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Documento BOE-A-2019-1578

Resolución de 12 de diciembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Céntimos Solidarios, son Céntimos para la Vida, Charity Cents Are for Life.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2019, páginas 10509 a 10510 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-1578

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Céntimos Solidarios, son Céntimos para la Vida,  Charity Cents Are for Life resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Raquel Alvero Rodríguez en virtud de escritura otorgada ante el notario de Barcelona don Gonzalo Veciana García-Boente el 5 de julio de 2018 con el número 1192 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el notario de Ávila don Daniel Villagrá Morán el 31 de octubre de 2018 con el número 1051 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Sarasate, 15, 3-B Izq. 31592 Cintruénigo, Navarra y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La cooperación al desarrollo de poblaciones vulnerables, con el objetivo de erradicar la injusticia y la pobreza, abordando de forma integral sus causas. La sensibilización de la sociedad española respecto al valor de los céntimos «sobrantes» y su potencial para igualar las diferencias de desarrollo entre sociedades ricas y sociedades desfavorecidas.

Quinto. Patronato.

Doña Raquel Alvero Rodríguez, don Gabriel Sanjuán Garriga y don Gustavo Tintinago Torres.

Cargos:

Presidente: Doña Raquel Alvero Rodríguez.

Secretario: Don Gabriel Sanjuán Garriga.

Vocal: Don Gustavo Tintinago Torres.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 15 de noviembre de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Céntimos Solidarios, son Céntimos para la Vida, Charity Cents Are for Life Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 12 de diciembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Pedro José Garrido Chamorro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/12/2018
  • Fecha de publicación: 06/02/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 170 de 17 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-10516).

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