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Documento BOE-A-2021-15130

Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Derechos de los Animales, por la que se publica el Convenio con la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local, para la cooperación en materia de transmisión y reconocimiento de actuaciones encaminadas a promover la protección y el bienestar animal.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 2021, páginas 114280 a 114284 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-15130

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (UNIJEPOL) han suscrito, con fecha 8 de septiembre de 2021, un Convenio para la cooperación en materia de transmisión y reconocimiento de actuaciones encaminadas a promover la protección y el bienestar animal por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de septiembre de 2021.–El Director General de Derechos de los Animales, Sergio García Torres.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (UNIJEPOL) para la cooperación en materia de transmisión y reconocimiento de actuaciones encaminadas a promover la protección y el bienestar animal

En Madrid, a 8 de septiembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Joseba Miren García Celada, Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 104/2020, de 17 de enero, actuando por delegación de competencias del Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, según lo previsto en apartado séptimo, subapartado 1.a) de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la calle Paseo del Prado, 18-20 28014 Madrid.

Y de otra parte, don Pascual Martínez Cuesta, actuando en calidad de Presidente Nacional de la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local, en adelante UNIJEPOL (asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, con número nacional 170385 de la sección 1.ª) según lo previsto en el artículo 30 de sus Estatutos, con domicilio a los efectos del presente Convenio en la calle San Gabriel, n.º 4, 28229 Villanueva del Pardillo (Madrid); representación que ostenta en virtud de Acuerdo del Congreso Nacional de UNIJEPOL de fecha 23 de noviembre de 2018.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero. 

Que la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, tiene entre sus competencias, la formulación de laspolíticas del Departamento en materia de protección de los derechos de los animales, así como la coordinación tanto con las administraciones públicas como con los agentes sociales y la sociedad civil, para que se reconozcan y se respeten los derechos de los animales y su protección.

Segundo. 

Que el ejercicio de estas funciones pasa, entre otras actuaciones, por la estrecha y necesaria colaboración con diferentes instituciones cuyos objetivos competenciales coincidan al menos parcialmente con los expresados.

Tercero.

Que UNIJEPOL, asociación sin ánimo de lucro, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, tiene entre sus fines difundir la buena imagen de las Policías Locales y dar a conocer su contribución a la mejora de la Seguridad Ciudadana, la Seguridad Vial y la Convivencia, a cuya consecución establece entre sus actividades establecer acuerdos de colaboración con instituciones públicas y otras entidades que compartan, total o parcialmente, los fines de la Asociación, así como crear y entregar distinciones dirigidas tanto a responsables de la Seguridad Local que lo requieran por su buena actuación, como a otras instituciones y entidades que hubieran contribuido en la consecución de aquellos.

Cuarto.

Que UNIJEPOL forma parte de la Red para la Protección Animal (REPA), con el objetivo de impulsar la sensibilización de las autoridades con competencia en materia de seguridad pública y los diferentes servicios policiales en materia de protección y bienestar animal.

Quinto.

Que entre las actividades que desarrolla UNIJEPOL, en el marco de la REPA, se encuentran la organización de los Galardones Nacionales a los Servicios Policiales por la Protección de los Animales.

Sexto.

Que ambas partes consideran de interés la realización de actuaciones conjuntas en materia de valoración y fomento de acciones destacadas en la preservación del bienestar animal como elemento fundamental en el desarrollo y evolución de la sociedad.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases generales de cooperación entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y UNIJEPOL en materia de transmisión y reconocimiento de actuaciones encaminadas a promover la protección y el bienestar animal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la firma del presente instrumento no supone cesión de las competencias propias de las partes firmantes.

Segunda. Compromisos que asume el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, adquiere los siguientes compromisos:

1. Sufragar el coste económico derivado de la adquisición de los galardones y premios otorgados en los Galardones Nacionales para los Servicios Policiales por la Protección de los Animales UNIJEPOL.

2. Facilitar apoyo logístico en la organización de los actos anuales de entrega de premios UNIJEPOL.

3. Proponer un máximo de tres personas o instituciones merecedoras de reconocimiento en el desempeño de las labores de protección y bienestar animal.

