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Documento BOE-A-2015-9130

Orden AAA/1708/2015, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2015, páginas 73820 a 73821 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-9130
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2015/07/30/aaa1708

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se relacionan en la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

Los medios digitales se han convertido en un mecanismo de servicio a los ciudadanos que permite su funcionamiento continuado, en modalidad 24 × 7, y en movilidad, desde cualquier ubicación. Así además se potencia la transparencia y el gobierno abierto. Parte de estos servicios suponen el envío de documentación, boletines, servicios de suscripción de avisos o alertas, y en consecuencia requieren la identificación de los ciudadanos, para lo que se precisa un mínimo de recopilación y registro a través del nombre, apellidos, documento nacional de identidad y dirección electrónica.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su virtud, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y a los efectos previstos en la misma, se debe incluir el siguiente fichero del anexo I, de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, siendo responsable la Dirección General de Servicios:

a) Identificación y uso del fichero:

a.1) Identificación del fichero: Usuarios de servicios identificados de portales y redes sociales.

a.2) Finalidad y usos previstos: Seguimiento de servicios digitales del MAGRAMA: alertas, boletines periódicos, promoción de eventos, avisos y atención al ciudadano, aportación en procesos de información pública, redes profesionales, redes sociales, quejas y sugerencias, sede electrónica, registro telemático, etc.

a.3) Tipificación de finalidades: Servicio público digital; comunicación horizontales con los ciudadanos a través de nuevos canales para promoción, creación de redes de interés, atención al ciudadano, entrada de expedientes (solicitud, registro, consulta del estado, etc.). Además fines históricos, estadísticos y/o científicos.

b) Origen de los datos:

b.1) Personas o colectivos que requieren información y aportan datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Ciudadanos interesados en información temática propia del MAGRAMA, empresas del sector y sus representantes.

b.2) Procedencia: Los datos proceden del propio interesado y/o su representante legal.

c) Procedimiento de recogida: Datos facilitados en la web por el interesado o su representante: documental, presencial y automatizado.

d) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

d.1) Estructura: Datos identificativos: Nombre o razón social, DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, teléfono, direcciones electrónicas (correo, usuarios redes, etc.), áreas de interés, datos de representación o de la organización que represente. Otros datos relacionados con los derechos y servicios solicitados.

Otras categorías de datos de carácter personal: Circunstancias sociales (propiedades, autorizaciones) y otro tipo de datos (bienes y servicios recibidos por el afectado).

d.2) Sistema de tratamiento: Automático.

e) Comunicaciones de los datos previstas:

e.1) Destinatarios o categorías de destinatarios: órganos de atención o de tramitación interna de las peticiones registradas.

e.2) Transferencias internacionales a terceros países: No hay previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Dirección General de Servicios.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Servicios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, paseo Infanta Isabel, número 1, 28014 Madrid.

h) Medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel Básico.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de julio de 2015.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/2015
  • Fecha de publicación: 13/08/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 14/08/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio (Ref. BOE-A-2011-10581).
  • DE CONFORMIDAD con Art. 20 de la la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

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