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Documento BOE-A-2021-3126

Corrección de errores de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2021, páginas 24126 a 24126 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2021-3126
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/02/17/hac134/corrigendum/20210227

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de 18 de febrero de 2021, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 18976, en el artículo séptimo, apartado dos, letra c), apartado 1.º donde dice: «1.º La aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, no incluidas en la letra a) del apartado tercero de este artículo, que sean propios del órgano superior, hasta un importe inferior a 300.000 euros.», debe decir: «1.º La aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, no incluidas en el punto 1.º de la letra b) anterior, que sean propios del órgano superior, hasta un importe inferior a 300.000 euros.»

En la página 18976, en el artículo séptimo, apartado dos, letra c), apartado 2.º donde dice: «2.º Las facultades de contratación, no incluidas en la letra b) del apartado tercero, a los que se refiere el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta un importe inferior a 300.000 euros.», debe decir: «2.º Las facultades de contratación, no incluidas en el punto 2.º de la letra b), a los que se refiere el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta un importe inferior a 300.000 euros.»

En la página 18979, en el artículo séptimo, apartado trece, letra a) donde dice: «a) Las competencias relativas a la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas que sean imputables a las dotaciones de las Secciones 32 «Otras relaciones financieras con entes territoriales», 33 «Fondos de Compensación Interterritorial» y 36 «Sistemas de financiación de entes territoriales», de los Presupuestos Generales del Estado.», debe decir: «a) Las competencias relativas a la aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas que sean imputables a las dotaciones de las Secciones 37 "Otras relaciones financieras con entes territoriales", 36 "Fondos de Compensación Interterritorial" y 38 "Sistemas de financiación de entes territoriales", de los Presupuestos Generales del Estado.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/02/2021
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2021-2527).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Intervención General de la Administración del Estado
  • Ministerio de Hacienda
  • Secretaría General de Financiación Autonómica y Local

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