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Documento BOE-A-2019-18715

Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2019, por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para financiar el desarrollo de acciones de calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2019, páginas 142313 a 142317 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2019-18715

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 22 de noviembre de 2019, ha adoptado el Acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para financiar el desarrollo de Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispone la publicación del citado Acuerdo como Anexo a la Presente resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2019.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer.

ANEXO
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2019 para financiar el desarrollo de Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español, por importe de 6.499.910,00 euros, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo

En el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional la dotación inicial del presupuesto prorrogado era de 45.924.130,00 euros, en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454, bajo el epígrafe: «Ayudas para el impulso de la formación profesional». Las ayudas al impulso de la Formación Profesional están distribuidas en cuatro aplicaciones presupuestarias, de las cuales, de la aplicación 18.05.322B.454.01 se destina la cantidad de 6.499.910,00 euros para «Acciones de calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español (FSE)». La tramitación del expediente tiene la autorización del Ministerio de Hacienda prevista en los apartados octavo y noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2019 de los PGE para el año 2018.

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas, y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación en la reunión celebrada el 21 de octubre de 2019, así como la distribución resultante del crédito destinado al siguiente programa de cooperación territorial:

Denominación

Importe

(Euros)

Aplicación presupuestaria
Acciones de Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español (FSE). 6.499.910,00 18.05.322B.454.01
    Total. 6.499.910,00  

Esta formalización queda sometida a disponibilidades presupuestarias.

ANEXO
Criterios de distribución y distribución resultante del crédito para la financiación de acciones de calidad en la Formación Profesional

Para dar cumplimiento y continuidad al Tercer Bloque del Plan Estratégico de la Formación Profesional, de los Programas de Cooperación Territorial 2010-2011, en el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional se ha destinado un crédito de 6.499.910,00 euros a transferencias a las Comunidades Autónomas para ayudas para Acciones de Calidad en Formación Profesional del sistema educativo español.

Este crédito debe permitir la continuidad hasta el 31 de diciembre de 2020 de las acciones iniciadas en el año 2011 y desarrolladas a lo largo de los ejercicios presupuestarios 2011, 2012, 2013, 2015, 2016, 2017 y 2018.

Los criterios de distribución han sido los siguientes:

– Número de alumnos matriculados en Formación Profesional, en todos los niveles y ofertas.

– Número de profesores que imparten enseñadas de Formación Profesional, en todos los niveles y ofertas.

– Número de centros que imparten enseñadas de Formación Profesional, en todos los niveles y ofertas.

– La tasa de riesgo de pobreza.

– La dispersión territorial de las Administraciones Públicas Educativas.

La cuantía asignada a cada comunidad autónoma fue distribuida proporcionalmente a los criterios de distribución. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por la Subdirección General de Estadística y Estudios del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y del Instituto Nacional de Estadística.

No se han tenido en cuenta los datos correspondientes a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Calidad en Formación Profesional del Sistema Educativo Español (FSE)

Capítulo 4

Euros

Andalucía. 1.196.675,02
Aragón. 211.553,13
Asturias (Principado de). 143.186,05
Balears (Illes). 148.876,19
Canarias. 320.688,43
Cantabria. 118.118,07
Castilla y León. 390.356,40
Castilla-la Mancha. 339.435,76
Cataluña. 1.081.794,31
Comunitat Valenciana. 727.416,89
Extremadura. 201.207,87
Galicia. 404.378,37
Madrid (Comunidad de). 809.022,62
Murcia (Región de). 236.877,40
Navarra (Comunidad Foral de). 102.613,51
Rioja (La). 67.709,98
  6.499.910,00

– La financiación de este programa en el País Vasco, debido a su Régimen Foral de financiación, se realiza a través de los recursos de la Comunidad Autónoma.

Compromisos de colaboración.

Las Comunidades Autónomas se comprometen a desarrollar las siguientes acciones para la mejora de la calidad y la difusión de la Formación Profesional, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020:

– Acciones de difusión de la calidad de la Formación Profesional:

• Organización y participación en campeonatos autonómicos de Formación Profesional.

• Organización y participación en campeonatos estatales de Formación Profesional.

• Participación en campeonatos europeos de Formación Profesional.

• Participación en campeonatos mundiales de Formación Profesional.

• Creación, desarrollo y participación en la Red de Referencia Española de Calidad en Formación Profesional.

– Acciones de mejora de la calidad de la Formación Profesional en centros, con el profesorado, con el alumnado y/o reforzando la colaboración con el sector productivo:

• Certificaciones y renovación de certificaciones de calidad para los centros.

• Refuerzo de la colaboración con empresas: estancias formativas (no visitas) de alumnado y profesorado de Formación Profesional; proyectos de colaboración centro-empresa.

• Promoción del autoempleo y/o el emprendimiento entre el alumnado de Formación Profesional.

• Proyectos de innovación para el alumnado de la Formación Profesional.

• Proyectos integrales de mejora en centros, que incluyan una o varias de las acciones anteriores.

• Desarrollo de aplicaciones informáticas y bases de datos aplicables a acciones de calidad en Formación Profesional, excluida la adquisición de equipos.

– Mejora de la calidad de la Formación Profesional de Grado Medio: mejorar las competencias del alumnado de Formación Profesional de Grado Medio a través de los módulos voluntarios.

El 30% del importe recibido de la distribución de crédito es finalista para los campeonatos y se destinará a:

• El entrenamiento de los alumnos que vayan a participar en los campeonatos nacionales, europeos y mundiales de FP.

• Los gastos relacionados con el programa de entrenamiento del competidor, de los expertos designados por el MEFP, que van a participar como miembros del jurado, representando a España en los campeonatos europeos y mundiales acompañando al competidor.

• Los gastos generados por la adquisición de la uniformidad, de los equipos de protección individual (EPI) y de las herramientas necesarias para poder competir.

• El traslado de herramientas y maquinaria necesarias para realizar las pruebas y su correspondiente seguro.

Además, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, no más tarde del 31 de marzo de 2021, las comunidades autónomas remitirán al Ministerio de Educación y Formación Profesional, un estado de ejecución indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados detallado para la aplicación presupuestaria del Presupuesto General del Estado desde la que se realice la transferencia de crédito. Las Comunidades Autónomas deberán proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional se compromete a:

– Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen.

– Mantener la coordinación y seguimiento de las competiciones de Formación Profesional a nivel nacional, europeo y mundial, y proporcionar el apoyo técnico necesario a las Comunidades Autónomas para la celebración de sus competiciones regionales y la organización de la participación a nivel nacional.

– Mantener la coordinación y el apoyo técnico necesarios para la implementación de programas y proyectos de calidad en Formación Profesional en las comunidades autónomas.

Las normas de justificación de los créditos recibidos por las Comunidades Autónomas vendrán recogidas y especificadas en los instrumentos jurídicos, convenios o resoluciones en los que se haya plasmado la distribución acordada por el Consejo de Ministros tal como establece la regla Cuarta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley General Presupuestaria.

Información y difusión.

Las actuaciones que se pueden cofinanciar con el FSE recogidas en este acuerdo, que se desarrollen en todas las Comunidades Autónomas, serán financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020.

Las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el emblema de la Unión Europea.

Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado; y la Resolución de 10 de julio de 2018 de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional.

Además, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en todas las medidas de información y comunicación que se lleven a cabo, se reconocerá el apoyo del FSE a la operación mostrando el emblema de la Unión Europea y, siempre que sea posible, la leyenda «El FSE invierte en tu futuro» así como la referencia al Programa Operativo «Empleo, Formación y Educación 2014-2020».

Este Acuerdo de Consejo de Ministros tiene por objeto, exclusivamente, la distribución entre las comunidades autónomas de las habilitaciones de gasto en que consisten los créditos presupuestarios, así como su formalización, sin que en ningún caso pueda entenderse que implica la ejecución de los citados créditos presupuestarios, el nacimiento de ningún tipo de obligación económica con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a favor de las Comunidades Autónomas, ni, en consecuencia, la existencia de ningún derecho de cobro de las Comunidades Autónomas frente a la Administración General del Estado o sus entidades públicas vinculadas o dependientes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/12/2019
  • Fecha de publicación: 30/12/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACION y se amplía el plazo de ejecución de los créditos distribuidos, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado 2019, para financiar las actuaciones de los Programas de Cooperación Territorial: Resolución de 6 de mayo de 2020 (Ref. BOE-A-2020-5073).

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