4. Participar en el jurado que concede las distinciones anuales, a través del Director General de Derechos de los Animales, o persona en quien éste delegue

5. Participar en la ceremonia de entrega de los Galardones Nacionales para los Servicios Policiales por la Protección de los Animales, a través del Director General de Derechos de los Animales, o persona en quien éste delegue.

Tercera. Compromisos que asume UNIJEPOL.

UNIJEPOL adquiere los siguientes compromisos:

1. En el ámbito de la divulgación de los derechos de los animales:

a) Dar difusión a las campañas que sobre tenencia responsable de animales de compañía realice la Dirección General de Derechos de los Animales, con el fin de concienciar a la población en el fomento de la protección y bienestar animal, en tanto que seres dotados de sensibilidad, y su plena integración en la sociedad.

2. En el ámbito formativo:

a) Colaborar con la Dirección General de Derechos de los Animales en las actividades formativas que ésta organice en materia de protección y bienestar animal.

3. En el ámbito de los Galardones Nacionales para los Servicios Policiales por la Protección de los Animales:

a) Facilitar a la Dirección General de Derechos de los Animales la relación de candidatos a los premios y galardones UNIJEPOL en materia de protección y bienestar animal.

b) Utilizar el logotipo oficial de la Dirección General de Derechos de los Animales en todo el materia digital e impreso relativo a la convocatoria de los Galardones Nacionales para los Servicios Policiales por la Protección de los Animales, en calidad de institución «colaboradora».

c) Facilitar la entrega de, al menos, uno de los galardones por parte del Director General de Derechos de los Animales, o persona en quien éste delegue.

Cuarta. Consecuencias en caso de incumplimiento.

El incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos asumidos en los apartados anteriores, dará lugar a la extinción del presente Convenio, en los términos establecidos en el artículo 51.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Quinta. Confidencialidad y protección de datos.

1. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de datos y, en concreto, la Dirección General se compromete a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por UNIJEPOL y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente Convenio.

2. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceras personas, salvo cuando sean encargadas de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.

3. Las partes firmantes del Convenio quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las hubiera cometido responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.

Sexta. Financiación del Convenio.

Los compromisos que adquiere el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se valoran en 1.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 29.09.232F.227.06.

Por su parte, corresponde a UNIJEPOL, en el ejercicio de los compromisos adquiridos, sufragar los costes derivados de la organización de los Galardones Nacionales para los Servicios Policiales por la Protección de los Animales, que se estiman en 1.000 euros.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

1. Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, constituida por dos representantes de la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030 y por dos representantes de UNIJEPOL, o quienes les sustituyan en caso de vacante, ausencia o enfermedad, que serán nombrados por el Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030 a propuesta del Director General de Derechos de los Animales, y por el Presidente Nacional de UNIJEPOL, respectivamente.

2. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, así como la designación del secretario, que actuará con voz, pero sin voto.

3. La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente Convenio.

4. El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se adecuará en lo previsto, para los órganos colegiados, en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Régimen de modificación del Convenio.

El Convenio podrá ser modificado de común acuerdo por la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030 y UNIJEPOL.

Novena. Legislación aplicable.

Este Convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios, previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza administrativa.

Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del Convenio que no puedan resolverse por conciliación en la Comisión de Seguimiento serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Décima. Vigencia y entrada en vigor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio resultará eficaz una vez sea inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal y tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

La vigencia de este Convenio será de un año. Antes de la finalización de la vigencia del Convenio, la Subsecretaría de Derechos sociales y Agenda 2030 y UNIJEPOL podrán acordar, expresamente y por escrito, su prórroga por otro año adicional.

Undécima. Causas de extinción.

Son causas de extinción del presente Convenio las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes garantizarán la continuidad, hasta su conclusión, de aquellas actuaciones que se encuentren en ejecución en el momento de la resolución del Convenio, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Presidente Nacional de la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local, Pascual Martínez Cuesta.–El Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, Joseba Miren García Celada.

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