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Documento BOE-A-2023-15811

Resolución de 3 de julio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Acció Ecologista Agró, y la Sociedad Española de Ornitología, para la mejora de la calidad de las aguas del barranco del Poyo y del lago de l'Albufera de Valencia en el Tancat de la Pipa, seguimiento de indicadores ambientales y divulgación, conservación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad en el ámbito de l'Albufera de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 2023, páginas 96532 a 96545 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-15811

TEXTO ORIGINAL

La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., la Asociación Acció Ecologista Agró y la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife), han suscrito, con fecha 23 de junio de 2023, el Convenio de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Valencia, 3 de julio de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.

ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., la Asociación Acció Ecologista Agró, y la Sociedad Española de Ornitología (Seo/Birdlife), para la mejora de la calidad de las aguas del barranco del Poyo y del lago de l’Albufera de Valencia en el Tancat de la Pipa, seguimiento de indicadores ambientales y divulgación, conservación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad en el ámbito de l’Albufera de Valencia

REUNIDOS

De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con NIF Q4617001E, de la que es Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medio Ambiente (toma de posesión de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2.b) y 25.2 del citado texto refundido y que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Marcos Pla Sáez, Presidente de Acció Ecologista Agró (AE Agró), entidad domiciliada c/ Portal de Valldigna, número 15, 46003 Valencia, actuando en representación legal de dicha entidad, de acuerdo con sus propios estatutos e inscripción en la Sección Primera del registro Autonómico número 3577, de fecha de 17 de mayo de 2019, donde figuran los cargos del órgano de representación de la citada asociación.

Y de otra parte don José M.ª Sánchez Ruiz, con DNI n.º ***0308**, que actúa en representación de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), con NIF G-28.795.961, domiciliada en Madrid, con poder suficiente otorgado ante el Notario de Madrid, don Juan Pablo Sánchez Eguinoa, en fecha 27 de marzo de 2014 bajo el número 242 de su protocolo.

Las tres partes se reconocen mutuamente competencia y capacidad para celebrar el presente convenio a cuyo efecto

EXPONEN

I. Que la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., tiene entre sus funciones la gestión y administración del Dominio Público Hidráulico, con el objetivo, entre otros, de prevenir el deterioro, proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos, así como de los sistemas terrestres y humedales que dependan de modo directo de los acuáticos en relación con sus necesidades de agua, tal y como establece el artículo 92 del texto refundido de la Ley de Aguas. La protección del dominio público hidráulico implica, entre otras, la realización de actuaciones para la recuperación, la conservación y la gestión sostenible de los ecosistemas fluviales, especialmente en aquellos lugares que posean un interés natural o paisajístico.

II. Que la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. es titular del Tancat de la Pipa, predio con referencia catastral 46900A21009042, en el que se avanza en dar cumplimiento a los requerimientos de consecución del buen estado de las aguas del barranco del Poyo (16-04) y del lago de l’Albufera de Valencia (L06), derivado de la Directiva Marco del Agua mediante la mejora de la calidad de sus aguas. Esta mejora se produce en el Tancat de la Pipa que funciona como un sistema de tratamiento de aguas natural que aprovecha la capacidad de las plantaciones del Tancat de la Pipa y el sistema de lagunaje para reducir la concentración de sustancias contaminantes presentes en el agua y las devuelve al lago de l’Albufera con una mejor calidad. Esta mejora de la calidad del agua pasa por la reducción de la carga en nitrógeno, fósforo, sólidos en suspensión, carga de fitoplancton y la exportación de zooplancton al lago de l’Albufera y para llevar a cabo este tratamiento natural de las aguas está dotado de infraestructuras hidráulicas.

III. Que el Tancat de la Pipa es área de reserva dentro del Parque Natural de l’Albufera de Valencia y se consolida como un espacio de alto valor ecológico con gran presencia de hábitats acuáticos, fauna y flora de interés para la conservación y que son indicadores de la buena calidad del agua. Por ello en este espacio se avanza para dar cumplimiento a los requerimientos de la mejora del estado de conservación derivados de la Red Natura 2000, mediante la recuperación de hábitats y especies ligadas a esta buena calidad del agua. Además, el Tancat de la Pipa está dotado con infraestructuras para la divulgación ambiental.

IV. Que la asociación AE Agró es una organización privada de utilidad pública, sin ánimo de lucro, constituida en 1987 y declarada de utilidad pública en 2015, cuya finalidad principal es la defensa de la naturaleza, la conservación de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la personalidad de los individuos y la promoción de actividades de conservación y recuperación del medio natural. En sus estatutos se establece como objetivo fundamental la implicación de la sociedad civil en el compromiso ecologista a partir de la necesidad de una actuación conjunta, plural, técnica y profesional, para la defensa del medio ambiente.

V. Que la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) fundada en 1954, es una asociación sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública por Consejo de Ministros en 1993 y pionera en la conservación de la naturaleza y la biodiversidad en España, con reconocido prestigio en el estudio y conservación de las aves silvestres y sus hábitats. Entre los fines estatutarios de SEO/BirdLife figura de modo preferente el de promover entre los ciudadanos el conocimiento, aprecio y respeto a las aves y la naturaleza en general contribuyendo a la creación de una conciencia social acerca de los problemas ambientales e implicando a los ciudadanos en la protección de su entorno a distintas escalas.

VI. Que para avanzar en los objetivos de la consecución del buen estado de las masas de agua derivado de la Directiva Marco del Agua y asegurar la aceptación de este proyecto entre la sociedad, se requiere de un importante esfuerzo de difusión y divulgación entre la población, con especial atención a aquella población local más próxima a l’Albufera y el barranco del Poyo o cuya actividad económica tiene algún tipo de influencia en la calidad de sus aguas y en la conservación de sus hábitats.

VII. Que las actividades que se desarrollan en el Tancat de la Pipa, principalmente la de la mejora de la calidad del agua y el seguimiento de sus indicadores, así como las actividades de incremento de la biodiversidad y difusión asociadas, deben realizarse bajo el control y/o con la coordinación de la Confederación Hidrográfica del Júcar O.A., como organismo competente en materia de gestión y administración del dominio público hidráulico y propietaria de los terrenos del Tancat de la Pipa.

VIII. Que por todo lo expuesto, resulta de interés para las tres partes la realización de un convenio, para impulsar acciones que favorezcan la gestión de este espacio para la mejora de la calidad del agua del barranco del Poyo y del lago de l’Albufera Valencia, así como para favorecer la conservación de hábitats, fauna y flora indicadoras de buena calidad del agua y la divulgación ambiental en el Tancat de la Pipa.

En atención a las anteriores consideraciones, las tres partes acuerdan formalizar el presente convenio con arreglo a las siguientes clausulas.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto precisar las condiciones bajo las cuales la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. (en adelante CHJ, O.A.), Acció Ecologista Agró (en adelante AE Agró) y SEO/BirdLife colaborarán para el cumplimiento de los objetivos comunes que comparten, utilizando la información y los medios materiales y humanos que poseen.

Los objetivos generales son formalizar la colaboración entre la CHJ, O.A., AE AGRÓ y SEO/BirdLife, para la realización de actuaciones de divulgación, mantenimiento, conservación, mejora de la calidad de las aguas del barranco del Poyo y del lago de l’Albufera en el Tancat de la Pipa mediante el uso de filtros verdes y mejora del patrimonio natural y biodiversidad en el ámbito de l’Albufera de Valencia.

Para ello, la CHJ, O.A., pone a disposición de las asociaciones AE Agró y SEO/BirdLife los terrenos del Tancat de la Pipa a los efectos de llevar a cabo las directrices mínimas fijadas en la Memoria técnica y en concreto:

a) Gestión de la hidráulica en el Tancat de la Pipa mediante el manejo de compuertas para la circulación de caudales y obtención de los niveles de agua apropiados en las distintas parcelas del filtro verde para maximizar la eficiencia del espacio como sistema natural de tratamiento de aguas para mejorar su calidad. Esta gestión incluirá el mantenimiento básico de las infraestructuras hidráulicas en especial de las compuertas y canales para la correcta circulación de flujo de agua a través del sistema.

b) Gestión de las parcelas del filtro verde mediante el manejo adecuado de la vegetación helófita que conforman las plantaciones dedicadas al tratamiento del agua. Esta gestión incluirá el mantenimiento básico de infraestructuras hidráulicas asociadas, el manejo adecuado de la vegetación helófita, procesos de secado de las parcelas, cosechado y plantaciones.

c) Gestión de las lagunas del Tancat de la Pipa que contribuyen al tratamiento natural de las aguas mediante el sistema de lagunaje. Esta gestión incluirá el manejo adecuado de la vegetación sumergida y procesos de secado y descaste de fauna exótica presente en las lagunas.

d) Seguimiento de los indicadores de calidad del agua y de indicadores biológicos asociados a la buena calidad del agua que permitan conocer el grado de eficacia del Tancat de la Pipa como sistema de tratamiento natural de las aguas del barranco del Poyo y del lago de l’Albufera de Valencia.

e) Realización de acciones que protejan e incrementen la biodiversidad en el Tancat de la Pipa como área de reserva de l’Albufera de Valencia, en especial aquellas encaminadas a incrementar la presencia de especies de interés indicadoras de buena calidad del agua.

f) Desarrollo de las actividades de divulgación de temas relacionados con las competencias de la CHJ, O.A., y en particular la mejora de la calidad del agua, la protección de la biodiversidad y el estado de conservación del Tancat de la Pipa.

Segunda. Ámbito de aplicación.

El ámbito de actuación del presente convenio es el de los bienes de Dominio Público Hidráulico asociados al barranco del Poyo y al lago de l’Albufera de Valencia, cuya administración y gestión corresponde a la CHJ, O.A,, según la definición del artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, y al Tancat de la Pipa, bien demanial de la CHJ, O.A.

Tercera. Obligaciones de las partes.

La CHJ, O.A., se compromete a:

– Prestar asesoría y supervisión en el desarrollo de las actuaciones a realizar por AE Agró y SEO/BirdLife.

– Así mismo, la CHJ, O.A., propietaria de los terrenos del Tancat de la Pipa, se compromete a permitir el acceso a AE Agró y SEO/BirdLife a esta propiedad para el desarrollo de las actividades recogidas en la Memoria técnica, así como a mantener en condiciones adecuadas las infraestructuras hidráulicas presentes en el Tancat de la Pipa que posibilitan el tratamiento del agua para la mejora de su calidad y el resto de los equipamientos presentes en este espacio.

La asociación AE Agró se compromete a:

– Desarrollar las actuaciones detalladas en la Memoria técnica anexa al presente convenio poniendo los medios materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de dichas acciones, con la mejor voluntad, en plena coordinación y bajo la supervisión de la CHJ, O.A. Estas tareas consistirán en:

• Gestión de la hidráulica en el Tancat de la Pipa.

• Gestión del filtro Verde del Tancat de la Pipa y su vegetación helófita.

• Gestión de las lagunas del Tancat de la Pipa y su vegetación sumergida.

• Seguimiento de los indicadores de calidad de aguas.

• Desarrollo de actividades de divulgación.

SEO/BirdLife se compromete a:

– Desarrollar las actuaciones detalladas en la Memoria técnica anexa al presente convenio poniendo los medios materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de dichas acciones, con la mejor voluntad, en plena coordinación y bajo la supervisión de la CHJ, O.A. Estas tareas consistirán en:

• Seguimiento de los indicadores de calidad de aguas.

• Realización de acciones que protejan e incrementen la biodiversidad.

• Desarrollo de actividades de divulgación.

AE Agró y SEO/BirdLife velarán por la seguridad y salud tanto de los trabajadores y voluntarios de su entidad como los asistentes a las actividades previstas en la Memoria técnica.

Cada entidad designará, para la coordinación de los trabajos contemplados en este convenio, un interlocutor responsable del correcto desarrollo de los mismos y de la comunicación directa con la CHJ, O.A.

Además, las partes deberán velar por el buen uso y mantenimiento de las instalaciones del Tancat de la Pipa puestas a disposición de las asociaciones AE Agró y SEO/BirdLife.

En las publicaciones que pudieran surgir derivadas de las acciones realizadas en el marco de este convenio deberán incluir los logotipos de las tres partes y hacer referencia al presente convenio.

El presente convenio crea una colaboración entre las partes. No obstante, las tres instituciones podrán buscar colaboradores o patrocinadores para el desarrollo de las actuaciones.

Cuarta. Presupuesto y financiación.

Dado que los medios humanos y materiales serán aportados mayoritariamente por AE Agró y SEO/BirdLife, la CHJ, O.A., se compromete a hacer una aportación económica para lograr el fin común descrito en el objeto de este convenio. Para ello abonará a AE Agró y SEO/BirdLife, con cargo a la partida presupuestaria 23 107 452A 22706, la cantidad de 151.500,00 € (ciento cincuenta y un mil quinientos euros) anuales (no aplica IVA), durante la duración del convenio que tiene carácter plurianual. Este importe se destinará únicamente a sufragar los gastos de horas de trabajo del personal contratado y los materiales que impliquen estos trabajos, sin que pueda existir un excedente para AE Agró ni SEO/BirdLife que pueda considerarse un incentivo o beneficio económico. En el caso de que existirá remanente en la aportación financiera de la CHJ, y AE Agró o SEO/BirdLife no quiera o no pueda destinarlo a actuaciones relacionadas con el objeto del convenio, se deberá reintegrar a la CHJ, O.A., en el plazo máximo de un mes a contar desde la resolución del convenio.

Si, por otro lado, el importe de los gastos en que incurran AE Agró o SEO/BirdLife como consecuencia de la ejecución del convenio fuera superior a la cantidad entregada por la CHJ, O.A., en ningún caso tendrán derecho a exigir cuantía alguna que supere el límite máximo de la cantidad que se ha comprometido entregar la CHJ, O.A.

Este importe se abonará con cargo a las siguientes anualidades:

Anualidad 2023: 88.375,00 euros.

Anualidad 2024: 151.500,00 euros.

Anualidad 2025: 151.500,00 euros.

Anualidad 2026: 151.500,00 euros.

Anualidad 2027: 63.125,00 euros.

El importe se abonará a favor de las dos entidades con la siguiente distribución:

Acció Ecologista Agró (68 %): 103.020,00 € (ciento tres mil veinte euros) anuales (no aplica IVA).

SEO/BirdLife (32 %): 48.480,00 € (cuarenta y ocho mil cuatrocientos ochenta euros) anuales (no aplica IVA).

La modificación de los gastos plurianuales, se estará a lo que al respecto establece el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Si en cada anualidad la cuantía del número de trabajos realizados es inferior a la aportación máxima anual estipulada, si procede, siempre que el gasto hubiera sido contraído de conformidad con el procedimiento de ejecución presupuestaria, se reservará la diferencia de esa cuantía para la siguiente anualidad por si fuese necesaria.

La cantidad correspondiente se hará con cargo a la partida presupuestaria 23 107 452A 22706 y será abonada en la cuenta que determinen la asociación AE Agró y SEO/BirdLife mediante pagos mensuales, previa justificación de las actividades correspondientes.

La CHJ, O.A., dirigirá las actuaciones y se hará cargo de las tareas de conservación y mantenimiento de las infraestructuras existentes en el Tancat de la Pipa participando las asociaciones AE Agró y SEO/BirdLife en las tareas de gestión recogidas en la Memoria técnica, bajo el visto bueno de la CHJ, O.A. y siempre que no comprometa el correcto funcionamiento del sistema de humedales artificiales para la mejora de la calidad del agua, implantado en el Tancat de la Pipa.

Quinta. Resolución de controversias y Comisión de Seguimiento.

Las partes firmantes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo, en el seno de una Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y cumplimiento de este convenio, sin perjuicio de la competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo para el conocimiento de cuantas cuestiones y litigios pudieran surgir.

Esta comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.f de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento acordado por las partes para el seguimiento, vigilancia y control del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes y, ejercerá sus funciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 51.2.c) y 52.3 de la citada Ley.

La Comisión de Seguimiento estará integrada por dos representantes de la CHJ, O.A., dos representantes de la asociación AE Agró designados por su Junta Directiva, y dos representantes de SEO/BirdLife designados por su Junta Directiva y cuyos nombres se notificarán entre las partes. Esta comisión se reunirá al menos una vez al año y, además, siempre que lo solicite por escrito una de ellas.

Corresponde a la Comisión de Seguimiento:

– La aprobación de una Memoria anual con la programación de las actividades a desarrollar.

– La resolución de cualesquiera dudas o cuestiones que pudiera suscitar la interpretación y aplicación del este Convenio incluida la promoción y aprobación de posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo del mismo.

AE Agró y SEO/BirdLife elaborarán una Memoria anual con los datos de seguimiento de la calidad del agua y otros indicadores biológicos relacionados con la calidad del agua y con el desarrollo de las tareas ejecutadas.

Sexta. Modificación y extinción del convenio.

Este convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes dentro de su plazo de vigencia. La modificación del convenio requiere de adenda modificativa tramitada conforme a los requisitos establecidos legalmente, siendo necesaria la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

El presente convenio, firmado bajo los principios de colaboración y buena fe, se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

De conformidad con lo previsto en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a la otra parte firmante. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conllevará indemnización de perjuicios.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En todo caso, salvo pacto expreso, las partes se comprometen a realizar las actuaciones necesarias dirigidas a la finalización de las acciones ya iniciadas. Para ello, en el momento de la resolución, las partes acordarán un plazo improrrogable para la finalización de las actuaciones en curso, transcurrido el cual el convenio debe liquidarse.

Séptima. Entrada en vigor y plazo de vigencia.

El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La vigencia será por un plazo de cuatro años desde la eficacia del convenio que podrá prorrogarse por otros cuatro años, cuando ambas partes, antes de la finalización del periodo de vigencia, expresen su voluntad de hacerlo a través de la suscripción de la adenda de prórroga conforme a la Ley 40/2015.

Octava. Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene carácter administrativo, siéndole de aplicación lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en lo no regulado expresamente por los principios generales del derecho administrativo.

Novena. Régimen de protección de datos.

El régimen de protección de datos de carácter personal en las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente Convenio será el previsto en la en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa de aplicación en materia de protección de datos.

Décima. Confidencialidad de la información y propiedad de los resultados.

Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana, las partes se comprometen a respetar la confidencialidad de la información que se suministre en la ejecución del presente convenio.

Las actividades deberán citar el marco de este convenio, siempre que se desarrollen al amparo de este.

Los resultados de los trabajos objeto del convenio serán propiedad de los tres organismos que suscriben el mismo. Lo anterior se sobreentiende sin merma del derecho de uso de los resultados por las entidades que suscriben el convenio para sus propias actividades o con fines científicos, ni del de la CHJ, O.A., para su incorporación a los expedientes o a las pertinentes estadísticas y memorias de actividades.

Las asociaciones AE Agró y SEO/BirdLife se comprometen a no ceder a ninguna persona o empresa los resultados de los trabajos desarrollados en el presente convenio sin previo consentimiento de la CHJ, O.A.

En prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente el convenio.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.–El Representante de Acció Ecologista Agró, Marcos Pla Sáez.–El Representante de SEO/Birdlife, José M.ª Sánchez Ruiz.

ANEXO DEL CONVENIO ENTRE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, O.A., LA ASOCIACIÓN ACCIÓ ECOLOGISTA AGRÓ, Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ORNITOLOGÍA (SEO/BIRDLIFE), PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DEL BARRANCO DEL POYO Y DEL LAGO DE L’ALBUFERA DE VALENCIA EN EL TANCAT DE LA PIPA, SEGUIMIENTO DE INDICADORES AMBIENTALES Y DIVULGACIÓN, CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN Y MEJORA DEL PATRIMONIO NATURAL Y LA BIODIVERSIDAD EN EL ÁMBITO DE L’ALBUFERA DE VALENCIA
Memoria técnica que desarrolla las tareas a realizar

1. Antecedentes

Introducción.

La Confederación Hidrográfica del Júcar O.A. (en adelante CHJ, O.A.), es titular del Tancat de la Pipa (referencia catastral 46900A21009042). Se trata de un terreno de unas 40 hectáreas situado al norte del Parque Natural de l’Albufera, entre los barrancos de Catarroja y el Poyo, en las inmediaciones del lago de l’Albufera en el término municipal de Valencia. El espacio está dotado de los medios necesarios para realizar un tratamiento natural de aguas basado en humedales artificiales de flujo superficial. De esta forma, las aguas que se toman de la masa de agua 16-04 (Rambla del Poyo: Parque Natural de l’Albufera-lago de l’Albufera) y de la masa de agua L06 (l’Albufera de Valencia) reciben un tratamiento natural aprovechando la capacidad de depuración de las plantaciones del Tancat de la Pipa mejorando su calidad antes de ser devueltas al lago de l’Albufera. El Tancat de la Pipa contribuye así a la consecución de los objetivos de la Directiva Marco del Agua de alcanzar el buen estado de las masas de agua. Además, el Tancat de la Pipa es área de reserva dentro del Parque Natural de l’Albufera de Valencia que alberga hábitats, flora y fauna de interés y que son indicadoras de buena calidad del agua contribuyendo al buen estado de conservación del humedal de l’Albufera, y cuenta con infraestructuras de uso público.

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Mapa de situación del Tancat de la Pipa

Funcionamiento del Tancat de la Pipa:

El Tancat de la Pipa tiene tres ambientes acuáticos diferenciados tal y como se aprecia en la figura:

– cuatro parcelas de humedal artificial de flujo superficial (o filtro verde),

– un ullal o surgencia de agua subterránea,

– dos lagunas someras.

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Esquema de funcionamiento del Tancat de la Pipa

La parte del Tancat de la Pipa conformada por los humedales artificiales de flujo superficial (o filtros verdes) consta de tres sectores que pueden actuar de forma independiente:

– Sector G (Filtros Grandes) que incluye los Filtros FG1, FG2 y FG3 de mayor superficie.

– Sector p (filtros pequeños) que incluye los Filtros fp1, fp2 y fp3 de menor superficie.

– Filtro 4 (F4), dividido en tres subsectores plantado cada uno con vegetación de humedal distinta.

Las parcelas tienen plantaciones de macrófitas emergentes propias de humedales como l’Albufera de Valencia, tales como eneas, juncos, lirios, masiega y carrizo. En esta parte del sistema, se aprovecha la capacidad de depuración de los humedales para la eliminación de materia orgánica, nutrientes, sólidos en suspensión y favorecimiento de la oxigenación de las aguas que entran en el sistema desde el barranco del Poyo y desde la acequia del Puerto de Catarroja.

Tras la mejora de la calidad del agua que se produce en estas parcelas, el flujo continúa su recorrido pasando a dos lagunas someras donde se desarrolla favorablemente la vegetación sumergida. La función de esta parte del sistema es continuar con el tratamiento de aguas mediante los procesos propios de lagunaje. Finalmente, el agua es retornada al lago de l’Albufera mediante una estación de bombeo. Estas aguas, contienen zooplancton que se alimenta del fitoplancton presente en las aguas del lago, contribuyendo de esta manera a reducir la eutrofización. Todos estos procesos mejoran la calidad de las aguas del lago de l’Albufera que son ricas en nutrientes y con una concentración elevada de fitoplancton.

Los distintos ambientes acuáticos del Tancat de la Pipa, se interconectan hidráulicamente mediante una red de canales con sus correspondientes compuertas que permiten conducir el agua por el sistema según las necesidades.

2. Objeto y directrices de las tareas a desarrollar

Esta Memoria técnica establece las actuaciones a realizar para llevar a cabo la mejora de la calidad de las aguas del barranco del Poyo y del lago de l’Albufera de Valencia mediante el uso de humedales artificiales (filtros verdes) en el Tancat de la Pipa, así como el seguimiento de la calidad de sus aguas y otros indicadores biológicos relacionados con el estado de l’Albufera. Además, se recogen las tareas a desarrollar para la conservación del espacio y la divulgación en el Tancat de la Pipa. Estas actuaciones se describen a continuación

Gestión ordinaria de la hidráulica en el Tancat de la Pipa:

Se realizará el seguimiento y el control de los caudales y niveles del conjunto del Tancat de la Pipa. Al menos se realizará el siguiente control:

Niveles de agua: al menos una vez cada dos días se llevará un registro de los niveles de agua en las arquetas de entrada por el Barranco el Poyo y la Acequia del Puerto de Catarroja, en la laguna de reserva y en la laguna educativa, así como en el propio lago de l’Albufera.

Caudales: al menos una vez cada quince días se estimarán los caudales de entrada por el Barranco el Poyo y la Acequia del Puerto de Catarroja y de salida del Tancat de la Pipa por la estación de bombeo. De esta forma se podrá conocer el balance hídrico del sistema. Por otra parte, y al menos una vez al mes se deberán realizar medidas de caudal en el interior del Tancat de la Pipa para conocer el flujo hídrico del sistema, midiéndose al menos el caudal a la entrada y salida de los filtros verdes y las lagunas.

Se regulará el movimiento del agua mediante el manejo de las compuertas y la estación de bombeo. El objetivo de la regulación del flujo es maximizar la eficiencia del espacio como sistema de tratamiento de agua siempre compatibilizándolo con las necesidades biológicas de las distintas especies presentes en el espacio. Por ello, se tendrán en cuenta en la regulación de flujos, la presencia de especies de interés, así como las actividades de gestión necesarias para el mantenimiento del sistema como cosechados, replantaciones, periodos de secado, etc.

Para garantizar el correcto funcionamiento del sistema hidráulico se llevarán a cabo, al menos, una vez cada 4 meses, tareas de mantenimiento preventivo como son el lubricado de las compuertas, limpieza de canales, desbroces, etc, así como otras tareas de mantenimiento de carácter correctivo como la eliminación o minimización de fugas en compuertas, etc.

Gestión de las parcelas y su vegetación helófita:

De manera coordinada con la CHJ, O.A, se propondrán y desarrollarán actuaciones destinadas al aumento de la cobertura vegetal en las parcelas del filtro verde para la mejora de la calidad de las aguas a tratar, tales como secados, plantaciones de vegetación típica de humedal como eneas, juncos, lirios, masiega y carrizo, refuerzos y control de especies que repercutan negativamente sobre esta vegetación.

También se llevarán a cabo cosechados y desbroces tanto en las parcelas como en los accesos a las mismas. En la medida de lo posible, se dará uso a la materia vegetal cosechada intentando minimizar su desecho como residuo. En caso de aparición de alguna especie vegetal exótica invasora, y en coordinación con las administraciones competentes, se propondrá actuaciones para su erradicación.

Gestión de las lagunas y su vegetación sumergida:

Se desarrollarán actuaciones destinadas al aumento de la cobertura vegetal en las lagunas que incluirán los secados de las mismas para favorecer el crecimiento de la vegetación subacuática y la eliminación de especies que suponen un grave impacto para este tipo de vegetación. Asimismo, de manera coordinada con la CHJ, O.A., y con otras administraciones competentes, se propondrán y desarrollarán programas de introducción y seguimiento de crecimiento de macrófitos sumergidos en las lagunas.

Seguimiento de indicadores de la calidad de las aguas:

Para conocer si el sistema está trabajando de forma eficiente, se llevará a cabo un control de los parámetros básicos de calidad de agua en 8 puntos del sistema mediante sonda móvil multiparamétrica y kits de análisis de calidad del agua con una frecuencia variable según las exigencias del sistema.

Se llevará a cabo el seguimiento de los parámetros fisicoquímicos para el control de la calidad de las aguas. Para ello, se realizará una toma de muestras de agua al menos una vez al mes en 8 puntos del sistema, en las condiciones adecuadas de toma, conservación y transporte hasta el laboratorio acordado junto con la CHJ, O.A., para la determinación de parámetros físico químicos del agua que incluirá, al menos, la determinación de nutrientes.

Se llevará a cabo el seguimiento de los parámetros biológicos para el control de la calidad del agua. Para ello, se realizarán los siguientes seguimientos:

– Análisis de clorofila a al menos una vez al mes en varios puntos de muestreo del sistema que incluirán las dos lagunas.

– Seguimiento y análisis de la densidad y biomasa de fitoplancton y zooplancton 4 veces al año en un mínimo de 4 puntos de muestreo del Tancat.

– Seguimiento del desarrollo de algas filamentosas y vegetación sumergida (fanerógamas y/o carófitos) en caso de aparición de las mismas.

Tanto en las determinaciones físico químicas como en las biológicas, se incluirán entre los puntos de muestreo los puntos de entrada y salida de agua en el Tancat de la Pipa para poder valorar el efecto que tiene el enclave sobre la calidad del agua.

Se llevará a cabo el seguimiento de otros indicadores biológicos que puedan ser indicadores de la buena calidad del agua o de hábitats acuáticos asociados que estén en buen estado. Para ello se realizará un seguimiento de ictiofauna de forma periódica, mediante la colocación de nasas de pesca a lo largo de toda la reserva, con el objetivo de realizar un descaste de especies exóticas y control de tallas de las mismas. Se realizará el seguimiento, al menos, una vez cada quince días tanto de aves acuáticas como de paseriformes palustres, prestando especial atención al uso de los humedales artificiales y lagunas por parte de la avifauna, así como las interacciones con la vegetación acuática y palustre, y proponiendo medidas de gestión enfocadas a la mejora de la capacidad de acogida del Tancat de la Pipa para avifauna. Además, se mantendrá activa la estación de anillamiento científico de aves.

Durante los meses de verano se ejecutará el protocolo para la prevención de botulismo una vez a la semana, intensificándose durante los meses de julio y agosto.

Realización de acciones que protejan e incrementen la biodiversidad:

Se llevará a cabo acciones que incrementen la biodiversidad en el Tancat de la Pipa, en especial aquellas encaminadas a incrementar la presencia de especies indicadoras de buena calidad del agua. En coordinación con las administraciones competentes, se podrá proponer y desarrollar programas de introducción y seguimiento de flora y fauna autóctona en el recinto del Tancat de la Pipa con el fin de incrementar la biodiversidad.

Se ejecutarán acciones para generar ambientes que favorezcan la presencia de especies biológicas de interés. Para ello se llevarán a cabo tareas de adecuación de hábitats mediante plantaciones de especies de flora de interés, y control de vegetación no deseada.

AE Agró y SEO/BirdLife deberán asesorar y proponer a la CHJ, O.A., la época del año adecuada para realizar las tareas de mantenimiento en los diferentes espacios del Tancat de la Pipa con el objetivo de que produzca la menor afección a las especies biológicas presentes. También propondrá a la CHJ, O.A., la gestión de unos niveles de agua óptimos en las lagunas con el mismo objetivo de minimizar la afección en el ecosistema y mejorar el estado de conservación de las especies de interés.

Desarrollo de actividades de divulgación:

Se llevará a cabo un programa de divulgación que desarrollará talleres, charlas y cursos de temática ambiental, además de acciones de gestión participativa, voluntariado y difusión de todas las actividades desarrolladas en el Tancat de la Pipa y en especial de aquellas relacionadas con la mejora de la calidad del agua, dando a conocer la estructura, organización y funcionamiento de la CHJ, O.A. Además, se podrá hacer difusión de las principales noticias de tipo medioambiental. Para ello se utilizarán herramientas informáticas como página web, redes sociales, videos, videoconferencias, etc. Además, se facilitará la información e imágenes necesarias para las notas de prensa emitidas por la CHJ, O.A.

Para desarrollar este programa de divulgación, el Tancat de la Pipa cuenta con unas instalaciones para acoger a las personas que visiten el espacio de manera presencial. El Tancat de la Pipa estará abierto al público de miércoles a domingo, en horario de 10 h a 14 h, siempre previa cita concertada. La capacidad máxima de acogida de toda el área de reserva de 60 personas. Excepcionalmente se podrá exceder este número, principalmente con la realización de eventos multitudinarios, siempre y cuando se cuente con personal de apoyo y se establezcan turnos para el recorrido por la senda peatonal en orden a minimizar los posibles impactos negativos sobre el entorno.

En el desarrollo de las actividades recogidas en esta Memoria técnica, el personal de la asociación AE Agró y SEO/BirdLife velará por la seguridad y salud tanto de los trabajadores y voluntarios de su entidad como de los asistentes a las actividades programadas.

Se llevará a cabo las tareas necesarias para el mantenimiento ordinario de los equipamientos de uso público y centro de visitantes.

3. Presupuesto de las actividades

El coste total de las actuaciones ha sido estimado según se desglosa a continuación:

Contraprestaciones económicas

Importe anual AE Agró

Euros

Importe anual SEO/Birdlife

Euros

Importe total anual

Euros

GESTIÓN DE LA HIDRÁULICA EN EL TANCAT DE LA PIPA. 19.250,00 0,00 19.250,00
GESTIÓN DEL FILTRO VERDE DEL TANCAT DE LA PIPA Y SU VEGETACIÓN HELÓFITA. 24.170,00 0,00 24.170,00
GESTIÓN DE LAS LAGUNAS DEL TANCAT DE LA PIPA Y SU VEGETACIÓN SUMERGIDA. 24.000,00 0,00 24.000,00
SEGUIMIENTO DE LOS INDICADORES DE CALIDAD DE AGUAS. 18.000,00 27.550,00 45.550,00
REALIZACIÓN DE ACCIONES QUE PROTEJAN E INCREMENTEN LA BIODIVERSIDAD. 0,00 7.750,00 7.750,00
DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE DIVULGACIÓN. 17.600,00 13.180,00 30.780
 TOTAL. 103.020,00 48.480,00 151.500,00

4. Seguimiento del desarrollo de la Memoria técnica

La asociación AE Agró y la SEO/BirdLife entregarán mensualmente a la CHJ, O.A., una Memoria con la relación de las acciones desarrolladas durante ese mes. Además, elaborarán una Memoria anual con los datos de seguimiento de la calidad del agua y otros indicadores biológicos relacionados con la calidad del agua y con el desarrollo de las tareas ejecutadas.

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