Por Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, se convocaron los Premios Reina Letizia 2021, de Deporte Inclusivo, tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años, en la promoción, fomento y extensión del deporte inclusivo, o el reconocimiento de una trayectoria personal o de equipo en la práctica del deporte paralímpico, que contribuya a poner en valor las capacidades que presentan las personas con discapacidad.
El artículo 10 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de los Premios Reina Letizia, dispone que el jurado de cada una de las categorías, valorará las candidaturas y emitirá un informe, en el que se concretará el resultado de la valoración y la propuesta de concesión del premio, remitiéndolo al órgano instructor, quien formulará la propuesta de resolución, que remitirá al órgano competente para la resolución.
En consecuencia,
El Secretario General, vista la propuesta formulada por el órgano instructor del expediente, el informe del Jurado de los Premios, ha resuelto:
Otorgar los Premios Reina Letizia 2021 de Deporte Inclusivo a la siguiente candidatura, según las categorías establecidas en el apartado 2 de la Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios:
Primeros Juegos Inclusivos de la Fundación Sanitas.
El jurado resuelve conceder el premio Reina Letizia de Deporte Inclusivo 2021 a «Primeros Juegos Inclusivos de la Fundación Sanitas» por la larga trayectoria de más de once años en el trabajo del deporte inclusivo, la gran labor de difusión en relación con el deporte inclusivo y por ser un proyecto que tiene la inclusión como parte fundamental del proyecto.
Proceder a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.5 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad.
También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de publicación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 8 de marzo de 2022.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.
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