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Documento BOE-A-2026-544

Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que modifica la de 4 de julio de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2026, páginas 3984 a 3985 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2026-544

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, dispone, en su artículo 5 los cinco objetivos políticos a los que irán dirigidos el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FEMPA: una Europa más competitiva e inteligente, una Europa más verde, una Europa más conectada, una Europa más social e inclusiva y una Europa más próxima a sus ciudadanos.

Al amparo de la citada disposición, el artículo 4 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013, establece que el Fondo Social Europeo Plus contribuirá al objetivo político 4 de «una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales».

La Secretaría de Estado de Derechos Sociales aprobó mediante Resolución de fecha 4 de julio de 2024, la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) para proyectos de innovación o experimentación social que se desarrollarán por entidades sin ánimo de lucro, entidades de la economía social y entes locales, y que se cofinanciarán con el FSE+ en el marco del programa y las medidas citadas, publicada con fecha 17 de julio de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado».

Con base en lo anterior, y teniendo en cuenta que dicha Resolución prevé en el punto octavo la asignación financiera a las operaciones seleccionadas, a excepción de la tramitación presupuestaria interna, gestión de las cantidades a transferir y procesamiento de los pagos intermedios, además de que es preciso ajustar el plazo para la subvencionalidad del gasto previo a la notificación del documento reflejado en el punto decimotercero, resuelvo:

Primero.

Añadir un nuevo apartado al punto octavo que queda integrado con el siguiente contenido:

«10. La Unidad Administradora del Fondo Social Europeo recibirá la ayuda del FSE+ de la Comisión Europea en una cuenta de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, en concepto de prefinanciación o de pagos intermedios para el reembolso de gastos declarados a la Comisión. De ahí será transferido a otra cuenta de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a nombre de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Las cantidades recibidas no se incorporarán al presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, sino que estarán disponibles en un concepto extrapresupuestario para ser transferidas a los beneficiarios de las operaciones seleccionadas por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.»

Segundo.

Modificar el apartado 2 del punto decimotercero que queda redactado en los siguientes términos:

«2. La subvencionabilidad del gasto correspondiente a las operaciones seleccionadas en la presente convocatoria abarcará desde los cuatro meses naturales previos a la notificación del documento en el que se establezcan las condiciones de la ayuda (DECA) a los dos meses posteriores al fin del periodo de ejecución.»

Madrid, 23 de diciembre de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.

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