Advertidas erratas en la inserción de la Resolución de 16 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del quinto tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a préstamos concedidos a pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas, y financiación concedida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional, y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, publicada en el «Boletín oficial del Estado» número 169, de fecha 17 de junio de 2020, páginas 40677 a 40683, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Los anexos I, II, III y IV que comienzan en la página 40679, que contienen errores y omisiones, deben ser sustituidos por los que se insertan a continuación:
Las condiciones aplicables y requisitos para cumplir son los siguientes:
Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, 10 de abril, 5 de mayo y 19 de mayo de 2020, incluyendo sus anexos, se entenderán aplicables también a este tramo, no siendo necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
Adicionalmente a las anteriores, se establecen las siguientes condiciones, que serán incorporadas en el contrato marco que las entidades hayan formalizado con ICO.
Importe del quinto tramo de la línea de avales | Hasta 12.500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas. |
Importe por subtramos de la línea de avales |
– Hasta 7.500 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes. – Hasta 5.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme. |
Plazo de solicitud de los avales | Los avales de este tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros. |
La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo conforme a los mismos criterios que los establecidos en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril para el segundo tramo, si bien para este quinto tramo, la distribución del volumen máximo asignado será válida hasta el 30 de junio. A partir de esta fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores, de forma proporcional al importe del aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
Las condiciones aplicables y requisitos para cumplir son los siguientes:
Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, 10 de abril, 5 de mayo y 19 de mayo de 2020, incluyendo sus anexos, se entenderán aplicables también a este tramo, no siendo necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
Adicionalmente a las anteriores, se establecen las siguientes condiciones, que serán incorporadas en el contrato marco que las entidades hayan formalizado con ICO.
Importe total del tramo de la línea de avales | Hasta 2.500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas que reúnan la condición de pyme. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Empresas destinatarias |
Pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas que desarrollen su actividad en alguno de los CNAE indicados a continuación: Sector Turístico y actividades conexas
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Cobertura del aval, importe máximo del préstamo por cliente, remuneración y ampliación de la finalidad |
La cobertura del aval será de hasta el 80% del principal del préstamo. Con cargo a este tramo, el importe nominal del préstamo a avalar no podrá superar 1.500.000 euros por empresa o autónomo. La finalidad de la financiación podrá ser además de la cobertura de las necesidades de liquidez, la financiación de los gastos o inversiones necesarios para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Plazo de solicitud de los avales | Los avales de este tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Otros trámites |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Otros trámites | No son necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ayudas de Estado | La línea está sujeta a la normativa sobre ayudas de Estado de la Unión Europea. |
El importe de la línea de avales se aplicará a los operadores a demanda.
Las condiciones aplicables y requisitos para cumplir son los siguientes:
Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, 10 de abril, 5 de mayo y 19 de mayo de 2020, incluyendo sus anexos, se entenderán aplicables también a este tramo, no siendo necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
Adicionalmente a las anteriores, se establecen las siguientes condiciones, que serán incorporadas en el contrato marco que las entidades hayan formalizado con ICO.
Importe total del tramo de la línea de avales | Hasta 500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para nueva financiación concedida a empresas y autónomos, incluyendo el arrendamiento financiero u operativo. |
Empresas destinatarias | Empresas y autónomos que requieran financiación para la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de nuevos vehículos de motor de transporte por carretera para su uso profesional. |
Ampliación de la finalidad de la financiación | La finalidad de la financiación será la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de nuevos vehículos de motor de transporte por carretera para el uso profesional. |
Plazo de solicitud de los avales | Los avales de este tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros. |
Otros trámites |
|
Otros trámites | No son necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros. |
Ayudas de Estado | La línea está sujeta a la normativa sobre ayudas de Estado de la Unión Europea. |
El importe de la línea de avales se aplicará a los operadores a demanda.
Los límites autorizados en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para financiar por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital los gastos de gestión y administración incurridos por ICO en la implementación del primer tramo de la línea de avales prevista en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, con cargo a la partida presupuestaria 27.03.931M.359 «Otros gastos financieros», y que fueron ampliados en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 10 de abril, 5 de mayo y 19 de mayo de 2020, se consideran asimismo ampliados y adaptados proporcionalmente y en plazo al tramo adicional previsto en este Acuerdo.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital: Techo máximo de gasto Millones de euros |
|||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
|
Tramo I ACM 24.03.2020 |
Tramo II ACM 10.04.2020 |
Tramo III ACM 05.05.2020 |
Tramo IV ACM 19.05.2020 |
Tramo MARF ACM 05.05.2020 |
Tramo V ACM 16.06.2020 incluidos subtramos turismo y vehículos |
Totali |
Importe avales | 20.000 | 20.000 | 20.000 | 20.000 | 4.000 | 15.500 | 99.500 |
Años | |||||||
2020 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
2021 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
2022 | 2 | 2 | 2 | 2 | 0,4 | 1,55 | 9,95 |
2023 | 2 | 2 | 2 | 2 | 0,4 | 1,55 | 9,95 |
2024 | 2 | 2 | 2 | 2 | 0,4 | 1,55 | 9,95 |
2025 | 2 | 2 | 2 | 2 | 0,4 | 1,55 | 9,95 |
2026 | 2 | 2 | 2 | 2 | 0,4 | 1,55 | 9,95 |
2027 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
2028 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Total | 10 | 10 | 10 | 10 | 2 | 7,75 | 49,75 |
i Los 500 millones de euros de la línea de avales destinados a reforzar la actividad de CERSA no son gestionados por ICO.
Comisión de gestión y administración: 0,05% flat, calculada sobre el volumen de cartera avalada prorrateada 5 años.
ICO podrá contratar o ampliar contratos existentes directamente conforme a la excepción prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante adjudicación directa y hasta un límite de 1 millón de euros por contrato, los servicios de apoyo externo que sean necesarios para la puesta en marcha y seguimiento de las iniciativas previstas en este Acuerdo.»
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid