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Documento BOE-A-2023-25620

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la de 4 de octubre de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo".

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 18 de diciembre de 2023, páginas 166931 a 166934 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-25620

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 4 de octubre de 2023, de esta Dirección General (publicada en el BOE número 261, de fecha 1 de noviembre de 2023), por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo», se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

Primera.

En el Título (Sec. III. Página 144998) donde dice: «Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto “Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo”», debe decir: «Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia nominal y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo.”».

Segunda.

En el apartado Antecedentes de hecho (Sec. III. Página 144998) donde dice: «Con fecha 10 de marzo de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo”, remitida por Harbour Sevilla Manchuela 2, SL, como promotor, y respecto de la que Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ostenta la condición de órgano sustantivo», debe decir: «Con fecha 10 de marzo de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia nominal y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo”, remitida por Harbour Sevilla Manchuela 2, SL, como promotor, y respecto de la que Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ostenta la condición de órgano sustantivo».

Tercera.

En el apartado 1. Descripción y localización del proyecto. (Sec. III. Página 144998) donde dice: «El trazado de la línea de evacuación se modifica, pasando de una longitud total inicial de 28,47 km a 31,82 km. La línea original contaba con 9,70 km en aéreo y 18,77 km soterrados, mientras que el nuevo trazado se caracteriza por 12,71 km en aéreo y 19,11 km soterrados», debe decir: «El trazado de la línea de evacuación se modifica, pasando de una longitud total inicial de 28,47 km a 28,96 km. La línea original contaba con 9,70 km en aéreo y 18,77 km soterrados, mientras que el nuevo trazado se caracteriza por 9,85 km en aéreo y 19,11 km soterrados».

Cuarta.

En el apartado Fundamentos de Derecho (Sec. III. Página 145019) donde dice: «En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles», debe decir: «En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia nominal, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles».

Quinta.

Los croquis (Sec. III. páginas 145036 y 145037) deben ser sustituidos por los que se acompañan con esta corrección de errores.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/12/2023
  • Fecha de publicación: 18/12/2023
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores, con rectificación del título, en la Resolución de 4 de octubre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-22362).

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