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Documento BOE-B-2013-25113

Anuncio del Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat por el que se subsana error en el pliego de condiciones economico-administrativas que rigen la contratación del suministro y distribución de comidas en los comedores de los centros municipales de personas mayores y de comida a domicilio (2 lotes) (SU-2/2013).

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2013, páginas 33455 a 33456 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2013-25113

TEXTO

La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo de fecha 18 de junio de 2013, ha acordado:

Primero. - Subsanar el error material producido en la cláusula 7 del pliego de condiciones económico-administrativas que rigen la contratación del suministro y distribución de comidas en los comedores de los centros municipales de personas mayores y de comida a domicilio (2 lotes) (SU-2/2013) referente al importe del seguro, quedando de la siguiente manera:

Donde dice:

"6. Seguro: Los/las licitadores/as deberán acreditar estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil vigente por un importe mínimo de 300.000,00. - € por siniestro y año, y de 150.000 euros para víctimas o lesiones, aportando el efecto la declaración apropiada o certificado de una entidad financiera junto con la póliza del seguro suscrito y el último recibo anual abonado, o en todo caso el compromiso de suscribirla en el caso de resultar declarado como oferta económicamente más ventajosa y como requisito para proceder a la adjudicación. En este caso, no se podrá adjudicar el contrato, sin la acreditación de haber contratado y tener en vigor la referida póliza, y el incumplimiento de esta condición por parte del licitador por causa a él imputable se considerará retirada injustificada oferta, con los efectos dispuestos en el art. 151.2 de la LCSP. "

Debe decir:

"6. Seguro: Los/las licitadores/as deberán acreditar estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil vigente por un importe mínimo de 3.000.000,00. - € por siniestro y año, y de 150.000 euros para víctimas o lesiones, aportando al efecto la declaración apropiada o certificado de una entidad financiera junto con la póliza del seguro suscrito y el último recibo anual abonado, o en todo caso el compromiso de suscribirla en el caso de resultar declarado como oferta económicamente más ventajosa y como requisito para proceder a la adjudicación. En este caso, no se podrá adjudicar el contrato, sin la acreditación de haber contratado y tener en vigor la referida póliza, y el incumplimiento de esta condición por parte del licitador por causa a él imputable se considerará retirada injustificada oferta, con los efectos dispuestos en el art. 151.2 de la LCSP. "

Segundo. - Subsanar el error material producido en la cláusula 13 del pliego de condiciones económico-administrativas que rigen la contratación del suministro y distribución de comidas en los comedores de los centros municipales de personas mayores y de comida a domicilio (2 lotes) (SU-2/2013) referente al importe del seguro, quedando de la siguiente manera:

Donde dice:

"Cláusula 13. - Clasificación de las ofertas

(....) Sin embargo, deberá acreditar, si no lo ha hecho en el momento de presentación de la documentación para licitar, estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil vigente por un importe mínimo de 300.000,00. - €, por siniestro y año, y de 150.000,00 euros por víctimas o lesiones aportando al efecto la declaración apropiada o certificado de una entidad financiera junto con la póliza del seguro suscrito y el último recibo anual abonado.

Debe decir:

Cláusula 13. - Clasificación de las ofertas

(....) Sin embargo, deberá acreditar, si no lo ha hecho en el momento de presentación de la documentación para licitar, estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil vigente por un importe mínimo de 3.000.000, 00. - €, por siniestro y año, y de 150.000,00 euros por víctimas o lesiones aportando al efecto la declaración apropiada o certificado de una entidad financiera junto con la póliza del seguro suscrito y el último recibo anual abonado.

Tercero. - Publicar la presente subsanación en los diarios oficiales y en el perfil del contratante de este Ayuntamiento, de conformidad con la legislación en materia de contratación y con lo dispuesto en los propios pliegos de condiciones administrativas particulares.

Cuarto. - Publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en el Perfil del Contratante y el tablero de anuncios del Ayuntamiento la subsanación del error mencionada y la reanudación de la licitación.

(…)

El anuncio de licitación de dicha contratación ha sido publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 85, de fecha 9 de abril de 2013.

L'Hospitalet de Llobregat, 25 de junio de 2013.- La teniente de alcaldía del Área de Bienestar y Familias, P.D., Decreto 688/2012, de 2 de febrero, La jefa de la Sección de Contratación, Soledat Colomé Coca.

ANÁLISIS

Modalidad:
Otros
Tipo:
Suministros
Procedimiento:
Abierto
Ámbito geográfico:
Cataluña
Materias (CPV):
15000000 Alimentos, bebidas, tabaco y productos afines
55000000 Servicios comerciales al por menor de hostelería y restauración
Observaciones:
Corrige texto del anuncio publicado el 9 de abril de 2013 (Ref. BOE-B-2013-13360).
Suministros y servicios.

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