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Documento BOE-A-2020-2372

Orden TES/137/2020, de 7 de febrero, por la que se amplía, con carácter extraordinario, el plazo de finalización de las obras y servicios de interés general y social de proyectos aprobados e iniciados en el ejercicio 2019, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco de la Resolución de 27 de agosto de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2020, páginas 15523 a 15524 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2020-2372
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/02/07/tes137

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General de Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Al amparo de dicha orden, se ha dictado la Resolución de 27 de agosto de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social. Esta convocatoria tiene por objeto el desarrollo de proyectos del programa de colaboración del Servicio Público de Empleo Estatal con los órganos de la Administración General del Estado en Ceuta y Melilla.

Una vez resuelta dicha convocatoria, por Resoluciones de 17 de octubre de 2019, del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, se han concedido a la Delegación del Gobierno en Ceuta y a la Delegación del Gobierno en Melilla las correspondientes subvenciones y se han aprobado los proyectos para el desarrollo, respectivamente, del Plan de Empleo de Ceuta y del Plan de Empleo de Melilla, cuyo objeto es la contratación de trabajadores desempleados con el fin de mejorar su empleabilidad, realizando funciones y trabajos de interés general y social.

La citada Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 establece en su artículo 5.1.d) como requisito de las obras o servicios a realizar que la duración de los proyectos no supere los nueve meses desde la fecha de inicio de los mismos, que, en todo caso, se deberá efectuar dentro del ejercicio en que se aprueben, debiendo quedar finalizados no más tarde de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

En 2019 el proceso de puesta en marcha de los planes de empleo aprobados y la selección de los trabajadores desempleados participantes en los mismos, realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal, han resultado especialmente complejos. Por otra parte, dada la fecha de concesión de las subvenciones y aprobación de los proyectos y el elevado número de trabajadores desempleados a contratar, así la diversidad de categorías profesionales y los colectivos prioritarios a considerar, el proceso de contratación de los trabajadores, así como el inicio de las obras o servicios incluidos en los proyectos aprobados, ha sufrido un importante retraso.

Con la modificación que se opera se posibilita que el retraso en el resto de las obras o servicios incluidos en los proyectos aprobados y las correspondientes contrataciones de parte de los trabajadores desempleados se puedan hacer efectivas, con la consiguiente repercusión en la contratación de los trabajadores desempleados que participan en las mismas, que en caso contrario verían reducido el periodo de contratación, y en su caso la posibilidad de acceder a las prestaciones o subsidios por desempleo. Asimismo, se mantiene el objetivo de la mejora de las posibilidades de inserción laboral de los desempleados participantes, así como la realización de las actuaciones de interés general y social para la ciudadanía de Ceuta y Melilla prevista en los proyectos aprobados.

Por todo ello los plazos de ejecución antes señalados de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 se muestran insuficientes ante las circunstancias antes señaladas, por lo que se considera necesario ampliar de forma extraordinaria el plazo de finalización de las obras o servicios para la ejecución de proyectos aprobados e iniciados en 2019 en las Ciudades de Ceuta y de Melilla al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997.

En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido informe la Abogacía del Estado en el Departamento y la Intervención Delegada de la Intervención General del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Ampliación, con carácter extraordinario, del plazo de finalización de las obras y servicios de interés general y social de proyectos aprobados e iniciados en el ejercicio 2019, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco de la Resolución de 27 de agosto de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

1. Con carácter extraordinario, se amplía en cuatro meses, hasta el 31 de octubre de 2020 inclusive, el plazo establecido en el artículo 5.1.d) de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997, para la finalización de las obras y servicios a realizar en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de proyectos aprobados e iniciados en el ejercicio 2019, en aplicación de dicha orden ministerial y de la Resolución de 27 de agosto de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

2. En las Resoluciones de 17 de octubre de 2019, del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, por las que se concede a las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla las correspondientes subvenciones, el plazo de finalización de las obras o servicios se entenderá referido al establecido en esta orden.

3. La ampliación del plazo de ejecución prevista en esta orden en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de febrero de 2020.–La Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/02/2020
  • Fecha de publicación: 18/02/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 19/02/2020
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo, hasta el 31 de octubre de 2020, para la ciudad de Ceuta y Melilla, del art. 5.1.d) el la Orden de 19 de dicembre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-28043).
Materias
  • Administración Local
  • Ceuta
  • Desempleo
  • Empleo
  • Melilla
  • Obras y Servicios de las Corporaciones Locales
  • Servicio Público de Empleo Estatal
  • Subvenciones

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