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Documento BOE-A-2016-6404

Resolución de 13 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 1 de julio de 2016, páginas 46971 a 46981 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-6404
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/06/13/(5)

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del 8 de junio de 2016.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el Boletín Oficial del Estado como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión extraordinaria de 13 de junio de 2016, ha verificado que el Acuerdo CEP 10/2016-3.1, de 18 de mayo, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE sobre «Implantación de siete nuevos grupos de productos de Lotería instantánea, y modificación del Reglamento Regulador de los productos de la modalidad denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la derogación de nueve apéndices y la inclusión de siete nuevos apéndices cumple con la normativa antes mencionada.

Mediante dicho acuerdo, se procede a derogar con fecha 30 de septiembre de 2016, los apéndices 2 bis, 10, 10 bis, 20, 23, 24, 25, 27 y 28 del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», que contienen las normas de los siguientes productos:

• «con mecánica siete de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 3 (apéndice 2 bis).

• «con mecánica siete y media» a un euro (apéndice 10).

• «con mecánica siete y media» a un euro, clase 2 (apéndice 10 bis).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 6 (apéndice 20).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6», a dos euros, clase 2 (apéndice 23).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 10» a tres euros, clase 5 (apéndice 24).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 7 (apéndice 25).

• «con mecánica supera al rival hasta en 6 oportunidades», a dos euros, clase 1 (apéndice 27).

• «con mecánica supera al rival hasta en 6 oportunidades», a dos euros, clase 2 (apéndice 28).

Asimismo, en dicho acuerdo se aprueba la implantación de siete nuevos grupos de productos de lotería instantánea, que conlleva la introducción de siete nuevos apéndices en el Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE».

• «con mecánica encuentra dos símbolos, hasta en 4 oportunidades», a un euro, clase 1 (apéndice 41).

• «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 2 (apéndice 42).

• «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 3 (apéndice 43).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 10 (apéndice 44).

• «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 11 (apéndice 45).

• «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 4 (apéndice 46).

• «con mecánica siete y media» a un euro, clase 4 (apéndice 47)

Las normas de los grupos de productos anteriores entrarán en vigor en la fecha fijada en cada uno de ellos, entre el 19 de agosto de 2016 y el 1 de octubre de 2016 y tendrán una duración indefinida hasta que no se derogue el correspondiente apéndice del Reglamento regulador. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de cada producto la determinará, en su momento, el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la Resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho Órgano.

En consecuencia, procede dar publicidad al Acuerdo del Consejo General de la ONCE y a la reforma del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», recogida en los Anexos I, II y III, IV, V, VI y VII que acompañan a esta Resolución.

También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.10/2016-3.2, de 18 de mayo, sobre «Lanzamiento de siete productos de lotería instantánea con los nombres de «Racha de la suerte», «La Liga 2016», «Rasca de Navidad 2016», «La Liga 2016 electrónico», «Rasca de Navidad 2016 electrónico», «Siete electrónico» y «Siete y media plus».

Los siete productos tendrán las características de los grupos de productos regulados en los apéndices correspondientes reseñados en los cuadros que se detallan a continuación, aprobados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 18 de mayo de 2016, mediante acuerdo CEP.10/2016-3.1, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 13 de junio de 2016, cuyo contenido se encuentra en los Anexos I, II y III, IV, V, VI y VII que acompañan a esta Resolución.

a) En soporte electrónico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de inicio de comercialización

La Liga 2016 electrónico.

43

Con dos áreas de juego y dos mecánicas a dos euros, clase 3.

07/09/2016

Rasca de Navidad 2016 electrónico.

45

Uno o varios números ganadores de 5 sobre 10 a cinco euros, clase 11.

12/10/2016

Siete electrónico.

46

7 de la suerte a cincuenta céntimos de euro, clase 4.

24/08/2016

Siete y media plus.

47

Siete y media a un euro, clase 4.

21/09/2016

b) En soporte físico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de inicio de comercialización

Racha de la suerte.

41

Encuentra dos símbolos, hasta en cuatro oportunidades, a un euro, clase 1.

28/09/2016

La Liga 2016.

42

Con dos áreas de juego y dos mecánicas a dos euros, clase 2.

07/09/2016

Rasca de Navidad 2016.

44

Uno o varios números ganadores de 5 sobre 10 a cinco euros, clase 10.

12/10/2016

Asimismo, en dicho acuerdo, se contempla que la fecha de finalización de comercialización de los productos «Rasca de Navidad 2016» y «Rasca de Navidad 2016 electrónico» será el 31 de enero de 2017, y que la fecha límite para el abono de los boletos premiados de estos productos será el 2 de marzo de 2017; habiendo acordado la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado celebrada el 13 de junio de 2016 dar publicidad a estas fechas para conocimiento de los consumidores.

Por último, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado celebrada el 13 de junio de 2016 ha acordado dar publicidad a la Resolución 39/2016, de 12 de mayo de 2016 del Director General de la ONCE, por la que se dispone la finalización de dos productos de lotería instantánea:

• «con mecánica siete de la suerte», a cincuenta céntimos de euro, clase 3, denominado comercialmente «El 7 de la suerte electrónico». La fecha de finalización de comercialización de este producto será el 23 de agosto de 2016 y la fecha límite para el abono de boletos premiados el 22 de septiembre de 2016.

• «con mecánica siete y media» a un euro, clase 2, denominado comercialmente «Siete y media electrónico». La fecha de finalización de comercialización de este producto será el 20 de septiembre de 2016, y la fecha límite para el abono de boletos premiados el 20 de octubre de 2016.

Madrid, 13 de junio de 2016.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO I
Apéndice 41

Normas de los productos «con mecánica encuentra dos símbolos, hasta en 4 oportunidades», a un euro, clase 1

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

1 de septiembre de 2016.

Soporte de comercialización.

Físico.

Precio por boleto.

1 euro.

Boletos por serie.

2.000.000.

Valor facial de la serie.

2.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

464.192.

Importe de premios por serie.

1.170.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

58,5%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto

(en euros)

1.ª

2

8.000

2.ª

190

100

3.ª

2.000

35

4.ª

8.000

20

5.ª

17.000

10

6.ª

43.000

5

7.ª

126.000

2

8.ª

268.000

1

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con un área de juego, que comprende cuatro jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada jugada consta de dos figuras dispuestas horizontalmente y a su derecha un elemento denominado «premio».

a) Una vez rascada el área de juego, debajo de cada figura aparece un símbolo y su expresión en letras.

b) Una vez rascado el elemento premio, aparece una cantidad expresada en euros en cifras y letras.

2.2 Funcionamiento:

a) Si al rascar el área de juego, en alguna jugada aparecen dos símbolos iguales, uno debajo de cada figura, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

b) Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.

ANEXO II
Apéndice 42

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 2

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

1 de septiembre de 2016.

Soporte de comercialización.

Físico.

Precio por boleto.

2 euros.

Boletos por serie.

3.000.000.

Valor facial de la serie.

6.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

748.552.

Importe de premios por serie.

3.750.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

62,5%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

60.000

2.ª

40

1.000

3.ª

1.410

100

4.ª

5.100

50

5.ª

34.000

20

6.ª

54.000

10

7.ª

222.000

5

8.ª

432.000

2

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego.

2.2 Mecánica del «área de juego 1»:

a) El «área de juego 1» contiene cuatro jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de 3 elementos dispuestos horizontalmente denominados: «Local», «Visitante» y «Premio».

b) Una vez rascada el área de juego, debajo de cada uno de los elementos «Local» y «Visitante» aparece un número, expresado en cifras y en letras.

c) Debajo del elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.

d) Si al rascar el área de juego, en alguna de las jugadas, el número de «Local» es superior al número de «Visitante», la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

e) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.3 Mecánica del «área de juego 2»:

a) El «área de juego 2» contiene dos zonas denominadas «portero» y «tiros».

b) La zona de juego «portero» contiene una figura. Al rascar el área, bajo dicha figura aparece un símbolo y su expresión en letras.

c) La zona de juego «tiros» contiene tres figuras, una para cada jugada. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo y su expresión en letras, y un importe expresado en euros, en cifras y letras.

d) Si en alguna jugada de la zona «tiros» el símbolo indica una dirección distinta de la indicada por el símbolo de la zona «portero», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.

e) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.4 Aspectos Comunes:

Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto, la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.

ANEXO III
Apéndice 43

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 3

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

1 de septiembre de 2016.

Soporte de comercialización.

Electrónico.

Precio por boleto.

2 euros.

Boletos por serie.

3.000.000.

Valor facial de la serie.

6.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

748.552.

Importe de premios por serie.

3.750.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

62,5%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

60.000

2.ª

40

1.000

3.ª

1.410

100

4.ª

5.100

50

5.ª

34.000

20

6.ª

54.000

10

7.ª

222.000

5

8.ª

432.000

2

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego.

2.2 Mecánica del «área de juego 1»:

a) El «área de juego 1» contiene cuatro jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de 3 elementos dispuestos horizontalmente denominados: «Local», «Visitante» y «Premio».

b) Una vez desvelada el área de juego, debajo de cada uno de los elementos «Local» y «Visitante» aparece un número, expresado en cifras y en letras.

c) Debajo del elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.

d) Si al desvelar el área de juego, en alguna de las jugadas, el número de «Local» es superior al número de «Visitante», la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

e) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.3 Mecánica del «área de juego 2»:

a) El «área de juego 2» está formada por dos zonas denominadas «tiros» y «portero».

b) La zona de juego «portero» contiene una figura. Al desvelar el área, bajo dicha figura aparece un símbolo y su expresión en letras.

c) La zona de juego «tiros» contiene tres figuras, una para cada jugada. Al desvelar el área, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo y su expresión en letras, y un importe expresado en euros, en cifras y letras.

d) Si en alguna jugada de la zona «tiros» el símbolo indica una dirección distinta de la indicada por el símbolo de la zona «portero», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.

e) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.4 Aspectos Comunes:

Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto, la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.

ANEXO IV
Apéndice 44

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 10

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

1 de octubre de 2016.

Soporte de comercialización.

Físico.

Precio por boleto.

5 euros.

Boletos por serie.

3.000.000.

Valor facial de la serie.

15.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

934.654.

Importe de premios por serie.

10.200.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

68,0%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

250.000

2.ª

7

10.000

3.ª

295

1.000

4.ª

7.350

100

5.ª

27.000

50

6.ª

110.000

20

7.ª

220.000

10

8.ª

570.000

5

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego, la primera denominada «números ganadores» y la segunda «tus números», esta última formada por diez jugadas independientes.

a) El área de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Una de ellas con el nombre «bonus». Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.

b) El área de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras.

2.2 Funcionamiento:

a) Si al rascar las dos áreas de juego, en alguna jugada del área «tus números» el número coincide con el número «bonus» del área «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el doble del importe expresado en euros en dicha jugada.

b) Si al rascar las dos áreas de juego, en alguna jugada del área «tus números» el número coincide con uno de los números del área «números ganadores» distinto del número «bonus», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.

c) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas y el premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

ANEXO V
Apéndice 45

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 11

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

1 de octubre de 2016.

Soporte de comercialización.

Electrónico.

Precio por boleto.

5 euros.

Boletos por serie.

3.000.000.

Valor facial de la serie.

15.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

934.654.

Importe de premios por serie.

10.200.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

68,0%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

250.000

2.ª

7

10.000

3.ª

295

1.000

4.ª

7.350

100

5.ª

27.000

50

6.ª

110.000

20

7.ª

220.000

10

8.ª

570.000

5

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego, la primera denominada «números ganadores» y la segunda «tus números», esta última formada por diez jugadas independientes.

a) El área de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Una de ellas con el nombre «bonus». Al desvelar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número.

b) El área de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al desvelar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número.

c) Si al desvelar las dos áreas de juego, en alguna jugada del área «tus números» el número coincide con el número «bonus» del área «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el doble del importe expresado en euros en dicha jugada.

d) Si al desvelar las dos áreas de juego, en alguna jugada del área «tus números» el número coincide con uno de los números del área «números ganadores» distinto del número «bonus», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.

e) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas y el premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

ANEXO VI
Apéndice 46

Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 4

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

19 de agosto de 2016.

Soporte de comercialización.

Electrónico.

Precio por boleto.

0,50 euros.

Boletos por serie.

2.000.000.

Valor facial de la serie.

1.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

601.123.

Importe de premios por serie.

575.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

57,5%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

3

3.000,00

2.ª

45

100,00

3.ª

1.600

10,00

4.ª

8.800

5,00

5.ª

49.975

2,00

6.ª

41.700

1,50

7.ª

179.000

1,00

8.ª

320.000

0,50

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego denominadas «tus números» y «premio»:

a) Si al desvelar el área de juego «tus números» aparece el número siete, el boleto está premiado y se gana el importe del premio expresado en el área «premio».

b) Si al desvelar el área de juego «tus números» aparece una figura determinada, el boleto está premiado y se gana el importe del premio de sexta categoría, 1,5 euros, con independencia del importe que aparezca en el área «premio».

2.2 Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.

ANEXO VII
Apéndice 47

Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 4

1.º Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos.

19 de agosto de 2016.

Soporte de comercialización.

Electrónico.

Precio por boleto.

1 euro.

Boletos por serie.

2.000.000.

Valor facial de la serie.

2.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie.

454.367.

Importe de premios por serie.

1.180.000 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie.

59,0%.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

7.500

2.ª

20

750

3.ª

320

75

4.ª

2.025

40

5.ª

8.000

20

6.ª

17.000

10

7.ª

42.000

5

8.ª

120.000

2

9.ª

265.000

1

2.º Mecánica de funcionamiento.

2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego dividida en tres zonas: «banca», «tus cartas» y «descubre tu premio»:

a) Si al desvelar el área de juego, la suma de las cartas del área «tus cartas» es mayor que la suma de las cartas del área «banca», sin superar siete y media, se gana el premio expresado en el área «descubre tu premio».

2.2 Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/06/2016
  • Fecha de publicación: 01/07/2016
  • Entrada en vigor: entre el 19 de agosto y el 1 de octubre de 2016.
Referencias anteriores
  • DEROGA determinados preceptos y AÑADE lo indicado en el Reglamento publicado por Resolución de 31 de juliio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-10095).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 4 y la dsiposición adicional 1 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9280).
    • el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-19153).
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

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