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Documento BOE-A-2020-5723

Resolución 153/2020, de 3 de marzo, de la Dirección Gerencia de Organización Sanitaria Integrada Bidasoa, por la que se corrigen errores en la Resolución 640/2019, de 5 de diciembre, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Cirugía Ortopédica y Traumatología.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 5 de junio de 2020, páginas 37695 a 37695 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2020-5723

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución 640/2019, de 5 de diciembre, se convocó concurso para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Cirugía Ortopédica y Traumatología en la OSI Bidasoa de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos. Asimismo, el artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» n.º 26 de 7 de febrero de 2020 y en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 31 de 5 de febrero de 2020, resuelvo:

Primero. Modificar el baremo de méritos.

En el apartado I. Proyecto y su defensa, donde dice «máximo 33 puntos», debe decir «máximo 30 puntos».

En el apartado II.2.4 Actividad científica, donde dice:

«Por cada Comunicación oral/Póster: 0,15 puntos.

Por cada Comunicación oral/Póster: 0,60 puntos.

Por cada Comunicación oral/Póster: 1 puntos.»

Debe decir:

«Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,15 puntos.

Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,60 puntos.

Por cada Comunicación oral/Póster Internacional: 1 puntos.»

Segundo.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Osakidetza, de conformidad con la Ley de Ordenación Sanitaria 8/1997, de 26 de junio, el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se regula los Estatutos Sociales, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Hondarribia, 3 de marzo de 2020.–El Director Gerente de Organización Sanitaria Integrada Bidasoa, José Manuel Ladrón de Guevara Portugal.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/03/2020
  • Fecha de publicación: 05/06/2020
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución 640/2019, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1741).

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