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Documento BOE-A-2026-9607

Orden ECM/422/2026, de 17 de abril, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales en la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 4 de mayo de 2026, páginas 61355 a 61355 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2026-9607

TEXTO ORIGINAL

La Orden ETD/881/2022, de 29 de julio, por la que se dispone el cese y nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, aprobó la composición de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.

Con posterioridad, la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (INVERCO) ha solicitado el nombramiento de don David de Miguel Rato como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones representante de las entidades gestoras de fondos de pensiones, en sustitución de doña Elisa Ricón Holgueras, por lo que se hace necesario proceder al cese de la vocal saliente y al nombramiento del nuevo vocal.

En virtud de lo anterior, a propuesta del Director General de Seguros y Fondos de Pensiones y de acuerdo con las facultades de designación de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones que me confiere el apartado 6 del artículo 3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, dispongo:

Primero.

El cese de doña Elisa Ricón Holgueras como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de las entidades gestoras de fondos de pensiones, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo.

El nombramiento como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de las entidades gestoras de fondos de pensiones, de don David de Miguel Rato.

Tercero.

Esta orden tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 17 de abril de 2026.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez.

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