El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5333-2017, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra el art. 1 del Decreto-Ley de la Generalitat de Cataluña 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, ha acordado: «Levantar la suspensión del art. 1 del Decreto-Ley de la Generalidad de Cataluña 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas.». Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017.
Madrid, 21 de marzo de 2017.–La Secretaria del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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