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Documento BOE-A-2015-8266

Recurso de inconstitucionalidad n.º 4292-2015, contra los artículos 1.1 c) y 21 a 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de carácter nuclear.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2015, páginas 62240 a 62240 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2015-8266

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 4292-2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra los arts. 1.1 c) y 21 a 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de carácter nuclear. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –17 de julio de 2015–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 21 de julio de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 21/07/2015
  • Fecha de publicación: 24/07/2015
  • Suspende, desde el 24 de julio de 2015, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 17 de julio de 2015, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad de los arts. 1.1 c) y 21 a 30, por Sentencia 74/2016, de 14 de abril (Ref. BOE-A-2016-4858).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de vigencia de los preceptos impugnados, por Auto de 1 de diciembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-13384).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con los arts. 1.1.c) y 21 a 30 de la Ley 12/2014, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2014-11991).
Materias
  • Cataluña
  • Energía nuclear
  • Producción de energía
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Sistema tributario

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