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Documento BOE-A-2018-9443

Resolución de 22 de junio de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre financiación de la aplicación de la reducción de una hora lectiva semanal al profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato de los centros privados concertados a partir del curso 2018-19 afectados por el VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2018, páginas 68088 a 68091 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-9443

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo sobre financiación de la aplicación de la reducción de una hora lectiva semanal al profesorado de ESO, FP y Bachillerato de los centros privados concertados a partir del curso 2018-19 afectados por el VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (código de convenio 99008725011994), remitido por la Comisión Paritaria dando cumplimiento a lo previsto en el propio Convenio del sector. Acuerdo que fue suscrito, con fecha 25 de abril de 2018, de una parte por las organizaciones empresariales EIG-ECIB, FERE-CECA-ECIB, ACENEB-CECEIB, FEIPIMEB, FOQUA y UNAC, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos FE-USO-Islas Baleares, STEI, FSIE-Islas Baleares, FeSP-UGT-Islas Baleares y FE-CCOO-Islas Baleares, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO PARA DAR CUMPLIMIENTO EN EL APARTADO UNDÉCIMO DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 27 DE MAYO DE 2016 DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE REPROGRAMACIÓN DEL ACUERDO DEL 2008 Y OTRAS MEJORAS SOCIO LABORALES DEL PROFESORADO DE LA ENSEÑANZA PRIVADA CONCERTADA DE LAS ISLAS BALEARES

Partes

Por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Martí Xavier March Cerda, consejero de Educación y Universidad.

Por las entidades patronales de la enseñanza privada concertada:

* Gemma Cardona Soley, presidenta de la Asociación Autonómica Educación y Gestión - Escuela Católica de las Islas Baleares (EiG-ECIB) y de la Federación Española de Religiosos de Enseñanza Titulares de Centros Concertados en las Islas Baleares (FERE-CECA-ECIB).

▪ Ventura Blach Amengual, presidente de la Asociación de Centros de Enseñanza de las Islas Baleares y Confederación Española de Centros de Enseñanza de las Islas Baleares (ACENEB-CECEIB).

▪ Francisca Picornell Darder, presidenta de la FEIPIMEB.

▪ Jesús María Luna Fernández, presidente de FOQUA.

▪ Vicente Seguí Cañamás, representante de la UNAC.

Por las organizaciones de titulares, Francesc Xavier Seguí Gelabert, secretan de la Sectorial de Ensenyament de la Unió de Cooperatives de Treball d’Ensenyament Associat de les liles Balears (UCTAIB) i amb delegació de signatura del President.

Por las organizaciones sindicales:

▪ Ismael Alonso Sánchez, secretario general de FE-USO Islas Baleares.

▪ Ramón Mondéjar Coll, secretario de Enseñanza Privada del STEI.

▪ Antoni Sacarás Mas, secretario general de FSIE Islas Baleares.

* M2 Asunción Alarcón Bigas, secretaria sector enseñanza de FeSP-UGT Islas Baleares.

* Antoni Baos Relucio, secretario general de FE-CCOO Islas Baleares.

Hechos:

a) En el apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares firmado el 10 de febrero de 2016, se recoge el compromiso de la Consejería de Educación y Universidad de iniciar la negociación con las entidades patronales y los sindicatos de la enseñanza concertada para posibilitar y financiar la reducción de la actividad lectiva semanal del profesorado de secundaria a 23 horas lectivas semanales, con el objetivo que esta medida pudiera entrar en vigor el curso 2016-2017.

a) La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018, establece al anexo 21 que la parte de los incrementos retributivos que, para el año 2018 ultrapase los porcentajes de variación retributiva aplicables a todos los efectos al personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares desde el 1 de enero de 2009, de acuerdo con las sucesivas leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, es imputable a la equiparación gradual a que hace referencia el artículo 117.4 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

b) Para el curso 2017-2018 la jornada lectiva semanal del profesorado de secundaria de centros públicos es de entre 18 y 21 horas lectivas semanales, motivo por el cual la medida en cuestión encaja dentro del proceso de equiparación retributiva previsto en el artículo 117.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

c) Para dar cumplimiento al establecido en el apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares firmado el 10 de febrero de 2016, la Consejería de Educación y Universidad presentó a Mesa de la Enseñanza Privada Concertada de día 30 de enero de 2018 una propuesta calendarizada en tres cursos (2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021) de aplicación de la reducción de una hora lectiva semanal sin reducción de haberes para todo el profesorado de ESO, FP y Bachillerato.

