El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 31 de enero actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4952-2016, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado:
1.º Mantener la suspensión de los artículos 9 y 12, así como de las disposiciones transitoria segunda y adicional cuarta, del Decreto-ley 3/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes en materia de prestaciones económicas de carácter social, pobreza energética y acceso a la vivienda.
2.º Levantar la suspensión del artículo 1 y la disposición transitoria tercera del Decreto-ley 3/2015.
Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 244, de 8 de octubre de 2016.
Madrid, 31 de enero de 2017.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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