Advertido error en las fechas de estancia de un beneficiario de la Resolución de 15 de diciembre de 2014, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre de 2014, por la que se conceden subvenciones de la modalidad B del programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, de conformidad con la Resolución de convocatoria, de 21 de mayo de 2014, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, procede su subsanación mediante las correspondientes correcciones:
Por ello, en el anexo I, página 107597,
Donde dice:
«Organismo |
Apellidos, nombre |
Numero solicitud |
País |
Fecha inicio estancia |
Fecha fin estancia |
Total 2014 |
Total 2015 |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Institut Catalá de Recerca en Patrimoni Cultural. |
Carbonell Camos, Eliseu. |
CAS14/00163 |
Canadá. |
01/06/2014 |
31/08/2014 |
9.981,00 |
0» |
Debe decir:
«Organismo |
Apellidos, nombre |
Numero solicitud |
País |
Fecha inicio estancia |
Fecha fin estancia |
Total 2014 |
Total 2015 |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Institut Catalá de Recerca en Patrimoni Cultural |
Carbonell Camos, Eliseu. |
CAS14/00163 |
Canadá. |
01/06/2015 |
31/08/2015 |
0 |
9.981,00» |
El gasto resultante de las dotaciones concedidas en el anexo I, modificado por Resolución de 20 de abril de 2015 (BOE de 7 de mayo), debe modificarse nuevamente, por lo que
Donde dice:
«Ejercicio 2014: 810.418,00 €.
Ejercicio 2015: 2.545.911,00 €.»
Debe decir:
«Ejercicio 2014: 800.437,00 €.
Ejercicio 2015: 2.555.892,00 €.»
El gasto resultante de las cuantías en concepto de compensación económica a las entidades colaboradoras que figura en el anexo III, modificado por Resolución de 20 de abril de 2015 (BOE de 7 de mayo), debe modificarse nuevamente, por lo que
Donde dice:
«Ejercicio 2014: 17.000,00 €.
Ejercicio 2015: 41.375,00 €.»
Debe decir:
«Ejercicio 2014: 16.875,00 €.
Ejercicio 2015: 41.500,00 €.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 15 de junio de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.
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