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Documento BOE-A-2020-9931

Resolución de 17 de agosto de 2020, de la Dirección General de Tráfico, por la que, en ejecución de sentencia, se revoca y anula la Resolución de 24 de noviembre de 2017, por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 22 de agosto de 2020, páginas 71912 a 71912 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2020-9931
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/08/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 44/2018, interpuesto por la representación procesal del Comité Nacional de Transporte por Carretera, Departamento de Mercancías contra la Resolución de 24 de noviembre de 2017 del Ministerio del Interior (D.G. Tráfico), por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja (BOE de 29 de noviembre de 2017), la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia con fecha 29 de noviembre de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«FALLAMOS

1. Estimar el recurso contencioso-administrativo 44/2018, interpuesto por el Procurador don Íñigo Muñoz Durán en nombre y representación del Comité Nacional de Transporte por Carretera, Departamento de Mercancías, contra la Resolución de 24 de noviembre de 2017 del Ministerio del Interior (D.G. Tráfico), por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja (BOE de 29 de noviembre de 2017), actuación administrativa que en consecuencia se revoca y anula por no resultar conforme a Derecho.

2. Imponer a la parte demandada las costas del presente recurso, en los términos del F.º J.º 5.º de esta sentencia.

Contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Casación, dentro de los treinta días siguientes al de su notificación, a preparar ante esta Sala (artículos 86 y 89 LJCA, en la redacción dada por la disposición final 3.ª de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, modificativa de la LOPJ).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Madrid, 17 de agosto de 2020.–El Director General de Tráfico, P.S. (Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto), la Secretaria General, María Lidón Lozano Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/08/2020
  • Fecha de publicación: 22/08/2020
  • La anulación de lo indicado de la Resolución de 2 de enero de 2017 se establece por estar modificada por la Resolución de 24 de noviembre de 2017.
Referencias anteriores
  • ANULA:
Materias
  • Carreteras
  • Circulación vial
  • Dirección General de Tráfico
  • La Rioja
  • Madrid
  • Seguridad vial
  • Transporte de mercancías
  • Tribunales Superiores de Justicia

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