Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-2031

Resolución de 12 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación y lanzamiento de un producto de dicha modalidad.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 14 de febrero de 2018, páginas 18142 a 18146 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-2031
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/01/12/(3)

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre, y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del 8 de junio de 2016.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y criterios de control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y en su reunión de 24 de julio de 2017 los «Procedimientos y criterios de control de la modalidad de lotería denominada “Lotería instantánea de boletos de la ONCE”».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión extraordinaria de 12 de enero de 2018, ha verificado que el Acuerdo de 11 de diciembre de 2017 de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP 18/2017-3.5 sobre «Implantación de un nuevo grupo de productos de lotería instantánea, y modificación del Reglamento regulador de los productos de la modalidad denominada “Lotería instantánea de boletos de la ONCE” mediante la inclusión de un nuevo apéndice», modificado parcialmente por la Resolución del Director General de la ONCE número 2-2018, de 11 de enero, cumple con la normativa antes mencionada.

Mediante dicho acuerdo se aprueba la implantación de un nuevo grupo de productos de la modalidad de lotería instantánea «con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1 (apéndice E-2018-06). El nuevo grupo de productos de la modalidad de lotería instantánea tendrá una duración indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de este producto la determinará, en su momento, el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho órgano.

Mediante este Acuerdo CEP 18/2017-3.5, también se aprueba la modificación del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre de 2017 mediante Resolución de 20 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad; procediendo a la modificación del índice de apéndices y a la inclusión de un nuevo apéndice con el número E-2018-06, que se acompañan como anexos I y II a esta Resolución.

También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.18/2017-3.6, de 11 de diciembre, sobre «Lanzamiento del siguiente producto de lotería instantánea» en soporte electrónico.

Nombre: Súper colores ganadores.

Apéndice del Reglamento: E-2018-06.

Nombre de la mecánica: «Con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1.

Fecha de inicio de comercialización: 17-4-2018.

El producto tendrá las características del grupo de productos regulado en el apéndice reseñado en el punto anterior, aprobado por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 11 de diciembre de 2017, mediante acuerdo CEP.18/20173.5, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 12 de enero de 2018, cuyo contenido se encuentra en el anexo II que acompaña a esta Resolución.

Igualmente, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores a la Resolución número 102/2017, del Director General de la ONCE, aprobando la finalización del producto de lotería instantánea «con mecánica dos de diez» a dos euros, clase 1, denominado comercialmente «Dobla tu premio», que comenzó a comercializarse con fecha 28 de octubre de 2015. La fecha de finalización de la comercialización de los boletos del mencionado producto de lotería instantánea será el 28 de febrero de 2018 y la fecha límite para el abono de premios será el 30 de marzo de 2018. Transcurridas las fechas fijadas, no podrán comercializarse boletos ni pagarse los boletos premiados.

Madrid, 12 de enero de 2018.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO I
Apéndices del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» (versión vigente al 17 de abril de 2018)

Índice

Número de apéndice

Descripción

1

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a un euro, clase 1.

2

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1.

3

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 2.

4

Normas de los productos «con mecánica encuentra 3 números iguales hasta en 7 oportunidades» a tres euros, clase 1.

5

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 1.

6

Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 1.

7

Normas de los productos «con mecánica tres de doce» a un euro, clase 1.

8

Normas de los productos «con mecánica siete por siete» a dos euros, clase 1.

9

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.

10

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve a un euro, clase 2.

12

Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 2.

13

Normas de los productos «con mecánica tres de seis» a un euro, clase 4.

14

Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 3.

15

Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y cuatro mecánicas» a tres euros, clase 1.

16

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 3.

16 bis

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 4.

17

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a setenta y cinco céntimos de euro, clase 1.

18

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 5.

19

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 1.

20

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve en cinco oportunidades» a un euro, clase 1.

21

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a cinco euros, clase 2.

22

Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 1.

23

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 4.

24

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 5.

25

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 12.

26

Normas de los productos «con mecánica 7 de 39» a un euro, clase 1.

31

Normas de los productos «con mecánica encuentra uno, dos o tres sietes» a tres euros, clase 1.

32

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en ocho oportunidades» a cinco euros, clase 1.

34

Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a dos euros, clase 1.

35

Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 1.

37

Normas de los productos «con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a cinco euros, clase 1.

38

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 1.

39

Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 4.

40

Normas de los productos «con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a dos euros, clase 1.

41

Normas de los productos «con mecánica encuentra dos símbolos, hasta en 4 oportunidades» a un euro, clase 1.

42

Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 5.

46

Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 4.

47

Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 4.

48

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 4.

49

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 5.

50

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1.

51

Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13.

E-2018-01

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 2.

E-2018-02

Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2.

E-2018-03

Normas de los productos «con mecánica cinco de cinco» a un euro, clase 1.

E-2018-04

Normas de los productos «con mecánica once de ochenta» a un euro, clase 1.

E-2018-05

Normas de los productos «con mecánica tres de tres» a cincuenta céntimos de euro, clase 1.

E-2018-06

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1.

F-2018-01

Normas de los productos «con mecánica uno varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 2.

F-2018-02

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 4.

F-2018-03

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1.

F-2018-04

Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1.

F-2018-05

Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 1.

ANEXO II
Apéndice E-2018-06

Normas de los productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1

1.º Aspectos generales. Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos: 17 de abril de 2018.

Fecha de publicación en BOE:

Soporte de comercialización: Electrónico.

Precio por boleto: 10 euros.

Boletos por serie: 4.000.000.

Valor facial de la serie: 40.000.000 de euros.

Número de boletos premiados por serie: 1.537.857.

Importe de premios por serie: 28.798.750 euros.

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 72,0 %.

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto

En euros

1.ª

2

1.000.000

2.ª

5

10.000

3.ª

15

1.000

4.ª

200

500

5.ª

2.135

250

6.ª

20.500

100

7.ª

30.000

70

8.ª

40.000

50

9.ª

70.000

30

10.ª

410.000

20

11.ª

965.000

10

2.º Mecánica de funcionamiento.

a) Los boletos de este producto cuentan con dos zonas de juego y con un dado:

– Una de las zonas se denomina «zona de premios» y está formada por varias filas, cada una de un color con casillas vacías y un posible premio. También aparecen en la «zona de premios» varias casillas con posibles premios inmediatos.

– La otra zona se denomina «zona de color» y cuenta con 60 casillas dispuestas en forma de cuadrícula 6 x 10. Cada una de las casillas tiene un color, y algunas de ellas, aparte del color contiene símbolos especiales.

b) El jugador debe accionar el dado siete veces.

c) Cada vez que se acciona el dado aparece un color x en el mismo, y las casillas de la fila o filas inferiores de la «zona de color» que forman un «bloque de casillas iguales» del color x, pasan a la fila del color x de la «zona de premios».

A estos efectos, se considera que forman parte de un «bloque de casillas iguales» del color x las siguientes casillas:

– Todas las casillas del color x que estén en la fila inferior.

– Todas las casillas del color x que estén justamente encima, a la izquierda o a la derecha de alguna casilla de dicho color x, que ya forme parte del bloque.

d) Una vez que las casillas del «bloque de casillas iguales» pasan a la «zona de premios», los huecos dejados se cubren por las casillas inmediatamente superiores.

e) Si alguna de las casillas que forman un «bloque de casillas iguales» aparte del color contiene un importe, se obtiene un premio por dicho importe de forma inmediata.

f) Si alguna de las casillas que forman un «bloque de casillas iguales» aparte del color contiene la leyenda «tirada adicional» da derecho a tirar el dado de nuevo.

g) Si alguna de las casillas que forman un «bloque de casillas iguales», aparte deñ color contiene la leyenda «mini juego», el jugador podrá jugar dicho «mini juego» con la posibilidad de obtener un premio instantáneo, una tirada extra del dado o rellenar una o varias casillas de un color.

h) Si una vez completadas las siete o más tiradas, en la zona de premios se ha completado alguna fila de un color, se gana el premio correspondiente a dicha fila y color.

i) Un boleto puede tener una o varias filas premiadas, y uno o varios premios instantáneos.

j) El premio del boleto será la suma de los premios obtenidos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/01/2018
  • Fecha de publicación: 14/02/2018
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 4 de abril de 2023. (Ref. BOE-A-2023-9030).
  • Fecha de derogación: 01/04/2023
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Reglamento publicado por Resolución de 20 de noviembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-15165).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid