En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022 y el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, así como lo establecido en el artículo 20, apartado Tres de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía por el turno de acceso libre y de promoción interna.
Estas convocatorias tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, y en el portal del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible http://www.transportes.gob.es/.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 54 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía, código 1120, por el sistema general de acceso libre y 13 plazas por el sistema de promoción interna.
1.2 De las 54 plazas del sistema general de acceso libre 1 corresponde a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), 26 corresponden comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25) y 27 a las comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio).
De las 13 plazas convocadas por el sistema de promoción interna, 3 corresponden a las comprendidas en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE del 28), que se acumula al no haber sido convocada con la oferta correspondiente, y 10 a las comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio).
Las 26 plazas de turno libre del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), corresponden a las que quedaron desiertas de las convocadas por Resolución de la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 23 de noviembre de 2022 (BOE del 30).
1.3 Del total de plazas a cubrir se reservan para quienes tengan la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, un total de 3 plazas: 1 plaza desierta de las comprendidas en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo por el sistema general de acceso libre y 2 plazas de las comprendidas en Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio), una de ellas del sistema general de acceso libre y una por promoción interna.
1.4 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.5 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general. Las plazas reservadas para personas con discapacidad en el turno de promoción interna que queden desiertas se acumularán a las de turno general de promoción interna.
1.6 En el caso de que las plazas de promoción interna quedasen vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de libre acceso, de acuerdo a lo previsto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril).
1.7 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
1.8 Entre los puestos ofertados se podrán incluir puestos adscritos a otros departamentos ministeriales.
1.9 De acuerdo con lo establecido en lo establecido en el artículo 20, apartado tres de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, las plazas no cubiertas tras la ejecución de esta convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria identificará las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.
1.10 De acuerdo con el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General de Estado, la adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.11 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, se establece la conservación de la nota de los ejercicios, a excepción del tercero, siempre que dicha nota supere el 60 % de la calificación directa máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes que participen por el cupo de reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos.
2.3 Para los aspirantes que participen por el cupo general, que superen el 60 por ciento de la calificación máxima en el ejercicio primero, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.
La nota se conservará solo si este porcentaje se obtiene previamente a la aplicación de criterios de corrección valoración y superación de los ejercicios publicados por el Tribunal calificador conforme a lo establecido en la base 7.6, si modifican la puntuación obtenida en la corrección del ejercicio.
No obstante, si en la convocatoria inmediata siguiente optasen por realizar el ejercicio o alguno de los ejercicios de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido para aquel en la presente convocatoria. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas.
2.4 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.5 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de tres meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cuatro meses.
2.6 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de aplazamiento.
2.7 El curso selectivo y las prácticas no se podrán compaginar con la asistencia a otro curso selectivo o periodo de prácticas para el acceso a otro cuerpo o escala adscrito a este u otro departamento. En caso de coincidencia de cursos selectivos o prácticas, el aspirante deberá comunicar tal circunstancia al órgano gestor, informando del proceso selectivo por el que opta realizar.
La no realización del curso selectivo o las practicas o la realización simultanea con otro curso selectivo o prácticas podrá dar lugar a la pérdida del derecho al nombramiento como funcionario de carrera en este cuerpo.
2.8 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas de que consta la fase de oposición.
2.9 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos en la presente convocatoria.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener, al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Ingeniero Técnico en Topografía o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
a) Pertenencia a Cuerpo o Escala, o Grupo profesional del IV Convenio:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C1, a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, o
Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 2G (Ingeniería técnica) del IV Convenio Único para la Administración General del Estado.
También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía y estar en posesión de la titulación exigida en la base.4.
b) Antigüedad:
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en un Cuerpo o Escala del subgrupo C1 de la Administración General del Estado; o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C1; o en Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público;
– Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) en puestos que hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 2G-Ingeniería técnica del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos durante al menos dos años en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía, acreditadas mediante certificación del Subdirector General o asimilado.
6. Solicitudes
6.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud y documentación y, en su caso, la subsanación deberá realizarse por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permite:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria, esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada a través de la Sede electrónica de la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo indicadas en el anexo V deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
6.3 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o enviar un correo a la dirección: cau.060@correo.gob.es
6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
6.5 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:
– Responsable: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Subsecretaría. Dirección General de Organización e Inspección. Subdirección General de Recursos Humanos.
Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid.
Correo: s.g.recursos.humanos@transportes.gob.es
Delegado de Protección de datos: dpd.dgoi@transportes.gob.es
– Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
– Legitimación: Artículo 8 de la citada Ley.
– Destinatarios: Los datos de identidad de los/as aspirantes (nombre, apellidos y los últimos caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
– Derechos: Los/as interesados/as tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición, mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado
6.7 A efectos de comunicación y demás incidencias, se podrán poner en contacto a través de los números de teléfono 91-5975175 y 91-5977151 o en la dirección de correo electrónico area-seleccion@transportes.gob.es
7. Tribunal
7.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.
7.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
7.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en las demás disposiciones vigentes.
7.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de las participantes.
7.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
7.6 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de superación de los mismos que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación de los textos del segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el tercer ejercicio. El cuestionario del que consta el primer ejercicio junto con la plantilla de respuestas se publicará tras la celebración de dicho ejercicio con los plazos y efectos que se indican en la descripción del proceso selectivo del anexo I.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios. Previamente a la celebración del ejercicio se anunciará su participación y se publicará su nombre y apellidos.
7.7 El tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. Aquellas comunicaciones relacionadas con el desarrollo de las fases de oposición y concurso se remitirán al correo electrónico: itp.seleccion@transportes.gob.es
7.8 El tribunal publicará un breve currículum profesional de sus integrantes en la página web de este departamento.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra W de conformidad con lo previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
8.3 En cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y, en su caso, acordar su exclusión de no acreditarlos.
9. Relaciones con el ciudadano
9.1 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (www.administracion.gob.es), y en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (www.transportes.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
9.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.
10. Relación de personas candidatas para el nombramiento de funcionario interino
10.1 De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal, para los aspirantes que participen por el turno de acceso libre, elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
10.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
10.3 Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
11. Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a su finalización y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
12. Norma final
12.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
12.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
12.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 9 de abril de 2024.–El Subsecretario de Transportes y Movilidad Sostenible, Jesús Manuel Gómez García.
El proceso de selección constará de las fases de oposición y de curso selectivo, para los aspirantes del sistema de acceso libre; y de fase de oposición, de concurso y curso selectivo para los aspirantes de acceso por promoción interna.
1. Fase de oposición
La fase de oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, según se especifica en los epígrafes siguientes.
Con carácter general el tribunal, en virtud del principio de agilidad, podrá utilizar medios de carácter telemático en la celebración de los ejercicios o pruebas de que consta la fase de oposición, sin perjuicio del principio de objetividad y con el propósito exclusivo de facilitar la celebración de los ejercicios a los aspirantes.
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión de los aspirantes en relación con las materias que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
Para los aspirantes que participan por el turno de acceso libre, el cuestionario estará compuesto por 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo una de ellas correcta, correspondiendo 25 preguntas a cada uno de los grupos del temario. El número de preguntas del grupo D se distribuirá de la siguiente manera: 20 preguntas del subgrupo D.1 y de 5 preguntas del subgrupo D.2.
Para los aspirantes que participan por el turno de promoción interna, el cuestionario estará compuesto por 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas siendo una de ellas correcta, correspondiendo 25 preguntas a cada uno de los grupos A, B y C del temario, y 5 preguntas del subgrupo D.2.
Todas las preguntas contaran con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación correcta.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
El tribunal publicará el cuestionario y la plantilla de soluciones correctas utilizadas para la corrección del ejercicio en el plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente al de la celebración de este primer ejercicio. Los aspirantes dispondrán de dos días hábiles adicionales contados a partir del día siguiente al de publicación de la plantilla de soluciones para presentar alegaciones a dicho cuestionario. Dichas alegaciones se darán por contestadas con la publicación de una plantilla de soluciones definitiva.
La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio. Tanto para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna como a los que participen por el turno de acceso libre, este ejercicio está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de los opositores. A tal efecto, se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo IV y siguiendo el procedimiento establecido.
Los opositores deberán indicar en la casilla «27 B» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «modalidad inglés presencial», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo IV que acredite el nivel de idioma.
Independientemente de la modalidad a la que se acojan los candidatos, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad del aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV.
Modalidad presencial.
Parte A. Prueba escrita: En una sesión, los aspirantes efectuarán dos traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre dos textos redactados en lengua inglesa y española respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias contenidas en el anexo II de estas bases.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separados en un sobre que cerrarán y que quedará suficientemente identificado.
La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una hora.
Parte B. Prueba oral: En sucesivas sesiones, que serán públicas, cada aspirante procederá a la lectura de las traducciones realizadas en la prueba anterior. A continuación, el Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para dialogar en la lengua inglesa con el aspirante.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguna de las partes.
La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad de acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación y conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B1.
Una puntuación de 6,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.
Una puntuación de 8 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.
Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B1 no se tendrá acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación.
Alternativamente a la modalidad anterior, los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Aquellos opositores que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B1.
Una puntuación de 6,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.
Una puntuación de 8 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.
Los niveles inferiores a B1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV no tendrán acceso al siguiente ejercicio.
En el caso de certificados incluidos en el anexo IV, que certifican un nivel específico o que pueden certificar varios niveles, pero que no incluyen una puntuación global, sino dos o más puntuaciones separadas por destrezas, el tribunal tendrá en cuenta el nivel inferior obtenido para la determinación de la calificación y, en su caso, la superación o no de la prueba. En caso de que los certificados incluidos en el anexo IV especifiquen una puntuación global, el tribunal tendrá en cuenta esta puntuación, independientemente de que fijen las puntuaciones por destrezas.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo.
El aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por los aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Tercer ejercicio. Este ejercicio, de carácter teórico-práctico, consistirá en el desarrollo por escrito de tres supuestos elaborados por el tribunal: uno de materias del Grupo A, otro del Grupo B y otro del Grupo C del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cuatro horas.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del mismo, los aspirantes depositarán el original y la copia separada en un sobre que se cerrará y que quedará suficientemente identificado. En posterior sesión pública cada aspirante abrirá el sobre entregando la copia al tribunal y procediendo a la lectura del original.
Al terminar la lectura, y por un tiempo máximo de 10 minutos, los aspirantes contestarán a las preguntas que les formule el tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente. No podrán superar el ejercicio aquellos que obtuvieran una valoración de 0 puntos en alguno de los supuestos teórico-prácticos.
El tribunal valorará los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la capacidad analítica y la calidad de la expresión escrita, demostrados por el aspirante
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso
La fase de concurso tendrá por objeto la comprobación y calificación razonada de los méritos alegados. A tal efecto, los aspirantes que se presentan por el turno de promoción interna, y hayan superado la fase de oposición, deberán aportar el correspondiente anexo VI para su valoración, disponiendo de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de las notas del último ejercicio.
Se valorarán, a los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, los siguientes méritos:
Personal funcionario:
La antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; el grado personal y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros centros oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Grado personal. Se otorgará a cada aspirante por la posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 3 puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 punto.
Grado personal igual al 18: 2 puntos.
Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 15: 1 punto.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el anexo VI (a) y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
Personal laboral:
La antigüedad del aspirante en la categoría profesional a la que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria; la superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo y los cursos de formación y perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros Centros Oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente puntuación:
a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: por cada proceso selectivo 2 puntos con un máximo de 4 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía. Se otorgará un punto por cada año trabajado, hasta un máximo de 5 puntos. La forma de acreditación será mediante el Anexo VI (b) y certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado de requisitos y méritos.
La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores.
3. Curso selectivo
Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo (BOE del 13), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo (BOE del 13), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo sostenible, ética pública y las materias específicas del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al menos 25 puntos en la parte teórica para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso, de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Fase de oposición.
2. Tercer ejercicio.
3. Primer ejercicio.
4. Segundo ejercicio.
4. Periodo de prácticas
Una vez superado el curso selectivo los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de un mes, se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía bajo la supervisión de un tutor designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los funcionarios que accedan por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización del periodo de prácticas.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos. Estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Deberá solicitarse la mencionada exención con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquellas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
Grupo A
1. Sistemas de referencia y tiempo. Conceptos sobre sistemas celestes: sistema ecuatorial, precesión y nutación. Sistema de referencia terrestre: movimiento del polo. ITRS, ETRS89 y REGCAN95. Marcos de referencia (ITRF y ETRF).
2. El campo de la gravedad: gravitación, aceleración centrífuga, potencial de la gravitación y centrífugo. Aceleración y potencial de la gravedad. Superficies de nivel y línea de la plomada.
3. El geoide: definición. Nivel medio del mar. El geoide como superficie de referencia de altitudes. Desviación de la vertical. Variaciones temporales de la gravedad.
4. El modelo geodésico terrestre. El elipsoide de revolución. Coordenadas geodésicas espaciales. Geometría diferencial del elipsoide: latitudes y curvatura del elipsoide. Problemas directo e inverso de la Geodesia. Convergencia de meridianos.
5. Cotas geopotenciales. Altitudes ortométricas, normales y dinámicas. Redes de nivelación de precisión. Señalización, instrumentos, métodos de observación, comprobaciones y correcciones. Errores sistemáticos. Cálculo y compensación de redes de nivelación. La Red de Nivelación de Alta Precisión Española (REDNAP).
6. Observaciones de la gravedad. Sistemas de referencia de la gravedad. Medidas de la gravedad absoluta: métodos e instrumentos. Medidas relativas de la gravedad: métodos, instrumentos y correcciones. Observación de la variación continua de la gravedad.
7. Astronomía geodésica. Observación con instrumentos ópticos. Puntos Laplace. Métodos de posicionamiento astronómico y determinación del acimut. Métodos e instrumentos para determinación de latitud y longitud.
8. VLBI, SLR y DORIS: Descripción general de los sistemas, instrumentación, fundamentos y técnicas de observación. Los servicios internacionales: IERS, IVS e ILRS. Estaciones geodésicas fundamentales. Combinación de técnicas geodésicas. Enlace local geodésico entre técnicas (local-ties).
9. Sistemas GNSS. El segmento espacial. La señal, sus características y procesamiento. El segmento de control. Órbitas de los satélites y su cálculo. Observables GNSS de código y fase: el formato de intercambio RINEX.
10. Fuentes de error en GNSS. Métodos de observación y posicionamiento. Determinación de ambigüedades. Combinación de observables, concepto de simples, dobles y triples diferencias. Procesamiento de datos. Cálculo y compensación de redes GNSS.
11. Sistemas de corrección diferencial en GNSS. Sistemas de aumentación basados en satélite (SBAS). Posicionamiento cinemático en tiempo real (RTK). Servicio de Posicionamiento en Tiempo Real (SPTR).
12. Métodos de transformación entre sistemas geodésicos de referencia clásicos y geocéntricos. Transformación de cinco y siete parámetros. Transformaciones usuales entre marcos de referencia terrestres y basados en la eliminación de la distorsión de los marcos clásicos.
13. Redes geodésicas: tipos, diseño y observación. Redes geodésicas internacionales: IGS, IVS, ILRS, EPN, EUVN. Redes geodésicas nacionales: ERGNSS, IBERIA95, REGENTE, ROI, REDNAP. Red de Mareógrafos, REGA.
14. Compensación de una red geodésica. Método general. Método de observaciones indirectas. Relaciones de observación: direcciones, distancias, desniveles y acimutes. Compensación tridimensional e integración de observables terrestres. Método de ecuaciones de condición. Pesos de las observaciones. Elipse de error y detección de errores groseros.
15. Estructura interna de la Tierra: corteza, manto, núcleo. Tipos de ondas sísmicas y sus características. Dromocrónicas y su utilización. Reflexión y refracción de ondas sísmicas.
16. Tectónica de placas. Deriva continental. Márgenes de placas: características y fenómenos asociados. Distribución espacial y temporal de terremotos.
17. Parámetros focales de un terremoto. Magnitud y energía: definiciones y escalas. Intensidad sísmica. Escala EMS-98.
18. Métodos de localización de un terremoto. Resolución del problema inverso para redes regionales. Localización con antenas (arrays) sísmicas.
19. Instrumentación sísmica. Teoría del sismómetro mecánico. Sismómetro electromagnético. Sismómetro de banda ancha. Acelerómetros. Funciones de respuesta y de transferencia.
20. El fenómeno volcánico: geología, geofísica y geoquímica de los volcanes. Tipos de volcanismo y su relación con la geodinámica. Tipos de magmas. Productos volcánicos.
