De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de acuerdo con la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría de Cultura y Deporte (BOE número 313, de 30 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por concurso como personal laboral fijo, fuera de convenio, en la categoría de Jefe de Análisis del Movimiento, en el Consejo Superior de Deportes, y en cumplimiento de lo dispuesto en la base 4.1 de la convocatoria del mencionado proceso, se acuerda:
Aprobar las listas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo. La lista de aspirantes admitidos se encontrará expuesta en la página web https://www.csd.gob.es y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
Publicar como anexo I a la presente resolución la lista de aspirantes excluidos a que se refiere el apartado anterior, con expresión de las causas de exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos.
Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. La subsanación se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos pruebas selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), conforme se ha realizado la solicitud.
Las alegaciones que se formulen se dirigirán a la persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Finalizado dicho plazo, las modificaciones que se hubieran producido se publicarán en los mismos lugares en que se publicaron las relaciones iniciales de admitidos, abriéndose, a partir del día siguiente a dicha publicación, el plazo para interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante el juzgado o Sala competente de lo Social, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. A la demanda se acompañará copia de la resolución denegatoria o documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Publicar como Anexo II la composición del Tribunal calificador del presente proceso selectivo.
Se recuerda que, tal y como establecen las bases de la convocatoria en el apartado 6.2: «El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante».
Madrid, 8 de junio de 2023.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, María Pérez Sánchez-Laulhé.
Jefe de Análisis del Movimiento
DNI |
Apellidos y nombre |
Motivo de exclusión |
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***2477** | Domínguez Rufes, Sergio. | 1 |
***0120** | Herrera Lozano, Mercedes. | 1 |
***2937** | Laiglesia Gil, Juan Luis de. | 1 |
***8875** | Rodríguez Rial, Cristina. | 1, 2 |
***2390** | Taha Farah, Samar. | 1 |
Causas de exclusión:
(1) No acreditar estar en posesión de la Titulación requerida.
(2) No acreditar/ no cumplir la condición de demandante de empleo durante, al menos, 1 mes anterior a la fecha de la convocatoria y/o que carece de rentas superiores al SMI.
Tribunal titular
Presidente: Pablo Castillo García. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OOAA del Ministerio de Medio Ambiente.
Secretario: Fernando López Caballero. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Mercedes Llano Ruiz. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Fernando Gutiérrez Ortega. Director del Centro de Medicina del Deporte FC.
Alfonso Dávila Oliveda. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Jesús del Barrio Díez. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
M.ª Eugenia Heras Gómez. Grupo Profesional M3
Tribunal suplente
Presidenta: Cristina Santaisabel Moro. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Secretaria: Lucia Muñoz-Repiso Blanco. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Juan Pablo Cerezo Mata. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Lucía Sainz Fernández. Grupo Profesional M3.
Juan José Clopés Burgos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
Gustavo Muñoz Pereda. Arquitecto FC.
Zigor Montalvo Zenarruzabeitia. Grupo Profesional M3.
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