Acuerdo:

Para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares firmado el 10 de febrero de 2016, se acuerda financiar la aplicación de la reducción de una hora lectiva semanal al profesorado de ESO, FP y Bachillerato de los centros privados concertados a partir del curso 2018-19, según el calendario de aplicación siguiente:

Curso 2018-19.

Profesorado mayor de 50 años con jornadas completas de veinticuatro horas lectivas en uno o más centros que imparta docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato.

El profesorado que imparta docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato con jornadas de veintitrés horas lectivas en uno o más centros, y que mantenga esta jornada desde el curso 2017-18, se considerará a jornada completa.

Curso 2019-20.

Todo el profesorado con jornadas completas de veinticuatro horas lectivas que imparta docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato.

El profesorado que imparta docencia exclusivamente en los niveles de ESO, FP y Bachillerato con jornadas de veintitrés horas lectivas en uno o más centros, y que mantenga esta jornada desde el curso 2017-18, se considerará a jornada completa.

Curso 2020-21.

Todo el profesorado de ESO, FP y Bachillerato, con jornadas completas o parciales en estas etapas, siempre que estén concertadas.

Durante los cursos 2018-209 y 2019-2020 la sustitución de una hora lectiva semanal con alumnos por una hora de actividad complementaria se hará a petición del interesado, según los modelos que figuran en los anexos 1 y 2, respectivamente, de este acuerdo.

Los profesores que completen su jornada en más de un centro, tendrán que indicar en la hoja de solicitud el centro en el cual quieren que se aplique la reducción. No se podrá solicitar la reducción en más de un centro a la vez ni modificar la petición durante el mismo curso escolar.

Durante los cursos 2018-2019 y 2019-2020 la Consejería de Educación y Universidad financiará los centros concertados con un número de horas adicional equivalente a las -horas de reducción solicitadas por el profesorado que cumpla los requisitos, previa comprobación de los mismos.

Sólo se financiarán las horas que sean efectivamente aplicadas a la reducción de la jornada lectiva semanal con alumnos del profesorado.

A tal efecto, la Consejería de Educación y Universidad verificará que consta en el horario semanal del profesor introducido en el Gestib la sustitución de una hora lectiva con alumnos por una hora de actividad complementaria, antes de hacer efectivo la financiación de la misma.

La aplicación de la reducción a partir del curso 2020-2021 se hará mediante la correspondiente revisión de las tablas salariales.

Sin perjuicio de esto, las partes firmantes en nombre de las organizaciones empresariales y sindicales del convenio de aplicación, se comprometen a trasladar a la Comisión Paritaria del Convenio los acuerdos que posibiliten la efectividad del contenido del presente acuerdo, tal como dice la disposición adicional octava del VI Convenio concertada.

Se constituirá una comisión técnica que analice las dificultades que la aplicación de este acuerdo de reducción pueda presentar para los trabajadores y para la organización horaria de los centros y acuerde las medidas que se propongan para facilitar su aplicación y que los docentes puedan acogerse a la reducción. Esta comisión técnica se constituirá en el plazo máximo de dos semanas a partir de la fecha de la firma de este acuerdo.

Validez del acuerdo:

La aplicación de este acuerdo en los cursos 2019-2020, 2020-2021 y sucesivos está sometida, según el establecido al artículo 14.2 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunitat autónoma de las Islas Baleares, a que se efectúe la consignación presupuestaria en los ejercicios presupuestarios correspondientes, con el informe previo y favorable de la Dirección general de Presupuestos y Financiación.

Las partes aceptamos que la aplicación de este Acuerdo, una vez se haya desarrollado completamente, dará cumplimiento al apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo del 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares.

Como muestra de conformidad, firmamos este Acuerdo.

Palma, 25 de abril de 2018.–Por la Comunidad Atónoma de las Islas Baleares, Martí X. March Cerdà.–Por la ACENEB - *CECEIB, Ventura Blach Amengual.–Por la UNAC, Vicente Seguí Cañamas.–Por la UCTAIB, Francesc Xavier Seguí Gelabert.–Por la STEI, Ramón Mondéjar Coll.–Por FeSP-UGT Islas Baleares, M.ª Asunción Alarcón Bigas.–Por EiG-ECIB y FERE-CECA-ECIB, Escuela Católica de las Islas Baleares, Gemma Cardona Soley.–Por la FEIPIMEB, Francisca Picornell Darde.–Por FOQUA, Jesús María Luna Fernández.–Por FE-USO Islas Baleares, Ismael Alonso Sánchez.–Por FSIE, Antoni Sacarés Mas.–Por FE-CCOO Islas Baleares, Antoni Baos Relucio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/06/2018
  • Fecha de publicación: 06/07/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 30 de julio de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9028).
Materias
  • Baleares
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos
  • Negociación colectiva

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