El Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrá la naturaleza jurídica de órgano colegiado de la Administración del Estado, integrado en el Ministerio de Hacienda y Función Pública y adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda.
La composición del Consejo se determina en el artículo 4 de dicho Real Decreto, disponiendo que los vocales serán nombrados por el Ministro de Hacienda y Función Pública, mediante la correspondiente Orden ministerial.
En su virtud, siendo procedente modificar la composición del Consejo para la Defensa del Contribuyente, dispongo:
Agradeciéndoles los servicios prestados, dejan de formar parte, a petición propia, como Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente, don Diego Martín-Abril y Calvo y doña Belén Navarro Heras.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación de la Dirección General de Tributos y de la Dirección General del Catastro, se nombran Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente, respectivamente, a don José Alberto García Valera y a don Fernando Aragón Munárriz.
Madrid, 16 de enero de 2017.–El Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.
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