Advertido error en la publicación del Código para las organizaciones reconocidas (Código OR) adoptada en Londres el 21 de junio de 2013 mediante Resolución MSC.349(92) publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 283, de 26 de noviembre de 2015, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
Al inicio de la página 111550 debe incluirse el siguiente texto:
DECLARACIÓN DE ESPAÑA:
«España considera que el Código para las organizaciones reconocidas contiene una serie de requisitos mínimos que los Estados pueden desarrollar y mejorar, según proceda, con el fin de mejorar la seguridad marítima y la protección del medio ambiente.
Concretamente, en lo que atañe al Código para las organizaciones reconocidas, España desea expresar claramente que nada en dicho Código deberá interpretarse en el sentido de restringir o limitar en modo alguno el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Derecho de la Unión Europea, en relación con:
– la definición de “certificados obligatorios” y “certificados de clasificación”,
– el alcance de las obligaciones y de los criterios aplicados a las organizaciones reconocidas,
– las obligaciones que incumben a la Comisión Europea en materia de reconocimiento, evaluación y, en su caso, imposición de sanciones o medidas correctoras a las organizaciones reconocidas.
En el caso de efectuarse una auditoría de la OMI, España manifestará que únicamente se verificará el cumplimiento de aquellas disposiciones de los convenios internacionales pertinentes que España haya aceptado, incluidos los términos indicados en la presente declaración.»
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