Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-9695

Orden DEF/385/2023, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden DEF/245/2019, de 19 de febrero, por la que se regulan la visita pública, el uso por terceros de los espacios, las tasas y los precios públicos del Museo del Ejército.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 20 de abril de 2023, páginas 56002 a 56003 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2023-9695
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2023/04/11/def385

TEXTO ORIGINAL

El artículo 3 de la Orden DEF/245/2019, de 19 de febrero, por la que se regulan la visita pública, el uso por terceros de los espacios, las tasas y los precios públicos del Museo del Ejército, establece las condiciones para la visita pública al Museo del Ejército. Concretamente, su apartado 3 establece el día en el que el Museo se mantendrá cerrado y el apartado 7 los días de visita pública gratuita para todos los visitantes.

La experiencia acumulada desde la creación de este Museo en el Alcázar de Toledo, pone de manifiesto que éste se ha convertido en uno de los principales focos de atracción turística en Toledo, siendo uno de los monumentos más visitados por los visitantes a la ciudad. Por tanto, se considera oportuno aprovechar las sinergias producidas por estos flujos turísticos para ampliar y mejorar la visita pública al mismo.

La observación de dichos flujos turísticos a la ciudad de Toledo y de las condiciones establecidas para la visita pública en la vigente orden ministerial, han contribuido a fijar los límites de una revisión para el establecimiento de un nuevo calendario para la visita pública a la exposición permanente, que sustituya al hasta ahora vigente, manteniendo los parámetros generales descritos en el artículo 21 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.

Esta norma se adecúa a los principios de buena regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia y que la norma es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados. Igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica, al ejercerse de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional generando un marco normativo integrado y estable.

Asimismo, esta orden ministerial cumple con el principio de eficiencia, toda vez que no genera carga administrativa alguna. Respecto al gasto público, cabe señalar que no es precisa la modificación de ninguna partida presupuestaria y, por tanto, que el impacto presupuestario es nulo.

El principio de transparencia está asegurado por cuanto ha sido sometida al trámite de audiencia e información pública, a través del portal de transparencia del Ministerio de Defensa, conforme a lo establecido en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, y de conformidad con la disposición final segunda del Real Decreto 636/2010, de 14 de mayo, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/245/2019, de 19 de mayo, por la que se regulan la visita pública, el uso por terceros de los espacios, las tasas y los precios públicos del Museo del Ejército.

La Orden DEF/245/2019, de 19 de mayo, por la que se regulan la visita pública, el uso por terceros de los espacios, las tasas y los precios públicos del Museo del Ejército, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 3 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

«3. El Museo se mantendrá cerrado todos los lunes (incluidos los que sean festivos) excepto aquellos que, con carácter excepcional, determine el Museo en el calendario que elaborará y hará público para cada año. Además, cerrará los días 1 y 6 de enero, el 1 de mayo, los días 24, 25 y 31 de diciembre y aquellos días que, por alguna circunstancia especial o hecho relevante, se determine oportunamente, comunicándose al público con la debida antelación.»

Dos. El párrafo a) del artículo 3.7 queda redactado del siguiente modo:

«a) Todos los miércoles del año.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de abril de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/04/2023
  • Fecha de publicación: 20/04/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 21/04/2023
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3.3 y 7 de la Orden DEF/245/2019, de 19 de febrero (Ref. BOE-A-2019-3217).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 636/2010, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2010-7796).
Materias
  • Museo del Ejército
  • Precios
  • Tasas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid