Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Vuelve a Casa El Almendro.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Vuelve a Casa El Almendro resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la sociedad mercantil «Delaviuda Confectionery Group, S.L.» (Unipersonal), el 9 de septiembre de 2016, según consta en la escritura pública número 3077, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José María Mateos Salgado.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle José Bardasano Baos, número 9, C.P. 28016 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
La fundación atenderá fines de interés general relacionados con el ámbito familiar y personal y tendrá por objeto poner en valor la familia, los amigos, el bienestar personal, la vuelta a las raíces y a las tradiciones.
Presidente: Don Manuel López Donaire.
Secretaria no patrona: Doña Teresa Reyes Maurer.
Vocales: Doña Isabel Chozas Calderón, don Francisco-Javier Mir de la Fuente y doña Virgina López Guzmán.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 31 de octubre de 2016.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Vuelve a Casa El Almendro y su Patronato.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 16 de marzo de 2017.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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