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Documento BOE-A-2019-3350

Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de las categorías de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud y Titulado Sanitario en la Red Hospitalaria de la Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2019, páginas 22298 a 22326 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-3350

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («BOE» del 22), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2016, incluye 152 plazas de Personal Estatutario fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto convocar proceso selectivo para cubrir 5 plazas de personal estatutario fijo en la categoría de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud y 1 plaza en la categoría de Titulado Sanitario.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público («BOE» del 31); la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («BOE» de 23 de marzo), así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases

La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, en la del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es, y en la del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social www.mscbs.gob.es

1. Normativa aplicable

El proceso selectivo previsto en la presente Resolución se regirá por las presentes Bases, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

2. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud y 1 plaza de Titulado Sanitario, por el sistema general de acceso libre, que se distribuyen por especialidades y localidades según se indica en el anexo I.

Del total de las plazas convocadas, se reserva 1 plaza en la categoría de Titulado Especialista en Ciencias de la Salud, especialidad Anatomía Patológica para quienes tengan la condición legal de personal con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo a las personas con discapacidad, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.

3. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que figuran en el anexo II.

El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo prevista la fase de oposición descrita en el Anexo II una duración máxima de siete meses.

4. Programas

Los programas que regirán las pruebas selectivas se detallan en el anexo III de la presente convocatoria.

5. Nombramiento de personal estatutario

Concluido el proceso selectivo los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados Personal Estatutario Fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa por el Órgano competente, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación del destino adjudicado.

6. Requisitos de los candidatos

Los aspirantes que participen en la presente convocatoria deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los siguientes requisitos generales de participación:

6.1 Nacionalidad.

6.1.1 Tener la nacionalidad española.

6.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

6.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.

6.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

6.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.

6.5 Titulación. Poseer los títulos para cada categoría que se indican en el anexo I, expedidos por el órgano competente o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, «BOE» del 22).

6.6 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe, como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.

6.7 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

6.8 Tasas. Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base 8.5 de esta convocatoria.

7. Acceso de las personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % podrán solicitar en su instancia la adaptación de tiempos y/o medios en la realización del ejercicio, para la cual deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

7.3 Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

7.4 En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas. A tal efecto, los tribunales podrán recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos competentes.

7.5 Los aspirantes que participen a plazas reservadas para personas con discapacidad y hubieran obtenido en el ejercicio de la fase de oposición una puntuación superior al 60 por ciento de la puntuación máxima prevista en el ejercicio pero no hubieran resultado adjudicatarios de plaza, conservarán la puntuación de dicho ejercicio en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio sean idénticos (artículo 3.6 del Real Decreto 105/2016).

7.6 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («BOE» del 17).

8. Solicitudes

8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en procesos selectivos.

8.2 Plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.

La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

8.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General en la siguiente URL (http://administración.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea del modelo 790.

Anexar documentos a su solicitud.

El pago electrónico de las tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón «Inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos («BOE» de 2 de abril). La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En el caso de que no se haya dado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación, deberá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica, la documentación justificativa relacionada con el apartado 8.5, donde se indican las exenciones al pago de la tasa por derechos de examen.

b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administración.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre el botón «Generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias que deberán ser firmadas por el interesado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica, o en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Defensa (paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid), o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, («BOE» del 22), así como en los Registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se dirigirán a la Subsecretaría de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).

Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

Solo en el caso de solicitudes cursadas en el extranjero, a las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.

8.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID y el interesado haya dado su conformidad al órgano gestor para acceder a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos se verificarán, en todo caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no constar el consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de los servicios públicos de empleo. En ella deberá constar que se cumple con los requisitos señalados y debe ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación.

– Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

En cuanto a la acreditación de las rentas, salvo que conste la oposición expresa del interesado manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos. En caso de no constar el consentimiento para el acceso, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta, que deberá aportar el interesado y que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa («BOE» de 19 de noviembre). Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.6 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

8.7 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

9. Admisión de aspirantes

9.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

9.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

9.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

10. Tribunales

10.1 Los Tribunales calificadores del presente proceso selectivo, que serán de naturaleza colegiada, serán designados por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a propuesta del Ministerio de Defensa, y su composición deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con una antelación mínima de un mes al inicio de las pruebas.

10.2 Los tribunales deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderán en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 23) para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 60.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

10.3 Estarán constituidos por un presidente, tres vocales y un secretario, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes y quedarán válidamente constituidos por el presidente, secretario y vocales titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el presidente, secretario o vocal suplente respectivo.

10.4 Los tribunales podrán proponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que son la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Estos asesores deberán poseer titulación académica de nivel igual o superior al exigido en la convocatoria.

10.5 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, los tribunales velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los tribunales tendrán su sede en la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (calle Princesa, n.º 32-36, 28071 Madrid/teléfonos 91/4546281-91/4546199 y correo electrónico: estatutarios-defensa@oc.mde.es).

10.6 Los tribunales adoptarán las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

10.7 El régimen jurídico aplicable a los tribunales de selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

10.8 Los miembros de los tribunales, tanto titulares como suplentes, deberán ostentar la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud, en plaza o categoría para la que se exija poseer titulación del nivel académico igual o superior a la exigida para el ingreso en la categoría que se convoca.

De los miembros de los tribunales, al menos los vocales, deberán poseer la titulación y especialidad requerida en esta convocatoria.

10.9 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de los tribunales cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

10.10 Asimismo, los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos, Escalas y categorías análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo, Escala o categoría al que pertenecen las plazas convocadas.

10.11 No podrán formar parte de los órganos de selección el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, y el personal eventual.

No podrán formar parte de órganos de selección quienes tengan la consideración de alto cargo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

10.12 La pertenencia a los tribunales, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.

10.13 Corresponde al Tribunal calificador:

Las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y la calificación y valoración de las personas aspirantes, tanto en la fase de oposición como en la de concurso.

La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del ejercicio, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime conveniente.

En el llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

11. Desarrollo del proceso selectivo

11.1 El ejercicio de la fase de oposición se realizará en Madrid.

11.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ», según lo establecido en la Resolución de 11 de abril de 2018 de la Secretaría de Estado de Función Pública («BOE» del 14 de abril).

11.3 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

11.4 Los tribunales podrán requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa audiencia del interesado.

11.5 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

11.6 Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso.

11.7 La no presentación de la documentación de los méritos alegados supondrá la no valoración al aspirante en la fase de concurso.

11.8 Los tribunales publicarán las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes en base a la documentación presentada, sin que pueda admitirse la presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

12. Superación del proceso selectivo

12.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación total, en los medios de publicación señalados en la presente convocatoria.

12.2 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de 20 días hábiles, desde la publicación oficial, para la presentación de la documentación que figura en el anexo V.

12.3 Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de personal estatutario fijo de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

12.4 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas los aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al procedimiento que se establezca.

12.5 La adjudicación de plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se realizará en función de la puntuación total obtenida y la petición efectuada dentro de la especialidad a la que concurra, según la distribución mostrada en el anexo I.

12.6 Una vez superado el proceso selectivo, las personas que hayan sido admitidas en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para personas con discapacidad podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada.

13. Nombramiento y toma de posesión

13.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes que hubieran resultado aprobados, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, mediante Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», nombrará a los aspirantes seleccionados, con expresión del destino adjudicado.

13.2 Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la orden citada, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la Dirección del Hospital de destino.

13.3 Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera adjudicado en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el órgano convocante, previa audiencia del interesado.

14. Relación de candidatos

14.1 Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo el Tribunal, para las plazas de todas las categorías y especialidades convocadas, por localidad, podrá elaborar Relaciones de candidatos para el nombramiento de personal estatutario temporal.

En estas relaciones se incluirán a los aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación del proceso y no hayan obtenido plaza.

14.2 Para poder formar parte de las Relaciones los candidatos deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.

14.3 Los tribunales ordenarán cada Relación en función de la puntuación obtenida por los candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin, haciendo públicas las listas.

14.4 Las Relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo nueva convocatoria al efecto.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.

Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es

15. Recursos

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 28 de febrero de 2019.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Alfredo González Gómez.

ANEXO I
Distribución territorial de las plazas por Categorías/especialidades objeto de la presente convocatoria
Categoría Especialidad Titulación Localidad Cupo general Reserva discapacidad general Total
Titulado Especialista en Ciencias de la Salud. Anatomía Patológica. Facultativo Especialista en Anatomía Patológica o equivalente. Zaragoza. 1 1 2
Titulado Especialista en Ciencias de la Salud. Anestesiología y Reanimación/Anestesia. Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación o equivalente. Zaragoza. 1 0 1
Titulado Especialista en Ciencias de la Salud. Cirugía Ortopédica y Traumatología. Facultativo Especialista en Cirugía Ortopédica y Traumatología o equivalente. Zaragoza. 1 0 1
Titulado Especialista en Ciencias de la Salud. Radiodiagnóstico. Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico o equivalente. Zaragoza. 1 0 1
Titulado sanitario. Medico de Urgencia Hospitalaria. Facultativo Especialista o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las Funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud o Equivalente. Zaragoza. 1 0 1
ANEXO II
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constara de dos fases. Una fase de oposición y otra fase de concurso.

En la fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. A esta fase solo podrán acceder hasta un máximo de 10 aspirantes por cada plaza convocada.

Aquellos aspirantes con idéntico número de respuestas acertadas, se considerarán igualmente aptos aunque se supere el número de aspirantes fijados en el punto anterior.

1. Fase de oposición

a) Constará de un ejercicio eliminatorio que consistirá en la contestación de un cuestionario tipo test de 150 preguntas, más 10 de reserva, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, sobre el temario.

b) Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de 180 minutos.

c) Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna y las preguntas contestadas erróneamente restarán un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. La puntuación máxima posible, correspondiente a 150 aciertos, será de 100 puntos.

d) Para superar el ejercicio será necesario alcanzar la puntuación mínima que, para cada una de las categorías/especialidades convocadas, determine y haga público el correspondiente tribunal con anterioridad a la celebración del ejercicio. La puntuación mínima, no podrá ser en ningún caso inferior a cincuenta puntos y deberá garantizar la idoneidad de los aspirantes seleccionados.

e) Las respuestas otorgadas por los tribunales se publicarán en los siguientes medios electrónicos: Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, página del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es, y página del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social www.mscbs.gob.es, el día siguiente hábil al del examen. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la realización del ejercicio, para plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por los tribunales. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede de los tribunales.

f) Una vez comprobadas las impugnaciones presentadas, el tribunal correspondiente hará pública la relación de aspirantes aprobados, cuyo número puede ser superior al de plazas convocadas, con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.

2. Fase de concurso

En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se evaluarán hasta un máximo de 100 puntos las competencias profesionales de los aspirantes y consistirá en la valoración por los tribunales, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes de la fase de oposición, de los siguientes méritos y conforme al siguiente baremo:

1. Experiencia profesional (máximo, 60 puntos).

Por servicios prestados, acreditados mediante certificación original expedida en modelo normalizado por el Gerente, Director de Gestión o figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado los servicios:

a) Por cada mes completo de servicios prestados como personal estatutario en la misma Categoría Profesional a la que se concurre (Titulado Especialista en ciencias de la salud o Titulado Sanitario) o categoría equivalente como funcionario o laboral, en Instituciones sanitarias públicas adscritas o dependientes del Sistema Nacional de Salud o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación: 0,36 puntos.

b) Por cada mes completo de servicios prestados como personal estatutario en la misma Categoría Profesional a la que se concurre (Titulado Especialista en ciencias de la salud o Titulado Sanitario) o categoría equivalente en Instituciones no sanitarias de las Administraciones Públicas: 0,26 puntos.

c) Por cada mes completo de servicios prestados como Médico residente para la obtención del título de Médico especialista: 0,20 puntos.

Para el cómputo de esta experiencia profesional, se requerirá la presentación del certificado de servicios prestados, sin que sea válida la mera presentación del título obtenido.

d) Por cada mes completo de servicios prestados en la misma Categoría Profesional a la que concurre (Titulado Especialista en ciencias de la salud o Titulado Sanitario) o categoría equivalente en instituciones sanitarias privadas españolas y de la Unión Europea, concesionadas o con concierto asistencial y/o acreditación docente justificados documentalmente, y computados desde la fecha del concierto y/o acreditación, justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de trabajo: 0,18 puntos.

e) Por cada mes completo de servicios prestados en las Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud como Médico General con anterioridad a la obtención del título de Médico Especialista al amparo del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre: 0,12 puntos.

f) Por cada mes completo de servicios prestados en el desempeño de plaza de facultativo de carácter asistencial o de coordinación y dirección en programas de cooperación internacional, en virtud de convenios o acuerdos organizados o autorizados por la Administración Pública, cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria en el ámbito de la salud (Ley 45/2015 de 14 de octubre del voluntariado «Boletín Oficial del Estado» 15/10/2015): 0,12 puntos.

g) Por cada mes completo de servicios prestados con nombramiento o contrato de alta dirección como personal directivo en las Instituciones Sanitarias Públicas o del Sistema Nacional de Salud y que no puedan ser computados en los apartados anteriores: 0,36 puntos.

h) Por cada mes completo de servicios prestados en distinta categoría estatutaria en instituciones sanitarias públicas adscritas o dependientes del Sistema Nacional de Salud o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación: 0,10 puntos.

Para la valoración del apartado 1 relativo a la «Experiencia profesional» se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. A los efectos de valoración del apartado «Experiencia profesional», un mismo período de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados, tomándose en consideración el más beneficioso para el solicitante, excepto los servicios prestados a tiempo parcial en un mismo período, que se computarán hasta completar el 100 por 100 de la jornada laboral, sin que el exceso de jornada pueda ser valorado.

2. El cómputo de los servicios prestados a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los períodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada.

3. Los servicios prestados con nombramiento para la realización de turnos de atención continuada como personal de refuerzos, se computarán con el criterio de equivalencia de un mes completo por cada 140 horas trabajadas en dicho mes, o la parte proporcional que corresponda a la fracción; además se incluirán por el mes de vacaciones, 140 horas o la parte proporcional que corresponda. Si dentro de un mes natural se realizaron más de 140 horas, solamente podrá valorarse un mes, sin que el exceso de horas efectuado pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados en otro mes. Estos certificados deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.

4. Se entiende por mes el conjunto de 30 días naturales. Para el cómputo de los servicios prestados, se sumarán en días todos los períodos y se dividirán por 30, despreciándose del resultado final los que sean inferiores a 30.

2. Formación y otras actividades (máximo, 40 puntos).

Esta puntuación máxima puede obtenerse a partir de cualquiera de los siguientes apartados:

2.1 Formación.

2.1.1 Formación Universitaria y Especializada.

a) Por la obtención del Título de Licenciado o Grado en Medicina y Cirugía con sobresaliente o premio extraordinario: 1,2 puntos.

b) Estudios de Doctorado: Por la realización completa de todos los cursos de Doctorado (sistema anterior al Real Decreto 185/1985), o la realización del programa de Doctorado hasta el nivel de suficiencia investigadora según los Reales Decretos 185/1985 y 778/1998 o la obtención del Diploma de Estudios Avanzados (DEA): 2 puntos.

Si la nota media es de sobresaliente se añadirán: 1,5 puntos.

c) Grado de Doctor: 6 puntos.

Si el grado de Doctor se ha obtenido con calificación de sobresaliente «cum laude» se añadirá: 0,8 puntos.

Los apartados b) y c) no podrán valorarse simultáneamente.

2.1.2 Formación especializada.

Aspirantes que para la obtención del Título de Médico Especialista hayan cumplido el periodo completo de formación como Médico Residente del programa MIR o bien un periodo equivalente, en España o país extranjero, de formación teórica y práctica a tiempo completo: 7,2 puntos.

Se encuentran incluidos en este apartado aquellos aspirantes que hubieran obtenido el título de especialista de acuerdo a lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1497/99, de 24 de septiembre.

2.1.3 Formación continuada.

Se valorará la realización de cursos superiores de postgrado, que hayan sido realizados y obtenidos con posterioridad a la fecha de obtención del título requerido en la convocatoria, diplomas o certificados de cursos, dirigidos a la categoría o especialidad a la que se opta, siempre que cumplan alguna de las siguientes características:

a) Formación directamente relacionada con la categoría objeto de la convocatoria e impartida por Universidades públicas o privadas. Los títulos obtenidos en universidades de países que no formen parte de la Unión Europea deberán contar con homologación oficial.

b) Si son posteriores a la entrada en vigor de la LOPS (Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias) que estén debidamente acreditados por la Comisión de Formación Continuada.

c) Si son anteriores a la entrada en vigor de la LOPS, por actividades formativas de postgrado de carácter sanitario directamente relacionadas con el contenido de la categoría convocada, organizadas o impartidas por la Administración Central, Autonómica, Local, Universidades e Instituciones Sanitarias Públicas, o bien al amparo de los Acuerdos de Formación Continua con las Administraciones Públicas o bien organizadas o impartidas por las organizaciones sindicales, fundaciones, sociedades científicas, colegios profesionales y otras entidades, acreditadas por las Administraciones Sanitarias, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diploma, o bien se certifiquen debidamente.

Los cursos de formación se valorarán teniendo en cuenta lo siguiente:

– Formación certificada en créditos ECTS: 0,50 puntos.

– Formación certificada en créditos CFC: 0,20 puntos.

– Formación certificada en horas: 0,02 puntos por hora.

– Cuando sólo figuren horas, se podrán acumular distintas acciones formativas para alcanzar el valor de un crédito.

– No se tendrán en cuenta aquellas actividades formativas en cuya acreditación no figuren ni horas ni créditos.

Se valorará también la realización de cursos organizados por las entidades referidas anteriormente, que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, o se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajar en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas e informática: 0,04 puntos por cada 10 horas de formación.

2.2 Docencia.

a) Por participar como Tutor o Colaborador docente acreditado con residente a cargo, en cualquiera de los años de formación, para residentes de la especialidad a la que se oposita, por cada curso académico: 1 punto.

b) Por participar como Tutor o Colaborador docente acreditado con residente a cargo, en cualquiera de los años de formación, para residentes en la especialidad distinta a la que se oposita, por cada curso académico: 0,75 puntos.

c) Por realización de docencia a posgraduados en materias relacionadas con la Categoría a la que se oposita, en actividades acreditadas o en entidades públicas acreditadas para la docencia por la Administración Pública competente, por cada diez horas de docencia: 0,16 puntos.

Un mismo curso o materia solo podrá computarse una vez por cada año natural.

d) Por cada curso académico como Profesor asociado en Facultades de Medicina: 0,50 puntos.

2.3 Actividad científica y de investigación.

2.3.1 Publicaciones.

Por trabajos específicos y de investigación aparecidos en publicaciones especializadas incluidas en índices nacionales o internacionales siempre directamente relacionados con el contenido de la categoría convocada y en función de la aportación del interesado, de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:

Criterios:

1. Contribución: Por la publicación de un artículo original, revisión narrativa, revisión sistemática, editorial o carta científica en revista de carácter sanitario, de un capítulo de libro o de un libro completo.

2. Participación: Por la participación como autor primero o resto de autores.

En las publicaciones en los que los autores figuran por orden alfabético no se considerará a ninguno como autor principal o primero.

3. Difusión: Por la difusión nacional o Internacional de las publicaciones.

Tabla de valoración:

a) Publicaciones nacionales, indexadas en JCR, WoS o Pubmed:

– Publicación revista: Autor primero: 0,2 puntos, otros: 0,1 puntos.

– Capítulo libro: Autor primero: 0,50 puntos, otros: 0,25 puntos.

– Libro completo: Autor primero: 1 punto, otros: 0,50 puntos.

En ningún caso podrá valorarse más de un capítulo de un mismo libro.

b) Publicaciones internacionales, indexadas en JCR, WoS o Pubmed:

– Publicación revista: Autor primero, último o de correspondencia: 0,3 puntos; otros: 0,15 puntos.

– Capítulo libro: Autor primero: 0,70 puntos; otros: 0,35 puntos.

– Libro completo: Autor primero: 1,40 puntos; otros: 0,70 puntos.

En ningún caso podrá valorarse más de un capítulo de un mismo libro.

Respecto de los trabajos publicados en revistas, será necesario presentar copia de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor, fecha de publicación, editorial o institución que lo publica, el depósito legal de la revista y/o el ISSN. En cuanto a los libros y capítulos de libros, la documentación a presentar se limitará a las hojas en las que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y/o el ISBN, la fecha de publicación y la editorial o institución que lo publica.

En el caso de documentos en formato electrónico, para ser valorados por el Tribunal, deberá indicarse por el aspirante la disponibilidad y acceso de la página web en formato hipertexto, de la siguiente forma, «Disponible desde Internet en: http://............». En este documento se indicará además el título de la publicación, autor/es y fecha de la publicación, acompañado de una copia impresa de la página principal de la publicación.

2.3.2 Comunicaciones, ponencias y pósteres.

Por la presentación de comunicaciones, ponencias y pósteres en reuniones científicas convocadas por entidades oficiales, Sociedades Científicas y Colegios Profesionales, sobre materias relacionadas directamente con la categoría convocada, se puntuará de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:

Comunicaciones y ponencias:

– Autor primero: 0,50 puntos, otros: 0,25 puntos.

Pósteres:

– Pósteres: Autor primero: 0,30 puntos, otros: 0,15 puntos.

Para el cómputo de las comunicaciones, pósteres o ponencias presentadas en congresos y jornadas, el aspirante debe presentar la justificación de la comunicación en libro o revista de «abstract» de los congresos y jornadas correspondientes.

2.3.3 Proyectos de Investigación.

Se valorarán únicamente los trabajos científicos o de investigación en el campo de la salud directamente relacionados con la categoría a la que se opta, que hayan sido financiados por Administraciones u Organismos Públicos nacionales y de la Unión Europea. Se valorarán los proyectos de investigación financiados por entidades privadas de reconocido prestigio.

A los proyectos de investigación con financiación pública se otorgará una puntuación de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:

– Como investigador principal: 1 punto por proyecto.

– Resto de investigadores: 0,50 puntos por proyecto.

A los proyectos de investigación con financiación privada contemplados en el apartado anterior, se otorgará una puntuación de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:

– Como investigador principal: 0,50 puntos por proyecto.

– Resto de investigadores: 0,25 puntos por proyecto.

Los documentos que deberán remitirse a los respectivos tribunales son los siguientes:

a) Autovaloración de los méritos que el aspirante considera valorables de conformidad con el baremo de méritos. El impreso de autovaloración estará disponible en la página web del Ministerio de Defensa (http://www.defensa.gob.es/defensa_yo/trabajaconnostros/).

En ningún caso esta autoevaluación vinculará al Tribunal, teniendo un carácter meramente orientativo.

b) Documentación original o copias auténticas acreditativas de los méritos alegados.

c) Los diplomas o certificados acreditativos de los cursos organizados por Universidades o por organismos de la Administración Educativa o Sanitaria Central o Autonómica deberán estar expedidos por la autoridad que ostente legalmente la representación de los mismos.

Los tribunales podrán requerir a los interesados cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente.

Los tribunales sólo podrán valorar o solicitar aclaración sobre los méritos alegados en tiempo y forma por los concursantes, pudiendo asimismo solicitar copia traducida por traductor jurado respecto de los méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto a los oficiales de España.

En aplicación del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, que desarrolla la Ley 17/1993, de 23 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los tribunales equipararán, según su propio criterio colegiado, los méritos valorables que acrediten los aspirantes comunitarios a las puntuaciones del baremo de méritos, con sujeción a los principios constitucionales de igualdad de acceso a la Función Pública y no discriminación por razón de la nacionalidad.

El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación en la fase de oposición.

2. La mayor puntuación y por su orden en los distintos apartados del baremo de la fase de concurso.

3. De continuar el empate se dirimirá atendiendo a la letra que para el año 2018 establece el orden de actuación de los aspirantes y que es la letra «Ñ» (Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 11 de abril de 2018, «Boletín Oficial del Estado» del 14).

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

ANEXO III
Programas

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios fundamentales, derechos y deberes fundamentales de los españoles. La protección de la salud en la Constitución.

Tema 2. Ley 14/1986, de 25 de abril. Ley General de Sanidad: Fundamentos, características. Competencias de las Administraciones Públicas en relación con la salud. Organización General del sistema Sanitario Público.

Tema 3. Estructura, organización y competencias del Ministerio de Defensa. Estructura, organización y competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Tema 4. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

Tema 5. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tema 6. Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa. Orden SAS/481/2010, de 26 de febrero, por la que se regula la implantación progresiva de la carrera profesional para el personal integrado en la condición de personal estatutario procedente de personal laboral del área funcional de actividades específicas de la Red Hospitalaria de la Defensa.

Tema 7. Organización hospitalaria y de atención primaria. Comisiones Clínicas.

Tema 8. Ley 41/2002, de 14 de noviembre: Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y deberes en materia de información y documentación clínica. El consentimiento informado. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Tema 9. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Las prestaciones del Sistema Nacional de Salud. El Consejo interterritorial. Sistema de información sanitaria.

Tema 10. Ley 44/2002, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias: Ámbito de aplicación. Profesiones sanitarias tituladas y profesionales del área sanitaria de formación profesional. El ejercicio de las profesiones sanitarias. Formación especializada en ciencias de la salud. Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Tema 11. Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Tema 12. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Discapacidad y dependencia.

Tema 13. Salud Laboral: Concepto. Principales riesgos en las Instituciones Sanitarias y medidas de prevención.

Tema 14. La gestión clínica: Medicina basada en la evidencia, evaluación de la práctica clínica. Guías diagnósticas y terapéuticas.

Tema 15. Gestión de calidad: Mejora continua, instrumentos para la mejora. La seguridad del paciente.

Tema 16. Principios fundamentales de la Bioética: Dilemas éticos. Normas legales de ámbito profesional. El secreto profesional: Concepto y regulación jurídica. Código deontológico.

Tema 17. La formación continuada como actividad necesaria para el desarrollo profesional. Participación en la formación de pregrado y posgrado. La carrera profesional del personal licenciado y diplomado sanitario que presta sus servicios en la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa.

Tema 18. Estadística sanitaria. Parámetros estadísticos. Significación estadística. Valor predictivo de las pruebas.

Tema 19. Demografía sanitaria. Análisis de datos. Métodos de identificación de problemas de salud. Indicadores demográficos, socioeconómicos, del nivel de salud, medioambientales. Elaboración de programas de salud y su evolución.

Tema 20. Educación para la salud. Intervención educativa desde la consulta médica. El consejo médico. La comunicación médico paciente. Técnicas de entrevista clínica.

Tema 21. Uso racional del medicamento. Prescripción por principio activo. La cumplimentación. Problemas derivados de la terapia farmacológica.

Temas específicos

Titulado Especialista en Ciencias de la Salud: Anatomía Patológica

Tema 22. Aspectos tecnológicos y metodológicos de los procesos de citologías, biopsias y piezas quirúrgicas.

Tema 23. Aspectos tecnológicos y metodológicos de la autopsia clínica. La autopsia de adulto y la autopsia fetal.

Tema 24. Técnicas histoquímicas en anatomía patológica.

Tema 25. Técnicas inmunohistoquímicas en anatomía patológica.

Tema 26. Técnicas de inmunofluorescencia y microscopia electrónica en anatomía patológica.

Tema 27. Técnicas de patología molecular y citogenética en anatomía patológica.

Tema 28. Técnicas de patología cuantitativa y de cultivos de tejidos en anatomía patológica.

Tema 29. Patología celular. Lesión y muerte celular.

Tema 30. Patología del crecimiento y diferenciación celular: Regulación normal y adaptaciones.

Tema 31. Patología general de la inflamación y la reparación.

Tema 32. Patología general del edema, la hiperemia, la congestión y la hemorragia.

Tema 33. Patología general de la trombosis, la embolia, el infarto y el shock.

Tema 34. Patología general de las neoplasias. Modo de iniciarse, crecer y propagarse.

Tema 35. Diagnóstico general de las enfermedades neoplásicas. lnmunohistoquímica y marcadores tumorales. Diagnóstico molecular.

Tema 36. Patología general de las reacciones de hipersensibilidad.

Tema 37. Patología general de las inmunodeficiencias.

Tema 38. Patología general de las enfermedades autoinmunes y del trasplante de órganos.

Tema 39. Patología general de las enfermedades infecciosas.

Tema 40. Patología general de las enfermedades ambientales.

Tema 41. Patología general de las enfermedades nutricionales.

Tema 42. Patología general de los trastornos genéticos.

Tema 43. Patología del corazón y el pericardio.

Tema 44. Patología de los vasos sanguíneos y linfáticos.

Tema 45. Patología de la sangre y la médula ósea.

Tema 46. Patología no tumoral de los ganglios linfáticos. Patología tumoral de los ganglios linfáticos.

Tema 47. Patología del bazo.

Tema 48. Patología del timo y el mediastino.

Tema 49. Patología de la nariz, senos paranasales y nasofaringe.

Tema 50. Patología de la laringe y la tráquea.

Tema 51. Patología no tumoral del pulmón y la pleura.

Tema 52. Patología tumoral del pulmón y la pleura.

Tema 53. Patología de la cavidad oral y orofaringe.

Tema 54. Patología de la glándula salival.

Tema 55. Patología del esófago.

Tema 56. Patología del intestino delgado.

Tema 57. Patología del intestino grueso.

Tema 58. Patología del apéndice cecal y el ano.

Tema 59. Patología no tumoral del hígado.

Tema 60. Patología tumoral del hígado.

Tema 61. Patología de la vesícula biliar y de los conductos biliares extrahepáticos.

Tema 62. Patología del páncreas y de la región periampular.

Tema 63. Patología no tumoral del riñón.

Tema 64. Patología tumoral del riñón.

Tema 65. Patología de la pelvis renal y el uréter.

Tema 66. Patología de la vejiga y la uretra.

Tema 67. Patología de la próstata y las vesículas seminales.

Tema 68. Patología del testículo y el epidídimo. Patología del pene y el escroto.

Tema 69. Patología de la vulva y la vagina.

Tema 70. Patología del cuello uterino. Patología del cuerpo uterino.

Tema 71. Patología del ovario y trompa uterina.

Tema 72. Patología de la mama.

Tema 73. Patología de la placenta. Patología de la gestación y del periodo perinatal.

Tema 74. Patología del sistema endocrino.

Tema 75. Patología del hueso y de las articulaciones.

Tema 76. Patología de partes blandas.

Tema 77. Patología del peritoneo, retroperitoneo y estructuras relacionadas.

Tema 78. Patología del sistema nervioso periférico y músculo esquelético.

Tema 79. Patología no tumoral del sistema nervioso central.

Tema 80. Patología tumoral del sistema nervioso central.

Tema 81. Patología tumoral de la piel.

Tema 82. Patología no tumoral de la piel.

Tema 83. Patología ocular.

Tema 84. Patología del oído.

Tema 85. Patología Forense.

Titulado Especialista en Ciencias de la Salud: Anestesiología y Reanimación/Anestesia

Tema 22. Morbilidad y mortalidad en anestesia y reanimación. Control de Calidad.

Tema 23. Monitorización del paciente bajo anestesia.

Tema 24. Evaluación anestésica preoperatorio del paciente quirúrgico. El riesgo anestésico.

Tema 25. Valor de las pruebas y exploraciones preoperatorias.

Tema 26. Intubación endotraqueal. Tipos y técnicas. La Vía Aérea difícil. Prevención, Soluciones y complicaciones.

Tema 27. Anestesia general inhalatoria. Agentes inhalatorios. Acciones sobre los distintos órganos y sistemas. Indicaciones y contraindicaciones.

Tema 28. Anestesia general intravenosa. Agentes. Acciones sobre los distintos órganos y sistemas. Indicaciones y contraindicaciones.

Tema 29. Los opiáceos en anestesiología y reanimación. Agentes. Acciones sobre los distintos órganos y sistemas. Indicaciones y contraindicaciones.

Tema 30. La transmisión neuromuscular. Fisiopatología de la placa neuromuscular. Los bloqueantes neuromusculares. Mecanismos de acción farmacológicos. Reversión del bloqueo.

Tema 31. Los anestésicos locales: agentes y mecanismos de acción. Acción farmacológica. Efectos adversos. Complicaciones y su tratamiento.

Tema 32. Ventilación artificial: Concepto. Modalidades de ventilación artificial. Indicaciones.

Tema 33. Técnicas de destete de la ventilación artificial.

Tema 34. Análisis funcional de los distintos tipos de ventiladores.

Tema 35. Reacciones adversa en anestesia. Alergia, anafilaxia y reacciones anafilactoides. Mecanismos fisiopatológicos. Epidemiología. Clínica, diagnóstico, prevención y tratamiento.

Tema 36. La hipotensión controlada. Agentes y técnicas. Indicaciones y contraindicaciones. Reanimación del control del daño.

Tema 37. Anestesia subaracnoidea. Mecanismo de acción. Efecto sobre órganos y sistemas. Posición y baricidad. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento.

Tema 38. Anestesia epidural. Mecanismos de acción. Efecto sobre órganos y sistemas. Técnicas de localización del espacio epidural. Indicaciones y contraindicaciones.

Tema 39. Anestesia regional del miembro superior. Bloqueo del plexo braquial. Vías de abordaje. Técnicas. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento. La anestesia regional intravenosa. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento.

Tema 40. Anestesia regional en cirugía abdominal. Bloqueos nerviosos. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento.

Tema 41. Anestesia regional en cirugía torácica. Bloqueos nerviosos. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento.

Tema 42. Anestesia regional del miembro inferior. Bloqueo del plexo lumbar y bloqueo nervioso periférico (ciático, femoral, poplíteo, etc.). Vías de abordaje. Técnicas. Indicaciones y contraindicaciones. Complicaciones y tratamiento.

Tema 43. Anestesia y obstetricia. Analgesia en el parto.

Tema 44. Eclampsia y preeclampsia en anestesia y reanimación. Síndrome de HELLP.

Tema 45. Preparación, anestesia y reanimación en oftalmología.

Tema 46. Preparación, anestesia y reanimación en otorrinolaringología.

Tema 47. Preparación, anestesia y reanimación en cirugía del tórax.

Tema 48. Preparación, anestesia y reanimación en cirugía cardiaca.

Tema 49. Preparación, anestesia y reanimación en cirugía vascular.

Tema 50. Preparación, anestesia y reanimación en Neurocirugía.

Tema 51. Preparación, anestesia y reanimación en la cirugía del tiroides y paratiroides.

Tema 52. Preparación, anestesia y reanimación en la cirugía del feocromocitoma.

Tema 53. Preparación, anestesia y reanimación en la cirugía del paciente con síndrome carcinoide.

Tema 54. Preparación, anestesia y reanimación en la cirugía traumatológica.

Tema 55. Preparación, anestesia y reanimación en la cirugía ortopédica.

Tema 56. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente pediátrico.

Tema 57. Anestesia general en cirugía (ambulatoria) pediátrica.

Tema 58. Anestesia locorregional en cirugía (ambulatoria) pediátrica.

Tema 59. Preparación, anestesia y reanimación en cirugía ambulatoria.

Tema 60. Preparación, anestesia y reanimación en el enfermo cardiópata sometido a cirugía no cardiaca.

Tema 61. Preparación, anestesia y reanimación en el enfermo respiratorio sometido a cirugía no torácica.

Tema 62. Preparación, anestesia y reanimación en paciente con enfermedad hepática.

Tema 63. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente diabético.

Tema 64. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente quemado.

Tema 65. Preparación, anestesia y reanimación en cirugía laparoscópica.

Tema 66. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente con miastenia gravis.

Tema 67. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente con distrofias musculares.

Tema 68. Preparación, anestesia y reanimación en la hemorragia masiva.

Tema 69. Peculiaridades de la anestesia fuera del área quirúrgica.

Tema 70. La hipertermia maligna. Circunstancias y secuencia de aparición. Clínica. Diagnóstico. Prevención y tratamiento.

Tema 71. El síndrome de Mendelson. Síntomas y signos clínicos. Diagnóstico. Prevención y tratamiento.

Tema 72. Preparación, anestesia y reanimación en el paciente insuficiente renal crónico. Preparación. Anestesia y reanimación en el trasplante renal.

Tema 73. Técnicas de sustitución renal continúa en reanimación.

Tema 74. Mecanismos periféricos y centrales del dolor. Métodos utilizados en la medida y evaluación de la experiencia dolorosa.

Tema 75. Dolor agudo postoperatorio. Particularidades. Repercusión sobre órganos y sistemas. Factores determinantes y facilitadores. Fármacos y técnicas analgésicas.

Tema 76. Tratamiento del paciente don dolor crónico: Farmacología y técnicas intervencionistas.

Tema 77. El politraumatizado. Valoración inicial. Actuación en el lugar del accidente. Recogida y transporte del accidentado.

Tema 78. Traumatismos craneoencefálico y medular. Fisiopatología. Manifestaciones generales. Valoración clínica. Monitorización, índices pronósticos.

Tema 79. Traumatismo torácico. Fisiopatología. Manifestaciones generales. Valoración clínica. Monitorización, índices pronósticos.

Tema 80. Traumatismos abdominal y pélvico. Fisiopatología. Manifestaciones generales. Valoración clínica. Monitorización, índices pronósticos.

Tema 81. Traumatismos extremidades. Fisiopatología. Manifestaciones generales. Valoración clínica. Monitorización, índices pronósticos.

Tema 82. Reanimación del recién nacido.

Tema 83. Seguridad anestésica en el paciente.

Tema 84. Asistencia sanitaria en las FFAA. Particularidades.

Tema 85. Gestión asistencial en el área quirúrgica y extra quirúrgica.

Titulado Especialista en Ciencias de la Salud: Cirugía Ortopédica y Traumatología

Tema 22. El dolor en el aparato locomotor. Inflamación. Reacción general.

Tema 23. Heridas. Clases. Anatomía patológica. Fisiopatología. Principios del tratamiento general y local de las heridas. Cobertura cutánea. Heridas por arma de fuego. Heridas emponzoñadas. Mordeduras. Lesiones por onda explosiva.

Tema 24. Hemorragia y hemostasia. Coagulación. Shock. Equilibrio ácido básico y sus alteraciones.

Tema 25. Síndrome de aplastamiento. Embolia grasa y embolia gaseosa.

Tema 26. Infección local en cirugía. Infección general. Infecciones por anaerobios. La infección en la Cirugía Ortopédica: connotaciones, profilaxis y problemática actual.

Tema 27. Principios generales de cirugía oncológica. Conceptos generales sobre trasplantes de órganos y tejidos.

Tema 28. lpos de anestesia. Indicaciones. Posibilidades de anestesias loco­ regionales en las extremidades. El riesgo quirúrgico.

Tema 29. Procedimientos auxiliares de diagnóstico en cirugía ortopédica y traumatología. Descripción y valoración de los diferentes métodos.

Tema 30. Estructura y función del sistema nervioso periférico. Traumatismos, regeneración y degeneración de los nervios periféricos. Complicaciones y Secuelas postraumáticas.

Tema 31. Tumores de los nervios. Síndromes neurológicos compresivos de las correderas osteofibrosas.

Tema 32. Fisiopatología muscular. Traumatismos, distrofias y tumores de los músculos y aponeurosis. Artrogriposis. Calcificaciones y osificaciones. Síndromes compartimentales.

Tema 33. Parálisis fláccidas y espásticas. Poliomielitis. Parálisis cerebral. Consideraciones. Principios generales de tratamiento. Otras parálisis.

Tema 34. Tendones. Afecciones inflamatorias y traumáticas. Clases, fisiopatología. Tratamientos. Patología tumoral de los tendones y sus vainas.

Tema 35. Traumatismos vasculares. Tromboflebitis. Varices. Insuficiencia venosa. Insuficiencia arterial Crónica.

Tema 36. Complicaciones vasculares de los traumatismos y de la cirugía ortopédica y traumatológica. El problema de la trombosis venosa profunda. Complicaciones tromboembólicas. Profilaxis y tratamiento.

Tema 37. El hueso como tejido. Vascularización. Necrosis óseas isquémicas en general y síndromes afines.

Tema 38. Fracturas: Concepto, mecanismos de producción. El callo en su vertiente anatomofisiológica. Clasificaciones más usadas. Clínica local y general. Fracturas patológicas y por fatiga. La contusión ósea.

Tema 39. Osteogénesis y Consolidación ósea. Los injertos óseos. Sustitutos del hueso. Factores osteogénicos y su aplicación clínica. Expectativas.

Tema 40. Tratamiento de las fracturas. Principios generales y técnicas actualmente utilizadas en las fracturas y sus complicaciones. Retardos de consolidación y pseudoartrosis. La pseudoartrosis infectada.

Tema 41. Fracturas en el niño. La fisis, estructura y patología. Clasificación de los traumatismos fisarios. Tratamiento. Secuelas.

Tema 42. Infecciones óseas primarias. Osteomielitis agudas y crónicas. Infecciones específicas.

Tema 43. Osteoporosis. Osteomalacia. Raquitismo. Osteodistrofia renal. Osteopatías endocrinas.

Tema 44. Afecciones generalizadas del esqueleto. Enanismos. Fragilidad ósea. Displasias del crecimiento. Enfermedad de Pagel.

Tema 45. Tumores primitivos del hueso. Tumores Metastásicos. Lesiones pseudotumorales del hueso.

Tema 46. Anatomofisiología de las articulaciones. La articulación como unidad funcional del aparato locomotor. Elementos articulares. El cartílago articular y su posible sustitución.

Tema 47. Traumatismos articulares. Complicaciones de los traumatismos. Rigideces, Anquilosis. Laxitudes.

Tema 48. Infecciones articulares agudas y crónicas. Artritis secundarias. Artritis específicas.

Tema 49. Reumatismos articulares crónicos: Reumatismos inflamatorios. Artritis metabólicas. Papel de la Cirugía ortopédica actual en los reumatismos inflamatorios.

Tema 50. Cirugía en el tratamiento de las artropatías crónicas degenerativas. La artrosis y sus posibilidades terapéuticas. Cuerpos libres articulares. Artropatías hemofílica y neuropática.

Tema 51. Amputaciones. Niveles y tipos. Prótesis y ortesis. Vendajes selectivos.

Tema 52. El politraumatizado como sujeto de atención personalizada. Concepto, patologías, priorizaciones terapéuticas.

Tema 53. Traumatismos Torácicos. Lesiones vasculares, cardíacas y pulmonares. Lesiones del esqueleto torácico en relación con las disfunciones respiratorias postraumáticas.

Tema 54. Traumatismos cráneo encefálicos. Concepto, tipos, fisiopatología, clínica y tratamiento. Complicaciones.

Tema 55. Traumatismos abdominales. Lesiones viscerales. Traumatismos urogenitales.

Tema 56. El Hombro. Anatomofisiología articular. Biomecánica. Vías de abordaje.Inmovilización y rehabilitación de las lesiones del hombro en general.

Tema 57. Lesiones obstétricas del hombro. Tipos de parálisis. Parálisis traumáticas. Posibilidades quirúrgicas de las lesiones del plexo braquial y sus ramas. Lesiones vasculares.

Tema 58. Malformaciones congénitas de la clavícula y la escápula. Tortícolis congénita. Fracturas y luxaciones de la clavícula. Fracturas de la escápula.

Tema 59. Luxaciones traumáticas escápulo humerales. Concepto, tipos, clínica y Tratamiento. Luxación recidivante del hombro. Cirugía abierta y artroscópica de las inestabilidades del hombro.

Tema 60. Fracturas de la extremidad proximal del húmero. Clasificación, y peculiaridades. Tratamiento. Indicaciones quirúrgicas. Artroplastia gleno humeral. Indicaciones. Fractura de la diáfisis humeral. Clasificación, complicaciones y tratamiento.

Tema 61. El codo como unidad funcional. Malformaciones congénitas. El codo doloroso: entesopatías. Tratamiento quirúrgico del codo reumático. Lesiones canaliculares neurales. Abordajes quirúrgicos.

Tema 62. Fracturas de la extremidad distal del húmero. Fracturas de la cabeza del radio. Fracturas del olécranon. Luxaciones aisladas del codo. Luxaciones recidivantes.

Tema 63. Fracturas diafisarias del cúbito y el radio. Fracturas asociadas a luxaciones. Contractura isquémica de Volkmann.

Tema 64. Fracturas de la extremidad inferior del cúbito y del radio. Su tratamiento. Lesiones capsuloligamentosas de la muñeca. Luxaciones radiocarpianas. Inestabilidades.

Tema 65. Fracturas y luxaciones de los huesos del carpo. Necrosis óseas asépticas. La muñeca dolorosa. Inestabilidades carpianas y radio-carpianas.

Tema 66. Reumatismos de la muñeca. Tratamiento quirúrgico. Enfermedad de Quervain. Síndrome del túnel carpiano, y del cubital. Tratamiento de las secuelas patológicas o traumáticas y otras deformidades adquiridas de la muñeca.

Tema 67. Anatomía funcional de la mano. Vías de abordaje. Malformaciones congénitas. Mano reumática. Infecciones de la mano. Enfermedad de Dupuytren. Lesiones tendinosas de los dedos. Traumatismos de los metacarpianos y falanges. Fracturas y luxaciones del primer metacarpiano: Fractura de Bennet. Infecciones de la mano. Tumores.

Tema 68. Anatomofisiología del miembro inferior. Marcha normal y patológica. Abordajes más usados en las patologías del miembro inferior.

Tema 69. Malformaciones congénitas y distrófica de la cadera. Coxa vara congénita. Fémur corto. Fibrosis glútea. Otras anomalías congénitas o del desarrollo de la extremidad inferior en su conjunto. Displasia del desarrollo de la cadera.

Tema 70. Enfermedad de Perthes. Otras necrosis del crecimiento. Epifisiolisis del adolescente. Sinovitis de la cadera.

Tema 71. Necrosis idiopática de la cabeza femoral del adulto. Concepto, etiopatogenia, clínica y secuelas. Posibilidades quirúrgicas.

Tema 72. Tratamiento quirúrgico de los reumatismos inflamatorios y degenerativos de la cadera.

Tema 73. Fracturas y luxaciones de la pelvis y del cotilo. Concepto, clasificaciones, clínica y tratamiento. Abordajes. Luxación traumática de la cadera.

Tema 74. Fracturas de la extremidad proximal del fémur. Connotaciones actuales de la fractura osteoporótica de la cadera.

Tema 75. Fracturas subtrocantéricas y diafisarias del fémur. Fracturas de la extremidad distal del fémur. Fracturas de la extremidad proximal de la tibia y el peroné.

Tema 76. Anatomofisiologia de la rodilla. Estudio general, Lesiones, anomalías axiales y Enfermedades del aparato extensor de la rodilla. Artritis infecciosas. Abordajes principales.

Tema 77. Inestabilidades de la rodilla. Lesiones meniscales y ligamentosas. Posibilidades terapéuticas. Papelde la artroscopia. Fracturas y luxaciones traumáticas de la rótula. Luxación recidivante de la rótula. Luxaciones de la rodilla.

Tema 78. Dolor femoro-patelar. Patología de los cartílagos femorales y rotulianos. Osteocondritis. Condropatía rotuliana. Artrosis fémoro-rotuliana. Técnicas quirúrgicas.

Tema 79. Fracturas diafisarias de tibia y peroné.

Tema 80. Anatomía y biomecánica del tobillo. Esguinces y sus secuelas. Fracturas y luxaciones.

Tema 81. Fracturas de los huesos del tarso. Inestabilidades y luxaciones. Lesiones de los tendones aquileas, tibiales y peroneos.

Tema 82. Anatomía y biomecánica del pie. Malformaciones congénitas y anomalías del desarrollo. Pie plano, cavo, metatarso varo, pie zambo. Otras anomalías congénitas. Pie neurológico.

Tema 83. Lesiones traumáticas de los metatarsianos y los dedos. Clinodactilias. Hallux valgus y rigidus. Dedos en martillos. Otras desviaciones adquiridas. Síndromes dolorosos del pie.

Tema 84. Patología del desarrollo raquídeo: cifosis del adolescente. Escoliosis. Tipos, y posibilidades terapéuticas. Las raquialgias. Síndromes facetarios y estenóticos. Patología de los discos intervertebrales. Síndromes radiculares. Connotaciones sociales y laborales.

Tema 85. Tratamiento ortopédico y quirúrgico de las principales patologías neurológicas congénitas o adquiridas y sus secuelas: mielomeningocele, parálisis fláccidas y espásticas, enfermedades degenerativas y traumáticas.

Titulado Especialista en Ciencias de la Salud: Radiodiagnóstico

Tema 22. Fundamentos de Radiodiagnóstico. Bases físicas de los Rx.

Tema 23. Conceptos básicos de los ultrasonidos. Aplicaciones de la técnica Doppler. Conceptos básicos de la Tomografía Computerizada. T.A.C. multicorte. Conceptos básicos de la Resonancia Magnética.

Tema 24. Medios de contraste en radiología, ultrasonidos y resonancia magnética.

Tema 25. Radiobiología y radioprotección. Efectos biológicos de las radiaciones ionizantes. Protección radiológica. Garantía de calidad en Radiodignóstico.

Tema 26. Técnica y anatomía radiológica del tórax.

Tema 27. Enfermedad parenquimatosa y patología del intersticio pulmonar.

Tema 28. Enfermedad del alveolo y de la vía aérea.

Tema 29. Neoplasia pulmonar y de las vías respiratorias.

Tema 30. Tuberculosis pulmonar. Calcificaciones torácicas.

Tema 31. Pleura. Examen radiológico de la patología pleural.

Tema 32. Mediastino. Estudio radiológico de la patología mediastínica.

Tema 33. Traumatismo torácico.

Tema 34. Diagnóstico del embolismo pulmonar.

Tema 35. Enfermedad cardiaca congénita.

Tema 36. Enfermedad cardiovascular adquirida.

Tema 37. Tumores cardiacos y patología pericárdica.

Tema 38. Enfermedad coronaria.

Tema 39. Patología de la Aorta.

Tema 40. Patología de los grandes vasos abdominales, pélvicos y de las extremidades.

Tema 41. Estudio por imagen de los troncos supraaórticos y vascularización cerebral.

Tema 42. Patología de las venas y linfáticos.

Tema 43. Conceptos básicos de angiografía diagnóstica.

Tema 44. Fundamentos del intervencionismo vascular y no vascular.

Tema 45. Técnica y anatomía radiológica del SNC y cuello.

Tema 46. Lesiones congénitas del S.N.C.

Tema 47. Enfermedad de la sustancia blanca.

Tema 48. Infección, inflamación y enfermedad desmielinizante.

Tema 49. Enfermedad cerebro vascular.

Tema 50. Neoplasias y masas intracraneales. Patología hipofisaria.

Tema 51. Traumatismo craneoencefálico y facial.

Tema 52. Médula: neoplasia y procesos compresivos y desmielinizantes.

Tema 53. Oído y hueso temporal.

Tema 54. Órbita. Senos paranasales, cavidad nasal y maxilar inferior.

Tema 55. Estudio mediante técnicas de imagen del tiroides y paratiroides.

Tema 56. Laringe, faringe, glándulas salivares y masas en el cuello.

Tema 57. Técnica y anatomía radiológica del abdomen y pelvis.

Tema 58. Patología del esófago, estómago y duodeno.

Tema 59. Enfermedad inflamatoria, obstrucción y tumores del intestino delgado.

Tema 60. Estudio por imagen del intestino grueso. Valoración ano-rectal.

Tema 61. Hígado y vía biliar. Páncreas, bazo y peritoneo.

Tema 62. Tumores endocrinos pancreáticos, carcinoide, neoplasia endocrina múltiple.

Tema 63. Patología de la pared abdominal.

Tema 64. Conducta radiológica ante masa abdominal en el adulto y en pediatría.

Tema 65. Anomalías congénitas y variantes del tracto urinario.

Tema 66. Riñón: infección, traumatismo, masas.

Tema 67. Litiasis renal y uropatía obstructiva. Análisis por imagen. Estudio del uréter, vejiga y uretra (infección, tumores).

Tema 68. Trasplante hepático y renal. Análisis de la patología suprarrenal y retroperitoneal.

Tema 69. Politraumatizado.

Tema 70. Valoración del aparato genital masculino (próstata, vesículas seminales, pene, patología escrotal).

Tema 71. Pelvis femenina: patología ovárica, uterina y vaginal.

Tema 72. Patología obstétrica: protocolo de estudio de la gestación en el primer, segundo y tercer trimestre. Generalidades, crecimiento fetal, bienestar fetal y búsqueda de anomalías y malformaciones.

Tema 73. Categorías diagnósticas en mamografía, ecografía y resonancia magnética. Detección precoz del cáncer de mama.

Tema 74. Evaluación y algoritmo diagnóstico de las masas mamarias.

Tema 75. Evaluación de las calcificaciones mamarias. Patología benigna mamaria. La mama masculina.

Tema 76. Biopsia percutánea de la mama y otros procedimientos intervencionistas.

Tema 77. Técnica y anatomía radiológica del sistema musculoesquelético.

Tema 78. Anomalías congénitas y del desarrollo del sistema musculoesquelético.

Tema 79. Tumores y lesiones seudotumorales óseas y de partes blandas.

Tema 80. Artropatías. Osteoporosis.

Tema 81. Traumatismos óseos y de partes blandas. Estudios por imagen de la patología ortopédica. Valoración de la imagen posquirúrgica y de las prótesis en sistema musculoesquelético.