21. Sismicidad volcánica. Tipos de señales sismo-volcánicas: clasificación y características.
22. El campo magnético terrestre. Componentes. Campo interno y campo externo. El campo magnético internacional de referencia. Cartografía magnética. Levantamientos magnéticos.
23. Observación del campo magnético. Instrumentación y métodos de medidas absolutas y relativas. Aeromagnetismo. Anomalías magnéticas debidas a cuerpos magnetizados.
Grupo B
1. El vuelo fotogramétrico. Parámetros del plan de vuelo. Falta de verticalidad, deriva, movimiento de la imagen. Vuelo con sistema GNSS/INS. El modelo geométrico en fotogrametría. Modelo geométrico básico. Sistema de referencia imagen. Alteraciones en la métrica de la imagen: factores físicos, influencia de la cámara métrica y del avión. Desplazamientos en la imagen debidos a la inclinación y el relieve.
2. Características de la imagen digital. Relación entre imagen analógica y digital. Codificación y compresión de imágenes. Formatos de imagen. Sensores de estado sólido en fotogrametría. Escáneres fotogramétricos. La cámara métrica digital (sensores matriciales y sensores lineales).
3. Procesos de medida de coordenadas imagen en fotogrametría digital. Localización de marcas fiduciales (orientación interna). Orientaciones internas, relativas y absolutas. Orientación externa.
4. Aerotriangulación digital. Definición de aerotriangulación, diseño de bloques de aerotriangulación. Compensación por el método de haces. Errores groseros y estimación robusta en aerotriangulación. Control de calidad de los resultados de la aerotriangulación digital.
5. Control terrestre. Distribución de puntos de apoyo en un bloque de aerotriangulación y su influencia en la precisión del ajuste de la aerotriangulación. Precisiones en un bloque de haces. Fotogrametría y GNSS. Ajuste combinado de aerotriangulación con GNSS en el método de haces. Precisión del ajuste combinado por haces de rayos.
6. Referenciación directo en fotogrametría. Georreferenciación de imágenes aéreas. Modelo geométrico de la georreferenciación directa. Componentes del sistema integrado DGNSS/IMU. Integración del sistema DGNSS/INS. Ventajas y desventajas de la integración DGNSS/INS.
7. Estaciones fotogramétricas digitales: características y esquema general. Distintos sistemas de visión estereoscópica. Procesos de restitución. Proceso de ortorrectificación, concepto, fundamentos, calidad, precisión, MDS, ortofotos verdaderas, edición y mosaico.
8. Algoritmos de correlación de imágenes en fotogrametría digital. Correlación o matching basado en el área (ABM) por mínimos cuadrados. Determinación de escenas homólogas basado en entidades o características (FBM). Correlación densa.
9. Fundamentos del sensor LiDAR. Concepto de rango de penetración y múltiples retornos. Sensores y plataformas. Vuelo LiDAR. Planificación del vuelo. Procesado de datos LiDAR (algoritmos de clasificación y depuración de los datos). Formatos y visualización de datos. Productos básicos y derivados generados a partir de nubes de puntos LiDAR.
10. Modelos Digitales de Elevaciones (MDE), Modelos Digitales del Terreno (MDT) y Modelos Digitales de Superficie (MDS). Características. Obtención por técnicas fotogramétricas. Obtención a partir de nubes de puntos LiDAR. Tipología y formatos. Visualización. Métodos de interpolación de mallas y Triangulated Irregular Network (TIN). Precisión y control de calidad de los MDE.
11. Fundamentos físicos de la Teledetección. Sensores y plataformas. Radiación electromagnética. Interacción con la atmósfera. Interacción con la superficie terrestre. Medida de temperaturas. Satélites de observación de la Tierra. Aplicaciones de la Teledetección. Aplicaciones a la cartografía.
12. Fuentes de error en la imagen de teledetección. Corrección geométrica de imágenes de satélite: modelo polinomial, modelo paramétrico, Rational Polinomial Coefficients (RPCS). Ajuste en bloque. Métodos de remuestreo. Tratamientos radiométricos. Corrección atmosférica. Cálculo de reflectividades. Técnicas de tratamiento de imágenes de teledetección. Realces y mejoras de imágenes.
