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Documento BOE-A-2021-11898

Resolución de 30 de junio de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se modifica la de 7 de febrero de 2021, por la que se publica el plan formativo de las especialidades de gimnasia artística, gimnasia rítmica, gimnasia trampolín, gimnasia acrobática y gimnasia aeróbica, pertenecientes a la modalidad deportiva de gimnasia.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2021, páginas 85102 a 85104 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-11898

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Real Federación Española de Gimnasia, y con el fin de adaptar los planes formativos de las especialidades de gimnasia artística, gimnasia rítmica, gimnasia trampolín, gimnasia acrobática y gimnasia aeróbica, a la evolución de las metodologías y herramientas didácticas propias de la enseñanza a distancia y a la necesidad de flexibilizar la formación dentro de los límites establecidos por la Orden Ministerial ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se procede a efectuar la siguiente modificación de la Resolución de 7 de febrero de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el plan formativo de las especialidades de gimnasia artística, gimnasia rítmica, gimnasia trampolín, gimnasia acrobática y gimnasia aeróbica, pertenecientes a la modalidad deportiva de gimnasia, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de fecha 28 de febrero de 2012.

Por todo ello, en virtud de las facultades que confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el artículo 8 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, resuelvo:

Primero.

1. Se modifica el Anexo II con la siguiente redacción:

ANEXO II
Áreas del bloque específico del plan formativo que pueden ser cursadas a distancia o de forma semipresencial

Modalidad: Gimnasia Artística

  Nivel I Nivel II Nivel III
Áreas semipresenciales.  

Entrenamiento específico.

Entrenamiento específico.

Áreas a distancia.

Didáctica del acondicionamiento físico especifico.

Seguridad e higiene en la enseñanza de la Gimnasia Artística.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Composición musical.

Reglamento GAM.

Reglamento GAF.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento GAM.

Reglamento GAF.

Gimnasia Artística adaptada a personas con discapacidad.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Biomecánica aplicada a la Gimnasia Artística.

Composición musical.

Reglamento GAM.

Reglamento GAF.

Tecnologías aplicadas al entrenamiento de Gimnasia Artística.

Modalidad: Gimnasia Rítmica

  Nivel I Nivel II Nivel III
Áreas semipresenciales.   Entrenamiento específico. Entrenamiento específico.
Áreas a distancia.

Didáctica del acondicionamiento físico especifico.

Seguridad e higiene en la enseñanza de la Gimnasia Rítmica.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Composición musical.

Gimnasia Rítmica adaptada a personas con discapacidad.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Tecnologías aplicadas al entrenamiento de Gimnasia Rítmica.

Modalidad: Gimnasia Trampolín

  Nivel I Nivel II Nivel III
Áreas semipresenciales.   Entrenamiento específico. Entrenamiento específico.
Áreas a distancia.

Didáctica del acondicionamiento físico especifico.

Seguridad e higiene en la enseñanza de la Gimnasia Trampolín.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Biomecánica aplicada al Trampolín.

Reglamento.

Trampolín adaptado a personas con discapacidad.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Biomecánica aplicada al Trampolín.

Psicología aplicada al Trampolín.

Reglamento.

Tecnologías aplicadas al entrenamiento de Gimnasia Trampolín.

Modalidad: Gimnasia Acrobática

  Nivel I Nivel II Nivel III
Áreas semipresenciales.   Entrenamiento específico. Entrenamiento específico.
Áreas a distancia.

Didáctica del acondicionamiento físico especifico.

Seguridad e higiene en la enseñanza de la Gimnasia Acrobática.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Composición musical.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Acrobática adaptada a personas con discapacidad.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Tecnologías aplicadas al entrenamiento de Gimnasia acrobática.

Modalidad: Gimnasia Aeróbic

  Nivel I Nivel II Nivel III
Áreas semipresenciales.  

Aeróbic a lo largo del ciclo vital.

Entrenamiento específico.

Aeróbic a lo largo del ciclo vital.

Entrenamiento específico.

Áreas a distancia.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Seguridad e Higiene en la enseñanza del entrenamiento gimnástico.

Reglamento.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Seguridad e Higiene en la enseñanza del entrenamiento gimnástico.

Reglamento.

Aeróbic adaptado a personas con discapacidad.

Seguridad e Higiene en la enseñanza del entrenamiento gimnástico.

Administración, gestión y desarrollo profesional.

Reglamento.

Tecnologías aplicadas al entrenamiento de Gimnasia Aeróbica.

Segundo. Resolución del procedimiento.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Tercero. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de junio de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/06/2021
  • Fecha de publicación: 16/07/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores con rectificación del título, por Resolución de 10 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15439).

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