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Documento BOE-A-2018-2809

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo relativo al complemento retributivo autonómico para 2017 en la Comunidad Foral de Navarra, del VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2018, páginas 24851 a 24853 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-2809
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/02/16/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo de 22 de diciembre de 2017, relativo al complemento retributivo autonómico para el año 2017 en la Comunidad Foral de Navarra, remitido por la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio 99008725011994), publicado en el «BOE» de 17 de agosto de 2013, Acuerdo que fue suscrito, de una parte, por las organizaciones empresariales A.N.E.G., C.E.C.E. y U.E.C.O.E., en representación de las empresas del sector en Navarra, y, de otra, por las organizaciones sindicales UGT, CC.OO. y SEPNA, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo derivado del referido Convenio en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO RELATIVO AL COMPLEMENTO RETRIBUTIVO AUTONÓMICO PARA 2017 EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE LAS EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDOS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

En Pamplona, a 22 de diciembre de dos mil diecisiete, reunidas en la sede de A.N.E.G. las organizaciones empresariales A.N.EG., C.E.C.E. y U.E.C.O.E. y sindicales más representativas en el sector de la enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, previa convocatoria de las organizaciones sindicales, al objeto de fijar complementos salariales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, manifiestan lo siguiente:

1.º Que la disposición adicional octava del VI Convenio de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad acuerden la incorporación a dicho Convenio de complementos salariales para el personal afectado por el mismo.

Que en consonancia con lo anterior, acuerdan lo siguiente:

1. El personal docente en pago delegado y el personal no docente afectado por el VI Convenio percibirá desde el 1 de enero del año 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, un complemento salarial que junto al salario base nacional, configuran el denominado «Mes Navarra», por la cuantía que se recoge en el Anexo I, en 14 pagas mensuales (esto es, en cada pago mensual así como en las gratificaciones extraordinarias). Dicho salario será abonado a aquellos trabajadores contratados a jornada completa y proporcionalmente a los contratados a jornada parcial.

2. El pago del mencionado salario al personal en pago delegado estará condicionado a que su abono sea efectuado por el Departamento de Educación de la Comunidad Foral de Navarra. Las empresas, por tanto, no abonarán directamente cantidad alguna por este concepto y, en consecuencia, no estarán obligadas a ello. El pago del citado salario al personal no incluido en pago delegado se realizará directamente por parte de los centros.

3. Tal como establece la Disposición Final del VI Convenio, las mejoras económicas pactadas podrán ser absorbidas por las que en el año 2017 puedan establecerse por disposición legal y por las que, con carácter voluntario, vengan abonando las empresas.

4. Este Acuerdo será enviado a la Comisión Paritaria del VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos para que proceda a depositarlo ante el organismo competente, facultándose a Dña. Pilar López Valderrama para que proceda a dicho envío.

Tablas salariales 2017

Personal docente

Cod.

Categoría profesional

SB

Convenio

C.º Foral

SB

Mes nav.

2017

Trienio

Convenio

C.º Foral

Trienio

Trienio nav.

2017

1.1.1

Prof. E. Infantil 1º ciclo integrado.

1.592,35

0,00

1.592,35

38,10

0,00

38,10

1.1.2

Tecnico 1º ciclo integrado.

1.215,81

0,00

1.215,81

32,99

0,00

32,99

1.2.1

Prof. E. Infantil 2º ciclo concertado.

1.521,56

440,74

1.962,30

36,40

4,91

41,31

1.3.1

Prof. E. Primaria.

1.521,56

440,74

1.962,30

36,40

4,91

41,31

1.4.A.1

Prof. 1º y 2º curso ESO.

1.521,56

288,65

2.075,44

36,40

5,09

41,49

1.4.B.1

Prof. 3º y 4º curso ESO.

1.786,80

380,39

2.255,00

45,89

5,75

51,64

1.5.1

Prof. Bachiller.

1.786,80

380,39

2.255,00

45,89

5,75

51,64

1.6.1

Profesor FPE GM, FPE GS, PGS.

1.786,80

380,39

2.255,00

45,89

4,09

49,98

1.6.2

Prof. Adjunto, Agregado o Auxiliar FPE GM, FPE GS, PGS.

1.617,07

446,14

2.063,21

45,89

2,73

48,62

Complemento Bachillerato.

74,83

12,98

Complemento 3º y 4º c. ESO foral.

87,81

Compl. FPE GM, FPE GS, PGS foral.

87,81

Complemento 1º y 2º curso ESO - Maestros (diplomados).

265,23

9,49

Complemento 1º y 2º curso ESO - Licenciados.

265,23

9,49

1.10.2

Instructor.

1.215,81

32,99

1.10.3

Educador.

1.215,81

32,99

Personal no docente

SB

Convenio

C.º Foral

SB

Mes nav.

2017

Trienio

Convenio

C.º Foral

Trienio

Trienio nav.

2017

Administración

2.1.1

Jefe Administración o Secretaría.

1.248,03

412,54

1.660,57

38,52

3,17

41,69

2.1.2

Jefe Negociado.

1.051,05

347,38

1.398,43

32,91

2,71

35,62

2.1.3

Oficial. Contable.

1.002,76

331,46

1.334,22

32,52

2,68

35,20

2.1.4

Recepcionista. Telefonista.

877,67

290,34

1.168,01

32,52

2,68

35,20

2.1.5

Auxiliar Administrativo.

877,67

290,34

1.168,01

32,52

2,68

35,20

Personal auxiliar

2.2.1

Cuidador.

916,71

282,84

1.199,55

32,52

2,68

35,20

Servicios generales

Portería y vigilancia:

2.3.A.1

Conserje.

1.050,85

324,31

1.375,16

32,52

2,68

35,20

2.3.A.2

Portero.

916,71

282,84

1.199,55

32,52

2,68

35,20

2.3.A.3

Guarda. Vigilante.

877,67

259,86

1.137,53

32,52

2,68

35,20

Personal de limpieza:

2.3.B.1

Gobernante.

1.050,85

324,31

1.375,16

32,52

2,68

35,20

2.3.B.2

Empl. serv. limpieza, costura, lavado y plancha.

877,67

259,86

1.137,53

32,52

2,68

35,20

Personal cocina y comedor:

2.3.C.1

Jefe de cocina.

1.002,76

309,39

1.312,15

32,52

2,68

35,20

2.3.C.2

Cocinero.

955,79

294,91

1.250,70

32,52

2,68

35,20

2.3.C.3

Ayudante de cocina.

916,71

282,84

1.199,55

32,52

2,68

35,20

2.3.C.4

Empleado servicio comedor.

877,67

259,86

1.137,53

32,52

2,68

35,20

Pers.mant. y Of. generales:

2.3.D.1

Oficial primera de oficios.

1.002,76

309,39

1.312,15

32,52

2,68

35,20

2.3.D.2

Oficial segunda de oficios.

916,71

282,84

1.199,55

32,52

2,68

35,20

2.3.D.4

Empleado de mantenimiento, jardín y oficios varios.

877,67

259,86

1.137,53

32,52

2,68

35,20

Conductores:

2.3.E

Conductores.

1.002,76

309,39

1.312,15

32,52

2,68

35,20

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2018
  • Fecha de publicación: 28/02/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 30 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9028).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos
  • Navarra
  • Negociación colectiva

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