De conformidad con la Disposición adicional décima primera apartado 2.º de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo de 2023), que determina lo siguiente:
«2. Los Profesores y Profesoras Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta ley orgánica, posean el título de doctor o doctora o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 69, accederán directamente al Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación a Titulares de Universidad de los Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria se valorará particularmente la docencia, así como la investigación y, en su caso, la gestión.»
Previa solicitud por parte de los/las interesados/as, y acreditados los requisitos exigidos en la citada norma.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, ha resuelto integrar en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas, a los funcionarios y funcionarias Doctores del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria que se relacionan en el anexo.
Los interesados disponen de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirán la condición de funcionario del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, a elección del interesado, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de su domicilio o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta.
No obstante, el/la interesado/a podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ciudad Real, 23 de junio de 2023.–El Rector, José Julián Garde López-Brea.
Apellidos y nombre | Área de conocimiento | Centro | Departamento |
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Molinero Ferrer, Jesús. | Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. | Facultad de Ciencias Sociales de Cuenca. | Derecho del Trabajo y Trabajo Social. |
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