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Documento BOE-A-2020-5848

Resolución de 2 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocadas por Resolución de 12 de febrero de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 9 de junio de 2020, páginas 38437 a 38437 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2020-5848

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 12 de febrero de 2020 (BOE del 18) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, figurando en su Anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Por cuestiones organizativas se procede a la sustitución de un miembro del tribunal, quedando el mencionado Anexo III modificado en los términos siguientes:

Especialistas en los programas específicos

Medio Natural, Calidad Ambiental y Cambio Climático

Baja:

María Araceli Gabaldón Martínez. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado

Alta:

María Nieves Salgado Sánchez. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.

Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 2 de junio de 2020.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/2020
  • Fecha de publicación: 09/06/2020
Referencias anteriores
  • MODIFICA la composición del Tribunal publicado en Resolución de 12 de febrero de 2020 (Ref. BOE-A-2020-2341).

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