El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda por delegación, por Orden FOM/756/2014, de 8 de mayo (BOE del 10/05/14), con fecha15 de diciembre de 2014, ha resuelto:
1. Aprobar el Expediente de Información Pública y de Consultas del Documento Técnico "Integración de la evaluación ambiental del proyecto Vilaboa-A Ermida. Autovía A-57", que incluye el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, que se ha tramitado correctamente de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cumplimiento de cuanto establecen los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose estudiado todas las alegaciones presentadas.
2. Aprobar definitivamente el Documento Técnico "Integración de la evaluación ambiental del proyecto Vilaboa–A Ermida. Autovía A-57", que incluye el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, seleccionando como alternativa más favorable la denominada en el estudio "ALTERNATIVA 2".
3. Ordenar la redacción de una Adenda al Proyecto de Construcción "Autovía A-57. Tramo: Vilaboa–A Ermida" redactado en enero de 2013, de clave 12-PO-4200, en la que se dé cumplimiento al condicionado de la Resolución de 23 de julio de 2014 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Vilaboa–A Ermida. Autovía A-57 (Pontevedra)".
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Ministra del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Lo que se publica para general conocimiento en el Boletín Oficial del Estado.
A Coruña, 12 de enero de 2015.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.
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