Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en la base decimonovena de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, en la base 8.1.a) de la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 30 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, se resuelve:
Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria (anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
Las solicitudes para tomar parte en el proceso se realizarán telemáticamente, cumplimentando el modelo acompañado a la presente como anexo II y deberán presentarse en el Registro Electrónico del Gobierno de Cantabria a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet https://rec.cantabria.es.
En el caso de que la persona aspirante no pueda presentar su solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Registro Electrónico del Gobierno de Cantabria. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Deberán ir dirigidas a la Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo y presentarse en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se confeccionarán de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia se deberán solicitar, como mínimo, tantas plazas como número de opositor tenga, es decir, si, por ejemplo, el número de opositor es el 21, se deben pedir 21 plazas como mínimo, o más, si se han ofertado y se desean solicitar, hasta llegar al número máximo de plazas ofertadas, indicando el Id puesto, denominación órgano, el ATP, la localidad, la provincia y la Comunidad Autónoma.
La instancia deberá estar firmada electrónicamente.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, por no solicitar un número suficiente de plazas, se le adjudicará un destino siguiendo el orden alfabético de localidades.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas por orden alfabético de localidades.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Contra la presente orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación y, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la orden, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Santander, 26 de mayo de 2026.–La Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, Isabel Urrutia de los Mozos.
| N.º Orden | Id Puesto | Denominación | ATP | Localidad | Provincia | CC.AA. | Núm. plazas |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 50373517 | SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE SANTOÑA. | AUXILIO JUDICIAL - SCT-TI. | SANTOÑA. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 2 | 50373518 | SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE SANTOÑA. | AUXILIO JUDICIAL - SCT-TI. | SANTOÑA. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 3 | 50373479 | SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DE CASTRO URDIALES. | AUXILIO JUDICIAL - SCT-TI. | CASTRO URDIALES. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 4 | 50413385 | SERVICIO COMÚN GENERAL DE SANTANDER. | AUXILIO JUDICIAL - SCG SERVICIOS GENERALES, CIVIL/FAMILIA. | SANTANDER. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 5 | 50413386 | SERVICIO COMÚN GENERAL DE SANTANDER. | AUXILIO JUDICIAL - SCG SERVICIOS GENERALES, CIVIL/FAMILIA. | SANTANDER. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 6 | 50413387 | SERVICIO COMÚN GENERAL DE SANTANDER. | AUXILIO JUDICIAL - SCG SERVICIOS GENERALES, CIVIL/FAMILIA. | SANTANDER. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 7 | 50413404 | SERVICIO COMÚN GENERAL DE SANTANDER. | AUXILIO JUDICIAL - SCG SERVICIOS GENERALES, CONTENCIOSO/MERCANTIL/SOCIAL. | SANTANDER. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
| 8 | 50413422 | SERVICIO COMÚN GENERAL DE SANTANDER. | AUXILIO JUDICIAL - SCG SERVICIOS GENERALES, PENAL. | SANTANDER. | CANTABRIA. | CANTABRIA. | 1 |
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