13. Clasificación automática de imágenes multiespectrales. Clasificaciones supervisadas y no supervisadas. Análisis de resultados. Medidas de la fiabilidad. Parámetros biofísicos, índices de vegetación. Otros índices.
14. Información de ocupación del suelo. Concepto. Coberturas y usos del suelo. Modelos de datos. Imágenes aeroespaciales de referencia para elaboración de bases de datos de ocupación del suelo. Proyecto SIOSE: características, metodología y productos.
15. Ocupación del suelo en Europa y en el mundo: proyecto Corine Land Cover. Inspire Data Specifications on Land Cover & Land Use. Servicio Territorial (Land) del programa Copernicus.
16. Errores y su clasificación. Teorema de la independencia de los errores y distribuciones de frecuencia. Medida aritmética, error medio cuadrático, momentos y varianza, pesos, ley normal y ley de propagación de errores y varianza-covarianza. Medidas indirectas. Medidas directas. Precisión de las medidas. Ecuaciones de condición y relaciones de observación, resolución por mínimos cuadrados.
17. Medida de ángulos y distancias: instrumentos y errores. Métodos de observación. Reducción de las medidas. Calibración y contrastación de instrumentos. Corrección y reducción de medidas. Integración de distintas tecnologías instrumentales y técnicas (espaciales y terrestres).
18. Métodos topográficos clásicos. Triangulación y trilateración. Intersección directa. Intersección inversa. Intersección mixta. Cálculo y compensación. Proyecto y observación de redes topográficas. Poligonación y radiación: observación, cálculo y compensación de poligonales. Tolerancias y errores de cierre. Método de radiación.
19. Métodos topográficos clásicos. Nivelación trigonométrica. Nivelación geométrica. Instrumentación clásica y digital. Métodos de nivelación geométrica: correcciones, errores y tolerancias; compensaciones. Ajuste de itinerarios, determinación de alturas con técnicas GNSS e integración con métodos clásicos.
20. Levantamientos topográficos con GNSS: medición de código y de fase. Instrumentación. Métodos de medida estáticos y cinemáticos. Cálculo en posproceso y tiempo real mediante redes de estaciones permanentes.
21. Líneas límite jurisdiccionales de términos municipales. Actas de deslinde. Replanteo de mojones y de las líneas de término. Expediente de deslindes. Modificaciones de las líneas límite.
Grupo C
1. Proyecciones conformes: correspondencia entre sistemas isométricos mediante funciones analíticas. Condiciones de conformidad de Cauchy-Riemann. Líneas isométricas. Isométrica estacionaria o base. Ejemplos de proyecciones conformes y sus aplicaciones en cartografía.
2. Proyecciones equidistantes, Proyecciones equivalentes, condición de equivalencia. Latitud autálica, radio de la esfera equivalente. Proyecciones convencionales. Ejemplos y usos en cartografía.
3. Proyecciones cilíndricas y pseudocilíndricas. Proyecciones cilíndricas conformes directa y transversa. Proyección Mercator. Proyección cilíndrica transversa de Gauss-Krüger y UTM/TMzn: características, desarrollo, convergencia y deformaciones.
4. Proyecciones cónicas y pseudocónicas. Proyección cónica conforme de Lambert: definición a través de sistemas isométricos y construcción geométrica. Proyecciones acimutales: ortográficas, gnomónicas y estereográficas. Ejemplos y usos en cartografía.
5. Definición de cartografía y mapas. Mapas: propósito, componentes principales y distintas clasificaciones. Enfoque geométrico de la cartografía. La representación cartográfica: diseño y redacción cartográfica. Semiología gráfica, variables visuales, la percepción, propiedades perceptivas de las variables visuales y simbolización cartográfica.
6. Generalización, interrelación entre escala, el volumen de datos y su precisión. Operaciones de generalización cartográfica. La influencia del factor humano: dificultades para la automatización total. Formalización de reglas de actuación. Generalización cartográfica interactiva: operadores y sus algoritmos.
7. Producción de Bases de Datos de Información Geográfica: Especificaciones de producto de datos. ISO 19131. Fuentes de información, compilación e integración de Información. Tratamiento y armonización de los datos. Explotación de los datos. Actualización.
8. Bases de Datos de Información Geográfica del IGN: Bases Topográficas Nacionales a escalas 1:25.000 (BTN25) y 100.000 (BTN100). Bases Cartográficas Nacionales a escalas 1:200.000 (BCN200) y 1:500.000 (BCN500). Descripción general de los productos y características principales.
