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Documento BOE-A-2023-23193

Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Centro Español de Metrología, O.A, M.P., y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para regular las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de patrones nacionales de medida.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 2023, páginas 152383 a 152385 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-23193

TEXTO ORIGINAL

El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y el Director del Centro Español de Metrología, O.A., M.P., han suscrito una adenda de prórroga del Convenio para regular las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de patrones nacionales de medida, suscrito el 13 de noviembre de 2019.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 8 de noviembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de prórroga al convenio que fue suscrito el 13 de noviembre de 2019 entre el Centro Español de Metrología y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para regular las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de patrones nacionales de medida

11 de octubre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D. Carlos Closa Montero, como Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), nombrado por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre de 2022 - Resolución de la Presidencia del CSIC de 14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación), y actuando en nombre y representación de este Organismo Público de Investigación en virtud de las competencias que, en materia de convenios e instrumentos análogos, tiene delegadas por Resolución de la Presidencia del CSIC (artículo 11.1), de 21 de enero de 2021 (BOE de28/01/2021). Organismo con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en calle de Serrano 117 y NIF Q-2818002-D

De otra parte, el Centro Español de Metrología, Organismo Autónomo adscrito a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, representada en este acto por D. José Ángel Robles Carbonell, en su condición de Director del citado Organismo, cargo para el que fue nombrado por Orden ICT/137/2021 de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, a propuesta de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y en virtud de las facultades que confiere el Real Decreto 1342/2007 de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del CEM.

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 13 de noviembre de 2019, se firmó el «Convenio entre el Centro Español de Metrología y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas para regular las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de patrones nacionales de medida».

El citado Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 4 de diciembre de 2019 y objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 14 de enero de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo.

Que la Cláusula Octava del Convenio establece, en cuanto a su vigencia y renovación, lo siguiente:

«El presente Convenio surtirá efectos una vez cumplidas las formalidades previstas en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá validez durante el periodo de cuatro años, pudiendo prorrogarse por acuerdo unánime de las partes hasta un mes antes de su finalización y ello por un plazo máximo de cuatro años adicionales.»

Tercero.

Que, de conformidad con lo anteriormente referido, y en virtud de lo previsto en el artículo 48.8 de la precitada Ley 40/2015, en la redacción vigente en el momento de su firma, el Convenio tiene efectos hasta el 13 de enero de 2024.

Cuarto.

Que, estando próxima la finalización de la vigencia del Convenio, ambas Partes han convenido la oportunidad y pertinencia de prorrogar su vigencia y, de este modo, continuar colaborando en dicho ámbito, con la finalidad de aunar tecnologías, conocimientos, experiencias, esfuerzos y capacidades, lo que redundará, en última instancia, en una mejora de la infraestructura metrológica nacional y con ello en una mejora de la capacidad técnica de innovación, la promoción del crecimiento económico y progreso social, el acercamiento de la alta tecnología a la industria y la mejora de su competitividad.

En virtud de lo anterior, ambas Partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar la vigencia del «Convenio entre el Centro Español de Metrología y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas para regular las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de patrones nacionales de medida», por un periodo de cuatro años, subsistiendo su vigencia hasta el 13 de enero de 2028, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Octava del mismo.

Esta adenda de prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscritos, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en Tres Cantos y Madrid y en las fechas de las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del presente documento la del último firmante.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Carlos Juan Closa Montero.–El Director del Centro Español de Metrología, O.A., M.P., José Ángel Robles Carbonell.

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