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Documento BOE-A-2020-12502

Sentencia de 27 de julio de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 268/2018 contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña "Precat20".

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 19 de octubre de 2020, páginas 89445 a 89445 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2020-12502

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 268/2018, interpuesto por la representación procesal de la «Agrupación de Fabricantes de Cementos de Cataluña (Ciment Catalá)» contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña «PRECAT20», la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 27 de julio de 2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Rechazar la falta de competencia y estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la «Agrupación de Fabricantes de Cementos de Cataluña, (Ciment Catalá)», contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña «PRECAT20».

Segundo.

Declarar nulos el artículo 3, párrafo 5.º, parágrafos c) y d) del mencionado real decreto, así como los apartados 4b.9; 5b.2, 6b-24-25 y 26 del PRECAT20.

Tercero.

No procede hacer expresa condena sobre las costas del proceso.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Rafael Fernández Valverde.–Octavio Juan Herrero Pina.–Wenceslao Francisco Olea Godoy.–Inés Huerta Garicano.–Francisco Javier Borrego Borrego.–Ángeles Huet de Sande.–Firmado.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 27/07/2020
  • Fecha de publicación: 19/10/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores en el fallo, por Auto del TS de 23 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-12503).
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad del art. 6. 3. 5). c) y d); y de los apartados 4b-9; 5b-2, 6b-24-25 y 26 del PRECAT20, por Real Decreto 210/2018, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2018-5114).
Materias
  • Cataluña
  • Gestión de residuos
  • Planificación sobre residuos
  • Políticas de medio ambiente
  • Residuos
  • Tribunal Supremo

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