Visto el texto del acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (código de convenio n.º 99004225011981), que fue suscrito con fecha 3 de mayo de 2018, de una parte por la Asociación de Agencias de Medios AM, la Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP, y la Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE representando además a la Associació Empresarial de Publicitat, Agencias de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSC-CCOO y FESMC-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 1 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 3 de mayo de 2018, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio con las asistencias que se detallan a continuación:
Por la parte empresarial:
– Don Juan Pablo Herrera (Asociación de Agencias de Medios AM).
– Don Carlos Rubio de Miguel (Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP).
– Don David Torrejón Lechón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE, representando además a la Associació Empresarial de Publicitat).
– Doña Córdoba Ruiz (Agencias de España).
– Don Ángel G. Tuñón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE).
Por la parte social:
– Don Javier Agudo García (FSC-CC.OO.).
– Don José Luis Gómez Durán (FSC-CC.OO.).
– Doña Cristina Bermejo Toro (FSC-CC.OO.).
– Don José María García González (FESMC-UGT).
– Don Alfonso López García (FESMC-UGT).
– Doña Mar Sánchez Moreno (FESMC-UGT).
Los presentes, por unanimidad, adoptan los siguientes acuerdos:
I. Se acuerda aprobar las tablas salariales y las dietas por desplazamiento para el año 2018 que figuran como Anexo I al presente documento. Las mismas incorporan un incremento de un 1,1% sobre las tablas salariales y dietas por desplazamiento del año 2017, en los términos de lo establecido en los artículos 43 y 44 del convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (BOE núm. 35 del 10 de febrero de 2016).
II. Dicho acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.
III. Se acuerda facultar a La Fede, en la persona de D. David Torrejón Lechón, para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y solicite la publicación de las mencionadas tablas, a sus efectos.
No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 11 horas.
Incremento de 1,1 % sobre las tablas del 2017
Niveles salariales |
Mensual |
Mensual |
Anual |
---|---|---|---|
15 pagas |
12 pagas |
||
Nivel 1 |
1.460,56 € |
1.825,70 € |
21.908,38 € |
Nivel 2 |
1.298,36 € |
1.622,96 € |
19.475,46 € |
Nivel 3 |
1.237,17 € |
1.546,46 € |
18.557,57 € |
Nivel 4 |
1.230,34 € |
1.537,92 € |
18.455,05 € |
Nivel 5 |
1.226,01 € |
1.532,51 € |
18.390,13 € |
Nivel 6 |
1.146,00 € |
1.432,51 € |
17.190,07 € |
Nivel 7 |
1.137,36 € |
1.421,70 € |
17.060,42 € |
Nivel 8 |
1.053,04 € |
1.316,30 € |
15.795,61 € |
Nivel 9 |
1.028,48 € |
1.285,60 € |
15.427,26 € |
Nivel 10 |
1.024,52 € |
1.280,65 € |
15.367,84 € |
Nivel 11 |
966,00 € |
1.207,50 € |
14.489,95 € |
Las dietas por desplazamiento quedarán establecidas para el año 2018 en los siguientes importes:
Dieta con pernocta (en territorio nacional): 61,10 € netos/día.
Dieta sin pernocta (en territorio nacional): 30,57 € netos/día.
Dieta internacional con pernocta: 104,09 € netos/día.
Dieta internacional sin pernocta: 55,45 € netos/día.
Gastos de manutención (comidas): 13,57 € netos/día.
Gastos de kilometraje: 0,214 € netos/día.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid