En el recurso contencioso-administrativo número 432/2013, promovido por «Cultivos Energéticos de Marruecos S.L.», la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, de fecha 21 de enero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente.
FALLAMOS
Que, con estimación del recurso contencioso-administrativo sostenido por la Procuradora doña María Victoria Pérez-Mulet y Díez Picazo, en nombre y representación de la entidad mercantil «Cultivos Energéticos de Marruecos S.L.», debemos declarar y declaramos nula la inclusión en el anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, de la especie de flora Nicotiana glauca Graham o tabaco moruno, por no ser ajustada a Derecho, sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales causadas.
Así por esta nuestra sentencia, cuya parte dispositiva se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», lo pronunciamos, mandamos y firmamos, debiéndose hacer saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.–Rafael Fernández Valverde.–José Juan Suay Rincón.–César Tolosa Tribiño.–Francisco José Navarro Sanchís.–Jesús Ernesto Peces Morate.–Mariano del Oro-Pulido y López.–Rubricados.
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