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Documento BOE-A-2019-13827

Resolución de 20 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica la relación definitiva de proyectos aprobados en el marco de la convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 28 de septiembre de 2019, páginas 106857 a 106858 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-13827

TEXTO ORIGINAL

Según lo previsto en el apartado 6 del artículo 13 de la Resolución de 16 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se aprueba la segunda convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social, a continuación se publica la relación definitiva de las operaciones seleccionadas:

Entidades solicitantes Nombre de la operación Prioridad de inversión Objetivo específico

Presupuesto de ayuda FSE asignado

Euros

Cruz Roja Española. Itinerarios que suman para la inclusión activa. 9.1 9.1.1 20.143.366,32
Cruz Roja Española. EntrEdades: Itinerarios intergeneracionales para el empleo. 9.1 9.1.1 9.985.196,37
Cruz Roja Española. Puentes para el empleo. Itinerarios por la igualdad. 9.3 9.3.1 5.996.640,00
Cruz Roja Española. Reto social empresarial. Alianzas para la inserción laboral. 9.1 9.1.2 12.312.281,80
Fundación Secretariado Gitano. Itinerarios integrados de inclusión socio-laboral para la población gitana: Acceder. 9.2 9.2.1 13.882.267,35
Fundación Secretariado Gitano. Itinerarios integrados de inclusión educativa y socio-laboral para la población gitana (Promociona: «De la escuela al empleo»). 9.2 9.2.1 5.160.927,46
Fundación Secretariado Gitano. Promoción de la igualdad de las mujeres gitanas y atención a la múltiple discriminación: Calí. 9.3 9.3.1 3.264.734,01
Fundación CEPAIM. +ADELANTE. 9.3 9.3.1 2.000.000,00
Fundación ONCE. Impulsa tu Talento 4.0. 9.1 9.1.1 17.361.510,36
Fundación ONCE. Fortalece tu talento 4.0. 9.1 9.1.2 20.042.064,00
Fundación ONCE. Talento Diverso para el Desarrollo Sostenible. 9.1 9.1.1 18.175.522,74
Fundación ONCE. Mujeres en modo ON-VG. 9.3 9.3.1 3.939.153,12
Cáritas Española. Itinerarios individualizados de Inserción Sociolaboral. 9.1 9.1.1 15.886.519,49
Cáritas Española. Formación para la inclusión. 9.1 9.1.2 15.800.386,61
Cáritas Española. Moda RE: reciclamos ropa, insertamos personas. 9.5 9.5.1 2.000.000,00
Cáritas Española. Oportunidades de empleo inclusivo desde la economía social. 9.5 9.5.2 3.000.000,00
Asociación Proyecto Hombre. INSOLA. 9.1 9.1.1 8.154.685,29
FSMLR (Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico). GPS Empleo. 9.1 9.1.1 5.000.000,00
Fundación Mujeres. DANA +. 9.3 9.3.1 2.000.000,00

La asignación de ayuda del Fondo Social Europeo recogida en el cuadro precedente no genera derecho al cobro del presupuesto señalado, el cual queda sujeto, en última instancia, al reembolso efectivo de los gastos por parte de la Comisión Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso de gastos, fijadas a tal efecto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca; y en el Reglamento (UE) 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo relativo al Fondo Social Europeo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Resolución de convocatoria de 16 de abril de 2019, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Secretaria de Estado de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tal y como se establece en el artículo 13.4 de la Convocatoria, sin perjuicio de lo anterior, contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 20 de septiembre de 2019.–La Secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas García.

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