Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la actualización de las tablas salariales para el año 2022 del IX Convenio colectivo de la empresa Ilunion Outsourcing, SA (código de convenio n.º 90012072011999), que fue suscrito con fecha 28 de enero de 2022, por la Comisión Paritaria del Convenio integrada de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Madrid, 28 de enero de 2022, reunidos en los locales de la empresa, sita en la calle Albacete, 3, las personas que más abajo se detallan, en calidad de miembros de la Comisión Paritaria del IX Convenio Colectivo de Ilunion Outsourcing, SA (código de convenio n.º 90012072011999).
ASISTENTES
Por la Dirección de la Empresa:
José Velasco Rodríguez.
Nuria Díaz Garrido.
Por la Parte Social:
Juan Pedro Monje García.
José Miguel Díaz Rodríguez.
ACUERDAN
El artículo 57, Cuantía de las retribuciones, del IX Convenio Colectivo de Ilunion Outsourcing, SA, suscrito el 12 de julio de 2021 y publicado en el BOE el 15 de octubre de 2021, establece que: «De acuerdo con la vigencia de este convenio, las partes han acordado los siguientes incrementos sobre la tabla de retribuciones del anexo salarial (anexo I) del presente convenio colectivo:
2022: El porcentaje de incremento establecido para el Salario Mínimo Interprofesional de dicho año respecto del año anterior, salvo que el IPC real del 2021 sea superior al citado incremento, en cuyo caso, aplicará este último».
El apartado d) del artículo 7.2 del citado convenio colectivo dispone que la Comisión Paritaria confeccionará y publicará las revisiones salariales.
El IPC real publicado por el Instituto Nacional de Estadística el pasado 14 de enero de 2021 se sitúa en 6,5 %.
Conforme a lo expuesto en los puntos anteriores se procede a actualizar la tabla salarial del anexo I para el periodo entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022:
Mensual | Anual | |
---|---|---|
Grupo profesional 1: | ||
Director General. | 1.995,79 | 27.941,04 |
Director/Gerente. | 1.995,79 | 27.941,04 |
Titulado Superior o Medio. | 1.246,05 | 17.444,70 |
Grupo profesional 2: | ||
Jefe de Servicios. | 1.787,90 | 25.030,61 |
Supervisor de Servicios. | 1.787,90 | 25.030,61 |
Coordinador de Servicios. | 1.049,03 | 14.686,35 |
Inspector. | 1.033,05 | 14.462,70 |
Grupo profesional 3: | ||
Oficial de Primera Administrativo. | 1.075,65 | 15.059,10 |
Oficial de Segunda Administrativo. | 1.043,70 | 14.611,80 |
Auxiliar Administrativo. | 1.011,75 | 14.164,50 |
Grupo profesional 4: | ||
Jefe de Ventas. | 1.150,20 | 16.102,80 |
Jefe de Equipo Comercial. | 1.103,34 | 15.446,76 |
Ejecutivo/Consultor Comercial. | 1.049,03 | 14.686,35 |
Vendedor/Promotor de ventas. | 1.049,03 | 14.686,35 |
Grupo profesional 5. | ||
Auxiliar de Servicios. | 1.011,75 | 14.164,50 |
Auxiliar de Servicios especializado. | 1.011,75 | 14.164,50 |
En el supuesto que se publicase un incremento del SMI para algún periodo del 2022, y el porcentaje de variación resultante, en términos anuales y respecto del SMI fijado en el Real Decreto 231/2020, fuera superior a la variación de IPC aplicada, la Comisión Paritaria se reunirá para proceder a su revisión.
Siendo de conformidad de ambas partes, acuerdan remitir la citada revisión a la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», autorizando a doña Almudena Prieto Torres, para realizar los trámites para su registro.
Por la Dirección de la Empresa, José Velasco Rodríguez y Nuria Díaz Garrido.–Por la Parte Social, Juan Pedro Monje García y José Miguel Díaz Rodríguez.
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