9. El Mapa Topográfico Nacional a escalas 1/25.000 y 1/50.000: Antecedentes. Descripción general de las series. Procesos de producción a partir de la información de BTN25. Publicación vía web, offset y distribución en centros de descargas.
10. Cartografía Derivada del IGN: El Mapa Provincial 1:200.000, Mapas Autonómicos, Mapa de España 1:500.000 y Mapa de la Península Ibérica, Baleares y Canarias 1:1.250.000. Antecedentes. Descripción general de las series. Publicación vía web, offset y distribución en centros de descargas.
11. Cartografía Temática. Definición y clasificación. Naturaleza de los fenómenos geográficos y selección de símbolos temáticos. Simbolización en los mapas temáticos cualitativos. Técnicas de simbolización en los mapas temáticos cuantitativos. Fundamentos de diseño y composición de mapas temáticos. Diseño y producción de atlas temáticos. Atlas nacionales. Atlas Nacional de España.
12. Sistemas de Información Geográfica. Definición y componentes. Fases de un proyecto SIG: organización, diseño, captura, tratamiento y edición, almacenamiento, explotación y actualización. Aplicaciones de los SIG.
13. El modelo vectorial. Primitivas geométricas y topológicas. Niveles de topología. Funciones de explotación de un SIG vectorial.
14. El modelo espacial ráster. Estructuras de datos. Funciones de explotación de un SIG ráster. El modelo en malla: TIN y malla regular. Análisis de superficies: curvas de nivel, pendientes, orientaciones, visibilidad, sombras y perfiles.
15. Modelado de datos. Definición y objetivos. UML. Diagramas de clases. Atributos, operaciones y relaciones, cardinalidad, roles, herencia, composición, agregación y asociaciones lógicas. Estereotipos y tipos de datos de usuario.
16. Infraestructuras de Datos Espaciales. Definición y componentes. La Directiva INSPIRE y la LISIGE.
17. Servicios de visualización (WMS, WMTS, TMS). Operaciones y parámetros.
18. Servicios de localización (CSW). Operaciones y parámetros.
19. Servicios de descarga (WFS, WCS y ATOM Feed). Operaciones y parámetros.
20. Definición de metadatos y conjunto mínimo de elementos de metadatos de datos y servicios espaciales. Enumeraciones y listas controladas de metadatos.
21. Bases de datos espaciales. Los sistemas de gestión de bases de datos (SGBD). Extensiones espaciales en los SGBD. El modelo relacional. El lenguaje SQL. Consultas, funciones e índices espaciales. Bases de Datos no SQL.
22. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales: HTML, Hojas de estilo en cascada (CSS). Lenguajes de etiquetado: XML y GML. Lenguajes para su utilización en Internet. JavaScript, JSON, GEOJSON. Concepto de API. Ejemplos de API: OpenLayers y otras. Diseño web adaptable (responsive web design).
23. Servicios REST. Arquitectura web (modelo de tres capas). Navegadores, servidores web. Tecnología y lenguajes JAVA y Python.
Grupo D
Subgrupo D.1
1. La Constitución española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional. La estructura de poderes del Estado: Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.
2. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
3. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica: Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Transportes y Movilidad Sostenible.
4. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Entidades que la integran.
5. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
6. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Nulidad y anulabilidad de los actos. El procedimiento administrativo común y sus fases. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
7. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
8. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: Concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
9. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
10. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
11. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.
12. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, vinculados o dependientes de ella. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
Subgrupo D.2
1. Funciones y estructura orgánica de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. El Centro Nacional de Información Geográfica; su Estatuto. Los Servicios Regionales del IGN.
2. La Ley de Ordenación de la Cartografía (Ley 7/1986). La Ley sobre las infraestructuras y los servicios de la información geográfica en España (Ley 14/2010).
3. El Sistema Cartográfico Nacional. El Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional. El Plan Cartográfico Nacional. El Nomenclátor Geográfico Nacional. El Nomenclátor Geográfico Básico de España. La Infraestructura Nacional de Información Geográfica. El Consejo Superior Geográfico. Composición y funcionamiento. El Registro Central de Cartografía. Las Delimitaciones Territoriales y su inscripción en el Registro Central de Cartografía.
