas: 1 punto.
De 75 o más horas: 0,75 puntos.
De 50 o más horas: 0,65 puntos.
De 25 o más horas: 0,50 puntos.
De 15 o más horas: 0,25 puntos.
Conocimientos de valenciano:
El conocimiento de valenciano se valorará hasta un máximo de 0,75 puntos, con arreglo a la siguiente escala:
Conocimiento oral: 0,25 puntos.
Conocimiento de grado elemental: 0,50 puntos.
Conocimiento de grado medio: 0,65puntos.
Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos.
Otros méritos:
Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:
La valoración de la actividad docente será con arreglo a 0,02 puntos por hora impartida.
La valoración de las publicaciones será con arreglo a 0,10 puntos por publicación.
La valoración de las colaboraciones será con arreglo a 0,05 puntos por colaboración.»
Para los puestos afectados por la presente Resolución queda abierto el plazo de presentación de instancias por el término de quince días naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En la página web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.seap.minhap.gob.es/index.html), (Apartado DESTACADO: Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional) se ofrece información adicional sobre este procedimiento.
Madrid, 1 de diciembre de 2015.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid