La inclusión en la Resolución de 28 de julio de 2020 de plazas vacantes de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa en los Juzgados de lo Penal números 17 y 18 de la ciudad de Valencia que como consecuencia de su traslado desde las localidades de Paterna y Torrente se encuentran pendientes de ser objeto de un proceso de reordenación al haberse limitado, desde la efectividad de su traslado, sus competencias única y exclusivamente a materia de enjuiciamiento, justifican la necesidad de eliminar las citadas vacantes del concurso de traslados.
Asimismo, se han advertido errores en la Resolución al haberse incluido como plazas vacantes puestos de trabajo que se encuentran ocupados por funcionarios titulares.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:
Modificar el anexo I de la citada Resolución en el sentido siguiente:
1. Eliminar las siguientes vacantes y resultas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa:
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
15047 | Juzgado de lo Penal n.º 17. | Gestión P.A. | València | Valencia | 1 | S | |
15050 | Juzgado de lo Penal n.º 18. | Gestión P.A. | València | Valencia | 1 | S |
2. Eliminar las siguientes vacantes y resultas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa:
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
15047 | Juzgado de lo Penal n.º 17. | Tramitación P.A. | València | Valencia | 3 | S |
3. Modificar el número de plazas en los destinos que se indican, al estar ocupadas por funcionarios titulares, en el sentido siguiente:
Donde dice:
«Cuerpo Tramitación
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
5286 | Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 | Tramitación P.A. | Paterna | Valencia | 2 | X | S» |
Debe decir:
«Cuerpo Tramitación
N.º Orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
5286 | Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 | Tramitación P.A. | Paterna | Valencia | 1 | X | S» |
4. Eliminar las siguientes vacantes, por estar cubiertas con funcionarios titulares, conservando las resultas que se produzcan, con lo cual los números de orden se entienden incluidos en la relación de resultas y, en consecuencia, aquellos funcionarios que hayan solicitado los mismos se considerará que lo han hecho en calidad de resultas:
Cuerpo Gestión
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
14575 | Servicio Común Procesal de Asuntos Generales | GestióN P.A. | Xàtiva | Valencia | 1 | 0 | S |
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
13309 | Juzgado de Primera Instancia n.º 1 | Gestión P.A. | Gandia | Valencia | 1 | X | S |
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
15010 | Unidades Procesales de Apoyo Directo | Gestión P.A. (GU) | Mislata | Valencia | 1 | X | S |
N.º orden | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | Vacantes | Resultas | Idioma |
---|---|---|---|---|---|---|---|
14446 | Servicio Común Procesal de Asuntos Generales | Gestión P.A. | Denia | Alicante | 1 | 0 | S |
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Valencia, 24 de septiembre de 2020.–La Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, P. S. (Resolución 10 de agosto de 2020), el Director General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, José García Añón.
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