Advertidos errores en el texto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 106, de fecha 4 de mayo de 2017, se transcriben las siguientes rectificaciones que se corresponden con la página 35880, sexto párrafo, y con la página 35882, punto 2.
Página 35880, sexto párrafo, donde dice:
«Con los mismos objetivos, se delega la competencia para adoptar las decisiones en materia de anulaciones, revocaciones, modificaciones o suspensiones de las autorizaciones o decisiones a que se indican en el párrafo anterior.»
Debe decir:
«Con los mismos objetivos, se delega la competencia para adoptar las decisiones en materia de anulaciones, revocaciones, modificaciones o suspensiones de las autorizaciones o decisiones que se indican en el párrafo anterior.»
Página 35882, punto 2, donde dice:
«2. La competencia territorial de los titulares de la Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales será la que correspondería según los criterios establecidos en el apartado primero.2 y 3 de esta Resolución, con independencia del órgano que los dictó.»
Debe decir:
«2. La competencia territorial de los titulares de las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales será la que correspondería según los criterios establecidos en el apartado primero.2 y 3 de esta Resolución, con independencia del órgano que los dictó.»
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