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Documento BOE-A-2019-17742

Orden APA/1184/2019, de 22 de noviembre, por la que se concede el Premio Alimentos de España Mejores Quesos, año 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 10 de diciembre de 2019, páginas 134405 a 134406 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-17742

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 19 de junio de 2019, se convoca el premio «Alimentos de España Mejores Quesos, año 2019».

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España Mejores Quesos, año 2019, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio Alimentos de España Mejores Quesos, año 2019:

Modalidad «Queso madurado de vaca»:

Premio: Lácteos Anzuxao, S.L., de Lalín (Pontevedra), por el queso «Pazo de Anzuxao», Denominación de Origen Protegida QuesoTetilla.

Modalidad «Queso madurado de oveja»:

Premio: Arteserena, S.L., de Campanario (Badajoz), por el queso «Cremositos del Zújar».

Modalidad «Queso madurado de cabra»:

Premio: Esperanza del Castillo, S.L., de Pulgar (Toledo), por el queso «El Retamar de Cabra».

Modalidad «Queso madurado de mezcla»:

Premio: Lopicomo, S.L., de Villamartín (Cádiz), por el queso «Pajarete».

Modalidad «Queso madurado con mohos o queso azul»:

Premio: Hacienda Zorita-Farm Foods, S.L.U de San Pelayo de Guareña (Salamanca) por el queso «Flor de Dehesa».

Premio Especial «Alimentos de España al Mejor Queso 2019»:

Arteserena, S.L., de Campanario (Badajoz), por el queso «Cremositos del Zújar».

Segundo.

Aceptar el desistimiento y renuncia de las solicitudes que lo han comunicado.

Tercero.

Desestimar el resto de solicitudes admitidas al concurso.

Cuarto.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 22 de noviembre de 2019.–El Ministro de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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