Tema 82. Estudio de la columna vertebral.

Tema 83. El tórax pediátrico en el recién nacido, lactante y en el niño.

Tema 84. Imagen diagnóstica gastrointestinal en pediatría. Urorradiología pediátrica.

Tema 85. Displasias óseas. Diagnóstico por imagen del sistema muculoesquelético en pediatría. Neuroimagen: Anomalías del desarrollo y tumores del SNC en pediatría.

Titulado Sanitario: Médico de Urgencia Hospitalaria

Tema 22. Concepto de urgencia sanitaria. Epidemiología y clasificación de las urgencias. Sistema integral de urgencias. Cadena asistencial. Los procesos asistenciales de interés especial en urgencias. Papel del ciudadano en la atención urgente.

Tema 23. Los sistemas de información. La evaluación de los servicios de urgencia: indicadores de gestión, indicadores de calidad.

Tema 24. La información al paciente y a los familiares en los Servicios de Urgencia hospitalaria. La comunicación de malas noticias.

Tema 25. Analgesia y sedación en los servicios de urgencias y emergencias.

Tema 26. Consideraciones éticas sobre la adecuación de los tratamientos a la situación clínica del paciente. Las situaciones terminales. Limitación del esfuerzo terapéutico.

Tema 27. La historia clínica en Urgencias.

Tema 28. Neumopatías comunitarias: epidemiología, diagnóstico y tratamiento. Indicaciones para el ingreso de este tipo de pacientes.

Tema 29. Neumopatías nosocomiales: epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 30. El síndrome meníngeo. Meningitis en el adulto. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 31. Meningitis en la infancia. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 32. Sepsis meningocócica. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 33. Encefalitis infecciosa. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 34. Shock séptico. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 35. Uso racional de los antibióticos. La resistencia a los antibióticos.

Tema 36. La valoración del paciente con dolor torácico.

Tema 37. El dolor torácico y la cardiopatía isquémica: puntos críticos a tener en cuenta en el diagnóstico y tratamiento.

Tema 38. La insuficiencia cardíaca aguda. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento del edema pulmonar hemodinámico.

Tema 39. Atención al paciente en parada cardiorrespiratoria. La resucitación cardiopulmonar.

Tema 40. La asistencia al paciente con trastornos del ritmo.

Tema 41. El shock hipovolémico. El shock hemorrágico.

Tema 42. El shock cardiogénico.

Tema 43. Las urgencias y emergencias en el paciente diabético.

Tema 44. Las urgencias hipertensivas.

Tema 45. Valoración y manejo de la embarazada en el servicio de urgencias no obstétricas.

Tema 46. Epidemiología, diagnóstico y tratamiento de las disecciones aórticas.

Tema 47. El taponamiento cardíaco. Rotura cardíaca.

Tema 48. Las endocarditis infecciosas.

Tema 49. Valoración y manejo de los pacientes con crisis asmática.

Tema 50. La Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica. Manejo de sus agudizaciones.

Tema 51. La embolia pulmonar: Epidemiología, diagnóstico y tratamiento.

Tema 52. Valoración, diagnóstico y tratamiento del paciente con neumotórax.

Tema 53. El dolor abdominal. Valoración, enfoque terapéutico y criterios de ingreso.

Tema 54. Los traumatismos abdominales: valoración, diagnóstico y enfoque terapéutico.

Tema 55. La hemorragia digestiva: evaluación y enfoque terapéutico.

Tema 56. Las cefaleas.

Tema 57. Los estados confusionales las alteraciones de la conciencia.

Tema 58. El coma. Los comas no traumáticos.

Tema 59. Los estados de agitación. Los estados ansiosos agudos. Las alteraciones orgánicas de expresión psiquiátrica.

Tema 60. Las crisis convulsivas. El estado de mal convulsivo.

Tema 61. Los accidentes cerebrovasculares isquémicos.

Tema 62. Los accidentes cerebrovasculares hemorrágicos.

Tema 63. Evaluación y asistencia inicial al paciente politraumatizado.

Tema 64. Técnicas de movilización e inmovilización del paciente politraumatizado.

Tema 65. Evaluación y asistencia inicial al paciente con traumatismo craneal.

Tema 66. Evaluación y asistencia inicial al paciente con quemaduras. El gran quemado.

Tema 67. Evaluación y asistencia inicial de los envenenamientos. Signos clínicos, factores y criterios de gravedad. Signos biológicos, complicaciones y tratamiento de los envenenamientos que se presentan con mayor frecuencia.

Tema 68. Los accidentes por inmersión. El embolismo gaseoso. Los accidentes por impacto con el agua.

Tema 69. La ingesta de cáusticos. Epidemiología, diagnóstico y medidas terapéuticas.

Tema 70. Evaluación y asistencia a los pacientes intoxicados: intoxicación por medicamentos, alcohol, monóxido de carbono, humo.

Tema 71. El bioterrorismo. Concepto, posibles agentes tóxicos químicos, biológicos.

Tema 72. Evaluación y tratamiento de la hipotermia accidental.

Tema 73. El golpe de calor: concepto, evaluación, tratamiento de los pacientes.

Tema 74. Muerte encefálica y donación de órganos.Voluntades anticipadas.

Tema 75. Técnicas y procedimientos en Urgencias.

Tema 76. Fármacos de uso más frecuente en Urgencias. Analgesia y sedación en Urgencias. Dosificaciones pediátricas en Urgencias.

Tema 77. Trastornos hidroelectrolíticos y del metabolismo ácido-base.

Tema 78. Principios generales de la medicina de catástrofes: la conducta a seguir por los profesionales sanitarios.

Tema 79. El «triage» en el servicio de Urgencias hospitalario: la clasificación y segmentación de los pacientes. Criterios y estándares.

Tema 80. Problemas médico-legales en las situaciones de urgencia y emergencia.

Tema 81. Valoración y conducta médica y legal a seguir ante un niño con sospecha de maltrato infantil. La violencia sexual contra la infancia.

Tema 82. Valoración y conducta a seguir ante un caso con sospecha de violencia de género en el servicio de urgencias hospitalario.

Tema 83. La violencia sexual contra adolescentes y adultos: evaluación y medidas a tomar en los servicios de urgencia.

Tema 84. Las urgencias pediátricas: epidemiología. Aspectos específicos para la valoración de niños y adolescentes.

Tema 85. El transporte sanitario de los pacientes con patología urgente.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará: los aspirantes deberán hacer constar la Categoría Profesional a la que optan.

En el apartado 16, «Especialidad, área o asignatura», los aspirantes deberán hacer constar, la especialidad a la que optan.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen» se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado.

En el recuadro 22, «Reserva» podrán indicar si se desea participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, siempre y cuando el aspirante presente un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, tal como se señala en la Base «7. Acceso de las personas con discapacidad».

En el recuadro 23, «Adaptación que se solicita», se expresarán por parte de los aspirantes que hallan marcado cualquier grado de discapacidad en el recuadro 21, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas.

Las solicitudes se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,49 euros y para las familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 15,25 euros. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

ANEXO V
Documentación a presentar para el nombramiento de personal estatutario fijo

Los aspirantes que superen el proceso selectivo dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación a que se refiere la base 12.2, para la presentación ante la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa de la siguiente documentación:

a) Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

c) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico.

d) Certificación expedida por los servicios médicos de los Servicios de Salud, acreditativa de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento. La toma de posesión quedará supeditada a la superación de este requisito.

e) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el precepto legal.

f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría y especialidad a la que se accede.

Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o de los Servicios de Salud estarán exentos de acreditar las condiciones y requisitos ya justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, algún aspirante no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 6, se declarará la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso selectivo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/2019
  • Fecha de publicación: 08/03/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la relación de aprobados del proceso selectivo, por Resolución de 16 de noviembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-14575).

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