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Documento BOE-A-2016-3668

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1643-2016, contra los artículos 3 (incisos t), x)), 4 (apartados 1 y 2.b)), 6.1), 9.4), 56 (apartados 1), 2) y 3)), 59, 63.2) (apartados a), b), c), d), f), g), h)), 64, 72 (apartados 1) y 3c)), 74, 75, 83 (apartado d)), 84 (apartado d)) y apartado 3 de la disposición adicional primera, de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2016, páginas 26316 a 26316 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2016-3668

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1643-2016, promovido por la Presidenta del Gobierno en funciones, contra los artículos 3 (incisos t), x)), 4 (apartados 1 y 2.b)), 6.1), 9.4), 56 (apartados 1), 2) y 3)), 59, 63.2) (apartados a), b), c), d), f), g), h)), 64, 72 (apartados 1) y 3c)), 74, 75, 83 (apartado d)), 84 (apartado d)) y apartado 3 de la disposición adicional primera, de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda. Y se hace constar que por la Presidenta del Gobierno en funciones se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -28 de marzo de 2016-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 12 de abril de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/04/2016
  • Fecha de publicación: 18/04/2016
  • Suspende, desde el el 18 de abril de 2016, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 28 de marzo de 2016, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 9.4, 74, 75.3, del inciso indicado del art. 6.1 y la constitucionalidad de lo indicado de la disposición adicional 1.3 interpretada según el fj 7 c), por Sentencia 97/2018, de 19 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-13995).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de la vigencia y aplicación del art. 6.1 y disposición adicional 1.3 y el mantenimiento de la suspensión respecto del resto de los arts. impugnados, por Auto de 19 de julio de 2016 (Ref. BOE-A-2016-7255).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con determinados preceptos de la Ley 3/2015, de 18 de junio (Ref. BOE-A-2015-7802).
Materias
  • País Vasco
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Viviendas

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