4. La Ley Reguladora de Bases del Régimen Local (Ley 7/1985). El Registro de Entidades Locales: organización, regulación y funcionamiento. El Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
5. Las leyes sobre reutilización de la información del sector público (Ley 37/2007 y Ley 18/2015). Orden del Ministerio de Fomento por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (FOM/2807/2015).
6. La Ley de Señales Geodésicas y Geofísicas. Reglamento que la desarrolla. El Sistema Geodésico de Referencia. La Comisión Española de Geodesia y Geofísica. La Comisión Nacional de Astronomía. La Comisión Española de Normas Sismorresistentes: composición y funciones.
Tribunal titular
Presidenta: Doña Carmen López Moreno. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
Vocales:
Don Marcelino Valdés Pérez de Vargas. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
Doña Yaiza Gómez Espada. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Doña M.ª Teresa Díez Martínez. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Secretario: Don Juan Manuel Alcalde Camino. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Tribunal suplente
Presidente: Don Emilio López Romero. Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.
Vocales:
Doña Raquel Pujol Donoso. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
Don Antonio Jesús Espín Mena. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Don José Jiménez Gómez. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Secretaria: Doña Esther Azcué Infanzón. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
● Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B1: B1. Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
● Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1. Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
● Preliminary: B1.
● First Certificate of English: B2.
● Advanced: C1.
● Proficiency: C2.
● Linguaskill B1: B1.
● Linguaskill B2: B2.
● Linguaskill C1: C1.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 4-5: B1.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS).
● TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 42-71: B1.
● TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
● TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
● TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 790 y 1094, B2.
● TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
● TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council:
● Overall CEFR Grade B1, B1.
● Overall CEFR Grade B2, B2.
● Overall CEFR Grade C, B2.
● Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
● Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
● Certificado C1, C1 Certificado B2, B2 Certificado B1, B1.
– Oxford Test of English B:
● Certificado B2, B2 Certificado B1, B1.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Supérieur (CLES), Inglés:
● CLES 1, B1 CLES 2, B2 CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
● TELC B1, B1 TELC B2, B2 TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments).
● Certificate of Competency in English (ECCE), B2 Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
● Integrated Skills in English I, B1. Integrated Skills in English II, B2. Integrated Skills in English III, C1. Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
● Nivel 2, B1 Nivel 3, B2 Nivel 4, C1 Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
● General, Level 2, B1.
● General, Level 3, B2.
● General, Level 4, C1.
● General, Level 5, C2.
● Edexcel certificate in ESOL International, Entry 3, B1 Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2 Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1 Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Entry Level (Entry 3), B1.
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
● IELCA General CEF B1, B1 IELCA General CEF B2, B2 IELCA General CEF C1, C1 IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
● Intermediate, B1 Advanced, B2.
● AcCEPT/Proficiency, C1.
● Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
● Achiever B1, B1.
● Communicator B2, B2.
● Expert C1, C1.
● Mastery C2, C2.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro Ministerio: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría de Transporte y Movilidad Sostenible.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía», «Código 1120».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» en el caso de los aspirantes por acceso libre o «PI» cuando los aspirantes sean del turno de promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Transporte y Movilidad Sostenible».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero Técnico en Topografía o título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada» y que deberá coincidir con la que posee el aspirante.
En el recuadro 27, apartado A, los aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando si el examen es presencial o titulación, según anexo IV. En este último caso, los opositores que se acojan a esta última modalidad, además de indicarlo en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.
En el recuadro 27, apartado B, los aspirantes de promoción interna consignarán el Cuerpo, Escala o Categoría laboral desde la que se participa.
El importe de la tasa por derechos de examen para acceso libre será de 23,33 euros y para las familias numerosas de categoría general de 11,67 euros.
El importe de la tasa por derechos de examen para promoción interna será de 11,67 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 5,85 euros.
Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden HFP/688/2017, de 7 de julio:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la instancia dictamen médico que certifique tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administración.gob.es/PAG/PID y el interesado de su conformidad para que el órgano gestor verifique esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimos Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2013, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 % los fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante la aportación junto con la instancia del correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales a las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, en cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes Movilidad Sostenible. P.º de la Castellana, número 67. 28071 Madrid.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid