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Documento BOE-A-2023-20498

Recurso de inconstitucionalidad n.º 5516-2023, contra los artículos 8 a) y c); 11.1 e); 15.1; 16.1 d); 18.2, 3 y 4; 19.1 y 3; 27.1 y 3; 28.1; 35; disposición adicional tercera; disposición transitoria primera, párrafo 2; disposición final primera, apartados uno, tres y seis; y disposición final quinta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de octubre de 2023, páginas 132302 a 132302 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2023-20498

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de septiembre de 2023, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5516-2023, promovido por el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, contra los artículos 8 a) y c); 11.1 e); 15.1; 16.1 d); 18.2, 3 y 4; 19.1 y 3; 27.1 y 3; 28.1; 35; disposición adicional tercera; disposición transitoria primera, párrafo 2; disposición final primera, apartados uno, tres y seis; y disposición final quinta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

Madrid, 26 de septiembre de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 26/09/2023
  • Fecha de publicación: 03/10/2023
  • La inclusión de las normas relacionadas se establece por estar modificadas por la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra:
    • determinados preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2023-12203).
    • determinados preceptos de la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
    • los arts. 10, 17.6 y 7 y la disposición transitoria 7 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre (Ref. BOE-A-1994-26003).
Materias
  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Contratos
  • Derechos de los ciudadanos
  • Desahucios
  • Enjuiciamiento Civil
  • Propiedad
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Viviendas

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