Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-62463

Extracto de la Orden de 16 de octubre de 2017 por la que se convoca, por tramitación anticipada, la concesión de una beca Fulbright para el curso 2018/2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 27 de octubre de 2017, páginas 77457 a 77458 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-B-2017-62463

TEXTO

BDNS(Identif.):367612

De conformidad con los previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

De conformidad con la Orden IET 1031/2016, de 20 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas Fulbright por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actualmente Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital) publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 154, de 27 de junio de 2016, modificada por la Orden ETU/917/2017, de 29 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 236, de 30 de septiembre de 2017, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Tener nacionalidad española. No se admitirán solicitudes de beneficiarios de doble nacionalidad con Estados Unidos.

2. Estar en posesión de título de Doctor, Licenciado, Grado, Ingeniero o Arquitecto expedido por una universidad española. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles privados, deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés -hablado y escrito-, acreditado de la forma prevista en la presente orden, en el momento de formalizar la solicitud.

4. Estar prestando servicios efectivos en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, o en sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, como funcionario de carrera del subgrupo A1, con un mínimo de un año de antigüedad en la Administración General del Estado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Además, se deberá acreditar un claro interés, por razón de la actividad desempeñada, y justificar la aplicabilidad y utilidad de la formación para las actividades ordinarias del Ministerio.

Segundo. Objeto.

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, una beca de formación o de investigación para el curso 2018/19 en los ámbitos de competencia del Ministerio con una duración máxima de doce meses, no prorrogable, que en ningún caso podrá superar la fecha límite de final de diciembre de 2019.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden IET/1031/2016, de 20 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas Fulbright por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 154, de 27 de junio de 2016, modificada por la Orden ETU/917/2017, de 29 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 236, de 30 de septiembre de 2017.

Cuarto. Cuantía.

La beca que se convoca mediante esta orden se financiará con cargo a los créditos presupuestarios de este Ministerio para el ejercicio 2018 de la Subsecretaría del concepto 01.421M.480 por un importe máximo estimado de 80.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos.

Los solicitantes deberán cumplir los requisitos fijados en el artículo 6 de la Orden IET/1031/2016, de 20 de junio, modificado por la Orden ETU/917/2017, de 29 de septiembre, presentando la documentación prevista en el artículo 7.

Los solicitantes deberán rellenar y enviar electrónicamente la solicitud disponible en www.fulbright.es junto con la documentación adjunta correspondiente.

Madrid, 16 de octubre de 2017.- El Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, P.D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo ratificada por Orden ETU/1775/2016, de 8 de noviembre), el Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital, Pablo García-Manzano Jiménez de Andrade.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid